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Así respondió la SCJN a la carta de Luisa María Alcalde por sueldos de ministros

03-07-2023, 7:01:16 PM Por:
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La titular de la Segob envió una carta cuestionando los sueldos de los ministros, y la SCJN le hizo todas estas precisiones.

Los salarios que perciben los once ministros que integran la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) cumplen con el artículo 127 de la Constitución, numeral que establece que ningún servidor público puede ganar más que el presidente, a menos que realice un trabajo técnico calificado o por especialización, precisó el máximo tribunal del país.

Respondiendo a una carta enviada por la secretaria de Gobernación, Luisa María Alcalde, a pesar de que esta no tiene facultades para pedir ningún informe al Poder Judicial, el secretario de Acuerdos de la Corte, Rafael Coello Cetina, le explica a la funcionaria que los sueldos de los ministros son legales y armónicos con la carta magna, debido a que -en primer lugar- estos fueron aprobados por la Cámara de Diputados en el Presupuesto de Egresos 2023.

En segundo lugar, el artículo 127 constitucional debe ser leído en concordancia con el numeral 94 del mismo ordenamiento, en el que se dice textualmente que “la remuneración que perciban por sus servicios los Ministros de la Suprema Corte, los Magistrados de Circuito, los Jueces de Distrito y los Consejeros de la Judicatura Federal, así como los Magistrados Electorales, no podrá ser disminuida durante su encargo”.

Además, Coello Cetina detalla que la Corte, desde mayo de 2019, declaró la inconstitucionalidad de varios artículos de la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos, norma que reglamenta al artículo 127 de la Constitución, y que no establece “parámetros objetivos” para fijar los sueldos de los funcionarios, empezando por lo que gana el presidente mexicano.

En ese fallo, la SCJN determinó que las remuneraciones de la burocracia en nuestro país no solo se integran por el salario bruto o efectivo, sino que además incluyen “todas las prestaciones en especie propias del cargo, entre otras, alimentación, transporte, habitación, menaje de casa, seguridad, (y) servicios de salud”.

Así, debido a que la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos no precisa exactamente la integración total de las percepciones del presidente de la República, en realidad se desconoce el monto exacto que constituye el límite salarial que deben tener los funcionarios.

¿Una solicitud ilegal?

En su respuesta, el secretario de Acuerdos de la SCJN, Rafael Coello Cetina, le recuerda a Luisa María Alcalde que su carta, en la que la secretaria de Gobernación pidió a la Corte informara sobre los sueldos de los ministros, no tiene sustento jurídico.

“Se le comunica que los preceptos citados en dicho escrito no constituyen el fundamento jurídico para que la Secretaría de Gobernación realice una petición de esa naturaleza a la Suprema Corte”, porque el artículo 27, fracción VII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, que Alcalde citó en su misiva, solo es vinculante para el Poder Ejecutivo y sus dependencias, y no para los demás poderes, como lo son el Legislativo o el Judicial.

Lo anterior no solo está citado claramente en el artículo 1 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, sino también en los numerales 49 y 90 de la Constitución, “que prevén la división de poderes”, enfatiza Coello.

No obstante, el secretario de Acuerdos del alto Tribunal mexicano respondió a la solicitud de la funcionaria “en función de fortalecer el diálogo entre los Poderes del Estado y en aras de rendir cuentas a la sociedad de conformidad con el artículo 134 constitucional”.

Es decir, la Corte ha respondido a Luisa María Alcalde solo como una cortesía, no porque tenga obligación de hacerlo, pues la secretaria de Gobernación, al ser abogada, debería saber cuál es el ámbito de aplicación de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, lo que significa a cuáles sujetos e instituciones se puede aplicar esa norma que, en este caso, solo es válida para la presidencia, las secretarías de Estado, y las paraestatales.

¿Quién gana más?

La respuesta de la Corte a la secretaria de Gobernación incluye una liga de internet en la que la funcionaria puede consultar el Manual que regula las remuneraciones del personal de la Suprema Corte, documento que fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 27 de febrero de 2023.

Ahí se da cuenta que los ministros de la Corte -antes de impuestos- perciben un salario bruto mensual máximo de 206,948 pesos, un aguinaldo anual de 445,309 pesos, y un pago por riesgo de 416,754 pesos. Si se multiplica el sueldo mensual por 12, se obtiene una remuneración anual de 2 millones 483,376 pesos que, sumados al aguinaldo y a la prima de riesgo, dan un total anual de 3 millones 345,439 pesos.

Es decir, en promedio, mensualmente los ministros del máximo tribunal del país reciben 278,786 pesos, a los que hay que restarle los impuestos respectivos. Esta cantidad no incluye los gastos de los automóviles que les prestan servicio de transporte, el costo de su seguro de gastos médicos, y algunas otras prestaciones, como la prima vacacional.

En contraste, antes de impuestos, el presidente Andrés Manuel López Obrador recibe un sueldo bruto mensual de 174,026 pesos, más 256,119 pesos de aguinaldo, y una ayuda de despensa de 14,580 pesos mensuales, que al año suman 2 millones 519,391 pesos, dando un promedio de 209,949.25 pesos cada mes.

No obstante, esa cantidad no es la remuneración total del mandatario, pues esta también incluye el servicio de vivienda en Palacio Nacional, el pago de luz, agua y gas del departamento de 300 metros que habita en ese recinto, la seguridad que recibe, la atención médica que se le presta en el Hospital Militar, la alimentación y hospedaje en sus viajes, y los transportes terrestres y aéreos que utiliza.

Los detalles de esos ingresos hasta ahora son desconocidos, aunque -para este 2023- el Presupuesto de Egresos aprobado por la Cámara baja para la Oficina de la presidencia asciende a 875 millones 520,230 pesos.

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autor Periodista y abogada, especialista en análisis jurídico y de derechos humanos. Ha sido reportera, conductora de radio y editora.
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