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FGR impugna la anulación de sentencia de Mario Aburto; caso irá a Suprema Corte

19-10-2023, 4:50:08 PM Por:
© PGR

El recurso se interpone después de que el presidente mexicano, Andrés Manuel López Obrador, pidiera la semana pasada a su Gobierno que revise la liberación de Aburto.

La Fiscalía General de la República (FGR) de México impugnó la anulación de sentencia dictada a Mario Aburto, magnicida confeso del candidato presidencial Luis Donaldo Colosio (1994), por lo que ahora la Suprema Corte analizará su caso, según documentos judiciales revelados este jueves.

La FGR cuestionó que, tras 29 años en la cárcel, un fallo del Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Estado de México otorgó a Aburto la cancelación de una sentencia dictada por 45 años.

El Ministerio Público federal “interpone recurso de revisión y expresa agravios contra la sentencia dictada. (..) Se da trámite al recurso que se acuerda”, precisó el Primer Tribunal Colegiado en materia penal del Estado de México en un auto cuya copia posee ALTO NIVEL.

El amparo que favorece a Mario Aburto invalidó la sentencia que lo condenó a 45 años de prisión por haber privado de la vida -en 1994- a Luis Donaldo Colosio Murrieta, ordenando se emita una nueva resolución por parte de un Tribunal de Apelación, pero aplicando el Código Penal del estado de Baja California, donde ocurrieron los hechos.

Con este fallo, se preveía que el recluso obtuviera su libertad a finales de este mes de octubre, pero seguramente esto se retrasará debido a la impugnación de la FGR, y al paro nacional de labores convocado por los trabajadores del Poder Judicial de la Federación.

La encargada de admitir o desechar el Recurso de Revisión de la Fiscalía es la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), instancia que -de acuerdo con la Ley de Amparo- solo analiza este tipo de inconformidades cuando en la sentencia del amparo subsiste un problema de inconstitucionalidad.

En este caso, la resolución a favor de Mario Aburto establece que un magistrado del Primer Tribunal Colegiado de Apelación, también de la entidad mexiquense, deberá emitir una nueva sentencia en contra de este, eliminando el delito de homicidio calificado, contemplado en el Código Penal Federal, y con el que fue condenado, sustituyéndolo por el mismo delito que preveía en 1994 el Código Penal bajacaliforniano.

Gracias a estos lineamientos establecidos por el Primer Tribunal Colegiado en materia penal del Estado de México, Aburto Martínez podría obtener -en su nueva sentencia- una pena máxima de 30 años de prisión, tal y como se establecía para el delito de homicidio calificado en la legislación penal de Baja California.

En México, todos los homicidios que ocurren en las entidades federativas deben ser juzgados con la legislación local, a la que se denomina fuero común, a menos que se hayan cometido en una instalación federal o se hayan utilizado armas de uso exclusivo del Ejército, hipótesis que no se presentaron en estos sucesos.

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El recurso se interpone después de que el presidente mexicano, Andrés Manuel López Obrador, pidiera la semana pasada a su Gobierno que revise la liberación de Aburto.

“Pedí a la Secretaria de Gobernación que vea este asunto y que vea qué recursos legales tenemos nosotros porque, independientemente de que el señor Aburto tiene derecho a ser protegido por la ley, no es un asunto nada más legal o jurídico cuando se trata del homicidio de un candidato a la Presidencia”, indicó en su conferencia matutina.

Sin embargo, el Primer Tribunal expresó que, “dada la naturaleza del medio de impugnación que se interpone y a fin de no retrasar la pronta impartición de justicia”, enviaría el caso a la Suprema Corte de Justicia.

El caso se traslada al Supremo ante el paro nacional de labores en los juzgados después de que la Cámara de Diputados votara por extinguir 13 fideicomisos del Poder Judicial de la Federación (PJF).

En ese tenor, remítase al Alto Tribunal de Justicia (…) la demanda de amparo que dio origen a este juicio”, añade la notificación sobre el caso de Aburto en las listas de acuerdos del PJF.

El Poder Judicial concedió un amparo para emitir una nueva sentencia a Aburto porque lo juzgaron con base en el Código Penal Federal, que contemplaba 45 años de cárcel, y no con el ordenamiento legal de Baja California, estado del noroeste del país donde aconteció el magnicidio, que señalaba una pena de 30 años.

Con información de EFE.

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autor Periodista y abogada, especialista en análisis jurídico y de derechos humanos. Ha sido reportera, conductora de radio y editora.
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