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Finanzas

Leyes del IMSS 1973 y 1997, ¿cuál te toca y cuáles son sus diferencias?

21-02-2024, 8:11:33 PM Por:
© Depositphotos / @sofia.ugalde.mx

Es importante saber bajo cuál ley te pensionarás. El factor determinante es el año de inicio de cotización a la seguridad social.

En México existen, en este momento, dos generaciones de trabajadores que, de acuerdo con la ley bajo la cual estén registrados, serán los beneficios que reciban cuando pasen a la jubilación y tengan derecho a una pensión. Sin considerar desde luego a aquellos que se ubican en regímenes diferentes como los trabajadores de las universidades y los órganos estatales, entre otros, mismos que si bien son una minoría, también tienen su propia legislación.

Las leyes bajo las cuáles se rigen la mayoría de los trabajadores en el país, quienes cotizan en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), son la Ley del IMSS de 1973 y la Ley del IMSS de 1997.

Antes de mencionar las diferencias más importantes entre ambas leyes, una de las grandes dudas, o quizás la más importante que tienen muchos trabajadores, consiste en saber a qué ley pertenece cada uno. Es una duda muy relevante que deberíamos dejar muy clara tanto los medios de comunicación como los especialistas y no se diga el gremio de las Administradoras de Fondos de Ahorro para el Retiro (Afores), así como la autoridad reguladora.

Dejarlo claro no es complicado, existe un distintivo determinante y único para que cada trabajador sepa a qué ley pertenece, para que llegado el momento del retiro conozca, sus derechos y obligaciones bajo el amparo de la ley respectiva.

¿Cómo saber a qué ley pertenezco? Esta es la clave

La clave para determinar y saber a qué ley pertenece cada trabajador es muy sencilla, se refiere a la fecha de inicio de cotización ante el IMSS.

Ley del 73

Todos los trabajadores que cotizan al IMSS antes del 1 de julio de 1997, sin importar la fecha, pertenecen y se retirarán bajo el amparo de la Ley del IMSS 1973. Incluso, si el trabajador empezó a cotizar el 30 de junio de 1997, que fue el último día de vigencia de dicha ley. No importa que un trabajador haya cotizado al IMSS antes del 1 de julio de 1997 y haya dejado de cotizar por muchos años y vuelto a cotizar después de tal fecha, lo que se toma en cuenta es la fecha de inicio de cotización ante el IMSS.

Ley del 97

Asimismo, todos los trabajadores que empezaron a cotizar al IMSS a partir del 1 de julio de 1997, sin importar la fecha, incluso hasta nuestros días, estarán bajo el amparo de la Ley del IMSS 1997 y se jubilarán bajo dicha legislación.

Muchos trabajadores y público en general tienen algunas dudas particulares, destaca que, por ejemplo, un trabajador empezó a cotizar después del 1 de julio de 1997, pero tiene un registro ante el IMSS de una fecha previa, de 1995 por decir un año, ya que en la escuela a la que acudía lo registraron ante el IMSS para brindarle el servicio médico al que tenía derecho como parte de los programas sociales del gobierno federal.

Lo anterior no aplica como derecho para pensionarse bajo la ley de 1973; el IMSS identifica claramente su fecha de inicio de cotización, no importa que su registro sea previo. En resumen, la fecha de inicio de cotización al IMSS, el pago de cuotas, es lo que va a determinar a qué ley pertenece cada trabajador: Cotizar antes del 1 de julio de 1997 aplica la ley del IMSS de 1973 y cotizar después del 1 de julio de 1997 aplica la ley del IMSS de ese mismo año.

Una vez aclarado el punto anterior, que debe ser fundamental para todos los trabajadores, es importante conocer algunas de las diferencias y similitudes más relevantes que existen entre ambas leyes, con el fin de que cada generación se vaya preparando para cuando llegue el momento del retiro.

 Ley 1973Ley 1997
¿A qué régimen pertenezco?Si cotizas antes del 1 de julio de 1997Si cotizas a partir del 1 de julio de 1997
Tipo de pensión que recibiréRenta vitalicia, es decir pago de por vidaRetiro programado o renta vitalicia, según los fondos en la Afore
¿Quién pagará mi pensión?El IMSS con recursos de tu RCV* y del gobiernoUna aseguradora, con el saldo de tu cuenta individual
¿Cuántas semanas necesito cotizar?Mínimo 750 semanas ante el IMSS, que subirán a 1,000Mínimo 750 semanas, que aumentarán hasta llegar a 1,000
¿Cómo se calcula el monto de mi pensión?Con el salario promedio de los últimos 5 años trabajadosSegún los recursos ahorrados en la Afore, más los rendimientos
¿Edad mínima para recibir pensión?Cesantía: necesario tener entre 60 y 64 años de edad Vejez: A partir de los 65 años de edadCesantía: Cuando el trabajador tiene entre 60 y 64 años de edad Vejez: A partir de los 65 años de edad
¿Mi pensión se hereda?Únicamente a la esposa o concubina, bajo la leySi hay saldo remanente en la cuenta se le paga al heredero (a) en                                                                                                                                                                                una sola exhibición
*RCV; subcuenta de Retiro, Cesantía y vejez, el saldo se refleja en tu estado de cuenta. Una vez agotados estos recursos, el gobierno federal le paga al IMSS para que a su vez el instituto pague tu pensión.           

Las anteriores son las diferencias básicas que todos debemos conocer para saber nuestros derechos y obligaciones, de acuerdo con la ley bajo la cual tramitemos nuestra pensión al momento del retiro. Hay, desde luego, muchos tecnicismos y miles o millones de casos que se contemplan en las mismas leyes, pero lo esencial es lo que arriba se consigna y dependerá de lo que fija cada ley para obtener el beneficio respectivo.

Es importante también consignar los cambios que están en marcha en términos generales, así como la reciente propuesta presentada por el Ejecutivo al Congreso para su eventual discusión y aprobación.

Cambios Reforma 2020 y propuesta 2024

La reforma de 2020 permitirá que la tasa de reemplazo de las pensiones (el porcentaje del salario que recibirá el trabajador al momento del retiro) se incremente paulatinamente a lo largo de varios años, hasta el 2030, cuando alcanzará el 15 por ciento del salario base. Se calcula que para entonces la tasa promedio de reemplazo se colocará alrededor del 75 por ciento, muy superior al 55 por ciento de la actualidad. Asimismo, se redujo la cifra mínima de semanas cotizadas para acceder a una pensión mínima garantizada, ahora serán 750 semanas a partir de 2023, que aumentarán año con año hasta llegar a 1,000 semanas como mínimo en 2030. Esta reforma beneficia a ambas generaciones de trabajadores, tanto los de la ley de 1973 como la de 1997.

En cuanto a la propuesta del ejecutivo presentada el 5 de febrero pasado. Los beneficiados serán únicamente aquellos que cotizan bajo la ley de 1997, se pretende que estos trabajadores disfruten del 100 por ciento de su salario al momento del retiro, siempre y cuando ganan hasta 16,777.68 pesos, que es el salario promedio del IMSS; este fondo se complementará mediante un “fondo semilla”, que se constituirá a partir del 1 de mayo de este mismo año, siempre y cuando todo sea aprobado por el Poder Legislativo.

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