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Revés para Lozoya: Jueza niega amparo y fortalece a la FGR

17-08-2020, 6:10:00 AM Por:
© Notimex

Una sentencia muestra que los delitos de Lozoya datan desde 2010; las autoridades mexicanas ya cuentan con todos los detalles de la red de corrupción de Odebrecht.

El Juzgado Primero de Distrito de Amparo en materia Penal en la Ciudad de México negó uno de los varios amparos que ha promovido Emilio Lozoya, exdirector de Petróleos Mexicanos (Pemex), quien en este caso demandaba la protección de la justicia federal para que fueran canceladas las órdenes de aprehensión que existían en su contra.

En la sentencia que no le favorece a Lozoya, cuya copia está en poder de ALTO NIVEL, se detalla que el principio de los hechos presumibles de delito data de 2010, además de que, en ese mismo año, por consejo del hoy indiciado, la empresa brasileña Odebrecht habría realizado pagos a la campaña del entonces candidato al gobierno de Veracruz, Javier Duarte.

Desde 2018, Duarte cumple una sentencia de nueve años de prisión por ser responsable de asociación delictuosa y operaciones con recursos de procedencia ilícita.

Emilio Ricardo Lozoya Austin, que goza de libertad condicional tras ser vinculado a proceso a finales de julio, impugnaba en su demanda de amparo una de las primeras denuncias hechas en su contra por Araceli Cortez Hernández, otrora apoderada legal de Petróleos Mexicanos y de Pemex Transformación Industrial.

Esta funcionaria hizo del conocimiento del Ministerio Público Federal, el 21 de diciembre de 2016, que “las empresas brasileñas Odebrecht, S.A, y Braskem, S.A., se habían declarado culpables ante la Corte Federal del Distrito Este de Nueva York de los Estados Unidos de América, de haber pagado sobornos a servidores públicos de varios países, incluido México”, detalla la resolución del Juzgado Primero de Distrito de Amparo en materia Penal.

Validando los datos de prueba presentados por la Fiscalía General de la República (FGR), la jueza Sandra Leticia Robledo Magaña argumenta que, “contrario a lo manifestado” por Lozoya, la autoridad responsable sí dio cumplimiento con las formalidades esenciales del procedimiento.

Por lo anterior, “se llega a la conclusión, (que) los datos de prueba expuestos por la Fiscalía y ponderados de forma correcta en el acto reclamado por la responsable, son suficientes para acreditar la existencia del hecho delictuoso”.

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Campañas de Javier Duarte y Peña Nieto

Según lo que se narra en la sentencia, en julio de 2010, “con la finalidad de obtener un buen posicionamiento en el futuro gobierno (de Veracruz) para la adjudicación de contratos”, Odebrecht aportó recursos a la campaña del otrora candidato a gobernador, Javier Duarte.

El pago fue por “la cantidad de quinientos mil dólares, (sic) como consecuencia de dichos pagos a mediados del año dos mil trece, el gobierno del Estado le adjudicó de manera directa” a una empresa mexicana, un proyecto de propósitos múltiples, firma que a su vez subcontrató a Odebrecht, tal y como lo habría sugerido Emilio Lozoya.

Posteriormente, siguiendo la misma mecánica, la firma brasileña “realizó un pago por aproximadamente cuatro millones de dólares de abril a junio y noviembre de dos mil doce, el pago de los cuatro millones de dólares se ordenó realizar a favor” de varias empresas vinculadas a Lozoya y su familia.

Esas operaciones “provocaron que el banco registrara alertas por posible lavado de dinero, por exceder de trescientos mil dólares, y en consecuencia el saldo de un millón quinientos dieciséis mil ochocientos treinta y cinco dólares que tenía en ese momento dicha cuenta fue trasferido” a favor de la cuenta bancaria de un consorcio vinculado con la hermana de Emilio Lozoya Austin.

Ese negocio, según informó la FGR en la audiencia de vinculación a proceso de Emilio Lozoya, es Tochos Holding Limited, sociedad de la que el exdirector de Pemex fue beneficiario entre el 1 de julio de 2003 hasta el 28 febrero 2012. En esta última fecha, los activos de la firma fueron transferidos a Gilda Susana Lozoya, hermana del exfuncionario.

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Delitos iniciados en 2010

A Emilio Lozoya Austin se le acusa de ser presunto responsable de los delitos de cohecho, asociación delictuosa, y operaciones con recursos de procedencia ilícita, para lo que la FGR presentó, en 2019, diversos datos de prueba, entre ellos un “escrito de diez de noviembre de dos mil diez”, mediante el cual el exfuncionario habría ordenado trasferir, de una cuenta bancaria a otra, la cantidad de cinco millones de pesos.

Hasta ahora, la Fiscalía General de la República había informado que los hechos presuntamente delictivos cometidos por Lozoya habrían iniciado en 2012, cuando el ahora exfuncionario colaboraba en la campaña presidencial de Enrique Peña Nieto.

No obstante, de acuerdo con los documentos analizados por la juez de amparo, que fueron proporcionados por la misma FGR en su informe justificado, los primeros hechos que el Ministerio Público Federal considera contrarios a la ley habrían iniciado desde 2010.

Esto implica que, al menos por esta primera transferencia de dinero, el delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita prescribió en este 2020, pues el Código Penal vigente en ese momento, que es el que se debe aplicar en este caso, preveía una sanción de entre cinco y quince años de prisión, por lo que la prescripción de ese delito es de 10 años.

La sentencia que niega el amparo detalla que la FGR, además de presentar el escrito de 10 de noviembre de 2010, también presentó un “Estado de Cuenta, en el cual se observa la trasferencia por la cantidad de cinco millones de pesos; Estado de cuenta, en el cual se advierte la trasferencia de ciento ochenta y cinco mil dólares; (y) Dictamen en materia de contabilidad”, entre otros documentos.

El Ministerio Público Federal asegura que Emilio Lozoya habría cometido varios hechos constitutivos de delito siguiendo las siguientes acciones: Personal de la empresa Odebrecht, que se acercó a Lozoya desde 2009, tuvo desde entonces “un sinfín de reuniones” con el ahora indiciado.

Cuando Lozoya ya era director de Pemex, el cinco de agosto de 2013, este habría transferido “la cantidad de un millón doscientos mil dólares” a una cuenta a nombre de su esposa, para la adquisición de un bien inmueble ubicado en Ixtapa, Zihuatanejo. Ese bien fue adquirido por de la ciudadana alemana Marielle Helene Eckes, cónyuge de Lozoya, mediante un fideicomiso, por un precio total de un millón novecientos mil dólares.

El origen de los recursos para adquirir el bien inmueble se pretendió justificar, “mediante la exhibición de los comprobantes de las transferencias y/o pagos, realizados a favor de la vendedora”, para cubrir el precio total del inmueble.

Más adelante, en octubre de dos mil trece, Emilio Lozoya le habría ofrecido a Odebrecht la construcción de la nueva refinería de Tula, Hidalgo, la cual al final no se concretó. Aunque -posteriormente- mediante un presunto soborno de seis millones de dólares, el 28 de enero de 2014, el consorcio brasileño obtuvo una adjudicación directa de parte de Pemex “por la cantidad de un billón cuatrocientos treinta y seis millones trescientos noventa y ocho mil seiscientos treinta y siete” pesos.

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Negación de amparo

Son dos las consecuencias inmediatas de la sentencia que le niega el amparo a Emilio Ricardo Lozoya Austin: Por un lado, se fortalecen las acusaciones de la Fiscalía General de la República, al menos en lo que se refiere a los delitos que no han prescrito.

Por el otro, a través de la resolución del Juzgado Primero de Distrito de Amparo en materia Penal, hoy podemos saber que la misma autoridad ministerial cuenta con información de presuntos hechos delictivos que iniciaron hace 10 años, aunque tanto la Fiscalía, como Lozoya, solo han enfatizado e informado las conductas presuntamente delictivas que involucrarían -entre otros- a Enrique Peña Nieto, cuando este era aun candidato y luego presidente de México.

Esto último no es casualidad. Los datos que la FGR proporciona en los juzgados son mucho más completos con respecto a la trama de corrupción del caso Odebrecht, que aquellos que oficialmente informa a la opinión pública, lo que denota una clara intencionalidad política de parte de una institución que -se supone- debe ser imparcial y transparente con los ciudadanos.

Adicionalmente, la Fiscalía General de la República se mantiene en desacato de una sentencia de amparo que le ordenó que hiciera pública toda la información del caso Odebrecht, luego de que esa dependencia se negara a hacerlo tras una resolución del Instituto Nacional de Transparencia y Acceso a la Información Pública (INAI).

Tanto la Fiscalía como el Ejecutivo federal han destacado la presunta importancia de lo que Emilio Lozoya pudiera revelar en sus declaraciones, aunque en realidad, tal y como lo muestra un documento oficial como la sentencia que aquí se reporta, las autoridades mexicanas ya cuentan con todos los detalles de la red de corrupción desarrollada en el sexenio pasado.

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autor Periodista y abogada, especialista en análisis jurídico y de derechos humanos. Ha sido reportera, conductora de radio y editora.
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