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¿Conviene quedarte en el RIF o cambiarte al Resico?

28-01-2022, 4:23:57 PM Por:
© Especial

¿Estás evaluando si cambiarte del RIF a Resico? Aquí te decimos qué considerar para tomar la decisión.

Existen ciertas ventajas que trae consigo el Régimen Simplificado de Confianza (Resico), entre estas pueden ser las tasas bajas de impuestos y la simplificación en el pago, pero debes comprender que no es conveniente para todas las personas, dado que habrá contribuyentes a los que les generará mayores beneficios permanecer en el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) porque pagarán menos cantidad de impuestos.

Héctor Meza, quien es contador, explica que el pago del IVA no cambia en estos esquemas, aunque conviene un poco más el Resico porque existe la posibilidad de pagar menos por ISR. Pero en cuestión de deducciones, podrías terminar pagando un poco mas.

Pertenecen al RIF las personas físicas cuyos ingresos no sobrepasan los 2 millones de pesos anuales, así que, si excedes dicha cantidad de ingresos, te regresarán al régimen en el que estabas. La siguiente etapa es el régimen general, pero tienes mayores obligaciones.

Asimismo, es recomendable realizar un cálculo de acuerdo con tu situación fiscal y actividad económica, y si lo prefieres, es bueno recurrir con algún contador para analizar y tomar la decisión si realmente terminarás beneficiado al permanecer o cambiar de régimen.

Por ejemplo, si eres trabajador independiente o freelance y quieres estar en el esquema de Resico, en la parte del Impuesto Sobre la Renta (ISR) no te retendrían, sería una facilidad, pero en el Impuesto del Valor Agregado (IVA) sí lo harían.

El Resico para personas físicas se enfoca en contribuyentes con ingresos menores a 3.5 millones de pesos, tendrá una declaración más simple y las tasas de Impuesto sobre la Renta (ISR) bajas, desde 2.5% y será progresiva según los ingresos que declares, aunque no tendrá deducciones. 

“A modo general, podría ser conveniente, pero a modo individual deberías analizarlo, porque puede no convenir. Si tienes muchos gastos por tu actividad, dependerá. Si no tienes gastos y pagas el IVA en total, podrías gastarte un poco de ISR”

explicó Héctor Meza, contador.

Por otro lado, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) indicó que los contribuyentes del Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) tienen hasta el 31 de enero para modificar su esquema al Régimen Simplificado de Confianza (Resico), cuyo fin es brindar “facilidades” para el respectivo pago de impuestos.

El fisco lanzó un comunicado donde informa a los contribuyentes que tributan actualmente bajo el esquema de RIF y que quieren seguir en el mismo, den aviso en la fecha mencionada, por ende, se les dará el mismo régimen según las disposiciones aplicables a partir del 1 de febrero.

Si tienes dudas sobre cómo hacerlo, te dejamos este video tutorial del SAT:

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