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La impericia de FGR propició absolución del Güero Palma

12-05-2023, 9:30:00 AM Por:
© Sanjuana Martínez Montemayor vía Twitter

La Fiscalía pretendía probar que el capo siguió delinquiendo desde prisión con testimonios de personas que no pueden localizarse.

Ya son dos las ocasiones en las que el narcotraficante Héctor Luis Palma Salazar, alías el Güero Palma, ha sido absuelto en Juzgados y Tribunales federales por delincuencia organizada en su modalidad de delitos contra la salud, producto de la impericia de la Fiscalía General de la República (FGR) que pretendió acreditar la responsabilidad del acusado solo con testimonios de personas que no declararon ante un juez, y que además no pueden localizarse.

Fuentes judiciales informaron que el Güero Palma estaba acusado de pertenecer al cartel de Sinaloa, “y que, después de su detención ocurrida en 1995, siguió liderándolo -desde prisión- a través de un tercero hasta 2021”.

Para probar los cargos, la FGR pretendía que el juez de la causa, y luego los Tribunales de Apelación, valoraran “como pruebas testimoniales las declaraciones que rindieron algunas personas en diversas averiguaciones previas ante distintas autoridades ministeriales”, de acuerdo con las fuentes consultadas.

Es decir, solo con los dichos emitidos por varias personas ante diversos Ministerios Públicos, y no ante un juez, la Fiscalía intentó probar que Palma Salazar continuó con sus actividades delictivas en el cartel ya mencionado, aún después de ser detenido de manera fortuita, en junio de 1995, tras el desplome de la avioneta en la que viajaba.

Justo porque esas declaraciones no fueron hechas ante ninguna autoridad jurisdiccional, además de que esos testigos no han podido localizarse, esta semana el Primer Tribunal Colegiado de Apelación del estado de Jalisco reiteró la absolución del Güero Palma, bajo las mismas consideraciones expuestas en la sentencia anterior, emitida en 2021, en la que también se le encontró inocente de los cargos.

“El Tribunal de Apelación precisó que, conforme a la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada y la jurisprudencia de la Primera Sala de la Corte, no era factible otorgarle valor de testimoniales a las declaraciones que no se hubieran rendido ante jueces”, añadieron las fuentes.

Por ende, al no estar “en aptitud de otorgar pleno valor probatorio al contenido de las declaraciones, sino únicamente valorarla(s) como una documental que acredita la existencia de otras averiguaciones previas”, el Tribunal determinó que las pruebas presentadas por la Fiscalía “eran insuficientes para acreditar la plena responsabilidad penal” de Héctor Luis Palama Salazar.

Como consecuencia de lo anterior, el Güero Palma fue absuelto de esa acusación, ordenándose su libertad inmediata en lo que se refiere a esa causa. No obstante, como hay otras dos acusaciones aún pendientes en su contra, la última apenas notificada el miércoles, Palma Salazar debe permanecer detenido en el Penal de máxima seguridad del Altiplano, en el Estado de México.

Testigos perdidos

La primera sentencia absolutoria en este caso, dictada el 30 de abril de 2021 por el Juzgado Segundo de Distrito de Procesos Penales Federales en el estado de Jalisco, cuya copia posee ALTO NIVEL, detalla lo sucedido con dos “testigos colaboradores” de la otrora Procuraduría General de la República (PGR).

Las declaraciones de esos testigos, que fueron hechas en indagatorias distintas a la del expediente del Güero Palma, eran la base para la acusación en contra del narcotraficante.

Inicialmente, esos deponentes, que ostentan los nombres en clave de César y Julio, declararon ante una subprocuraduría de la PGR, dependencia que luego “comunicó que se perdió contacto con los testigos colaboradores, (…) en virtud de que dejaron de presentarse a esa subprocuraduría”.

La defensa del Güero Palma de hecho solicitó que ambos testigos se presentaran a ratificar sus dichos, a fin de ser incluidos formalmente en la causa penal en contra del narcotraficante, lo cual no fue posible, “pues, no obstante haber realizado la búsqueda respectiva, éstos no fueron localizados, ni fueron presentados por el fiscal federal para reiterar, ratificar o aclara(r) sus declaraciones”, apunta el fallo.

Así, esas declaraciones ministeriales “de los testigos colaboradores antes referidos, rendidas en diversas indagatorias a la que motivó la instauración de la presente causa penal (la de Palma Salazar), por el simple hecho de haberse integrado a esta última en copia certificada, no pueden considerarse con el mismo alcance de la averiguación previa” en la que se desahogaron, argumenta la sentencia.

Esta situación, aunque puede resultar confusa, en realidad es sencilla: La ya desaparecida PGR, investigando otros delitos cometidos por otras personas, contó con las declaraciones de testigos colaboradores que aseguraron que el Güero Palma siguió liderando el cartel de Sinaloa aún después de su detención en 1995.

Pero en vez de que esos testigos reiteraran sus dichos ante el juez de la causa en contra de Héctor Luis Palma Salazar, el Ministerio Público federal solo aportó los testimonios en copia certificada. Cuando la defensa del capo pidió que esos hombres se presentaran, estos ya se le habían perdido a la Fiscalía.

“De ahí entonces, que tales declaraciones no pueden trasladarse al presente sumario con la calidad de prueba testimonial, porque fueron desahogadas en distintas averiguaciones, ajena a la que se integró para ejercer la acción penal que dio origen a este proceso”, establece la sentencia absolutoria.

Esta misma conclusión es a la que llegó esta semana, de nueva cuenta, el Primer Tribunal Colegiado de Apelación del estado de Jalisco, reiterando la inocencia del Güero Palma en lo que se refiere al delito de delincuencia organizada para cometer delitos contra la salud.

Con este último fallo, la Fiscalía solo puede mantener en prisión a Palma Salazar si se abre el proceso penal por el que fue reaprehendió el 4 de mayo de 2021, cuando se le acuso del homicidio de una persona. A esto desde el miércoles se sumó una nueva imputación por el homicidio calificado de nueve personas, en hechos ocurridos en Iguala, Guerrero, en septiembre de 1992.

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autor Periodista y abogada, especialista en análisis jurídico y de derechos humanos. Ha sido reportera, conductora de radio y editora.
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