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¿Quién es Luis Rodríguez Bucio, comandante de la Guardia Nacional?

11-04-2019, 10:32:51 AM Por:

El encargado de la Guardia Nacional es un militar en activo en proceso de retiro, especialista en administración militar y procesos de paz


Un militar en activo en proceso de retiro, el general de brigada, diplomado de Estado Mayor, Luis Rodríguez Bucio, fue nombrado este jueves por el presidente Andrés Manuel López Obrador para dirigir a la Guardia Nacional, a pesar de que la reforma constitucional que crea a la nueva corporación establece que esta será de carácter civil.

Rodríguez Bucio es fundador del Grupo de Análisis e Información de Narcotráfico de la Secretaría de la Defensa Nacional, organismo que en 2006 sustituyó al Centro de Inteligencia Antinarcóticos (CIAN) del Estado Mayor del Ejército mexicano.

Graduado en el Colegio Militar en 1977, formó parte del Estado Mayor Presidencial, desaparecido en diciembre de 2018 por Andrés Manuel López Obrador, como cuerpo de protección del titular del Ejecutivo federal.

En los años noventa el nuevo titular de la Guardia Nacional se integró a la agregaduría militar de la embajada de México en Alemania. De hecho en ese país fue alumno de la Academia de las Fuerzas Armadas teutonas. Su capacitación también incluye cursos en operaciones de paz en Canadá.

En el verano de 2017 fungió como presidente del Consejo de Delegados de la Junta Interamericana de Defensa de la Organización de Estados Americanos (OEA) con sede en Washington, Estados Unidos.

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De acuerdo con el artículo 21 de la Constitución, reformado para habilitar la Guardia Nacional, esta corporación y todas las instituciones de seguridad pública deben ser de carácter civil.

Se trata de un cuerpo policiaco, con competencia en el ámbito federal, integrado por elementos de las policías Federal, Militar y Naval, que para su actuación en el territorio nacional deberá coordinarse con las fuerzas del orden de las entidades federativas. 

¿Al estar en activo se violenta la Constitución?

Su dirección estará adscrita a la Secretaría de Seguridad, aunque también contará con una “instancia de coordinación operativa interinstitucional”, en la que participarán las secretarías de Marina y Defensa Nacional.

 De hecho, este jueves el presidente López Obrador presentó también a quienes integrarán esta coordinación.

Se trata del general de brigada Xicoténcatl Núñez Márquez, también en proceso de retiro; el contralmirante Gabriel García Chávez, ya retirado; y la Comisaria de la Policía Federal Patricia Rosalinda Trujillo, fundadora de la división científica de esa corporación.

En cuanto a Luis Rodríguez Bucio, su proceso de retiro concluye en agosto próximo, es decir, hasta entonces sigue en activo como militar, lo que implica que se mantienen sus obligaciones administrativas y de disciplina con la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena), no así en lo que se refiere a cuestiones operativas.

Debido a que el artículo 21 de la Constitución establece el carácter civil de todas las corporaciones de seguridad pública, incluyendo la Guardia Nacional, el nombramiento de Rodríguez Bucio como su titular podría ser impugnado a través del juicio de amparo.

A su vez, diputados y senadores de oposición, que representen el 33% de cada una de las Cámaras del Congreso, así como los gobernadores de las entidades federativas, están facultados para promover controversias constitucionales contra esta decisión del presidente.

En este caso, sería la Suprema Corte de Justicia de la Nación la encargada de resolver si el nombramiento de un militar en activo trasgrede lo dispuesto por nuestra carta magna.

Presidencia Guardia Nacional

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Presentarán leyes reglamentarias

Desde el pasado 26 de marzo, las policías Federal, Militar y Naval ya pueden actuar como parte de la Guardia Nacional, pues ese día entró en vigor la reforma constitucional que crea esa corporación, en tanto que inicia la cuenta regresiva para que, en marzo de 2024, el Ejército deje de participar en labores de seguridad pública.  

La Guardia Nacional estará regulada por una Ley Orgánica que será presentada este jueves en el Congreso por el Secretario de SeguridadAlfonsoDurazo Montaño. De igual forma, se entregarán para su aprobación las iniciativas de la Ley Nacional sobre el Uso de la Fuerza, y la del Registro de Detenciones, todas ellas deben aprobarse antes del 30 de junio.

No obstante, en tanto se avalan esas normas, el régimen transitorio de la reforma a la carta magna prevé que la Guardia Nacional asuma “los objetivos, atribuciones y obligaciones previstas en los artículos 2 y 8 de la Ley de la Policía Federal”.

Esto significa que los guardias nacionales están facultados para prevenirla comisión de delitos y faltas administrativas que determinen las leyes federales.

También pueden realizar labores de seguridad pública en las zonas fronterizas y los litorales; en aduanas y recintos fiscales; en centros de supervisión y control migratorio; en las carreteras federales, en las vías férreas, los aeropuertos, y los puertos marítimos, además del espacio aéreo, instalaciones hidráulicas, presas, lagos y cauces de los ríos.

Igualmente pueden llevar a cabo operaciones encubiertas y de usuarios simulados para la prevención de delitos, realizar análisis técnico, táctico o estratégico de la información obtenida para la generación de inteligencia; y bajo la conducción y mando del Ministerio Público están facultados para llevar a cabo investigaciones de los delitos cometidos.

autor Periodista y abogada, especialista en análisis jurídico y de derechos humanos. Ha sido reportera, conductora de radio y editora.
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