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Libertad de Mario Aburto será determinada por la Suprema Corte

06-12-2023, 4:08:45 PM Por:
© PGR

La Fiscalía General de la República impugnó el amparo que anuló la sentencia del homicida de Luis Donaldo Colosio Murrieta, con el que podía ser liberado.

La validez del amparo concedido a Mario Aburto Martínez, con el que se invalidó su sentencia de 45 años de prisión por su responsabilidad en el homicidio del candidato presidencial del PRI, Luis Donaldo Colosio Murrieta, será analizada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), instancia que este miércoles admitió un Recurso de Revisión promovido por la Fiscalía General de la República (FGR).

El expediente ya fue turnado al ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, presidente de la Primera Sala del máximo tribunal, quien elaborará el proyecto de sentencia fijando un criterio sobre si es correcta la decisión de un Tribunal Colegiado en la que se ordenó reclasificar el delito de homicidio por el que Aburto Martínez ha permanecido encarcelado desde el 23 de marzo de 1994.

En esa resolución, el Primer Tribunal Colegiado en materia Penal del Estado de México determinó conceder el amparo y protección de la Justicia Federal al reo, a fin de que se le dicte una nueva sentencia con base en la penalidad que establecía para el homicidio el Código Penal del estado de Baja California, donde ocurrieron los hechos.

Sin embargo, consultado sobre la determinación de la SCJN, el abogado defensor de oficio de Mario Aburto, Juan Luis González Burgueño, adelantó a ALTO NIVEL que estudian interponer un Recurso de Reclamación en contra del acuerdo de la Corte con el que se admitió la revisión del amparo solicitada por la FGR.

Las opciones de la defensa

Como se recordará, en su fallo, el Tribunal Colegiado consideró que Mario Aburto no debió de ser juzgado y sentenciado de acuerdo con el Código Penal federal, sino con la norma correspondiente al fuero común (estatal).

En específico, la entonces Procuraduría General de la República (PGR) habría invadido “la esfera de competencia de Baja California, al atribuir competencia al Ministerio Público y Jueces Federales para perseguir y juzgar delitos” que en realidad debieron juzgarse en el ámbito penal de ese estado.

Con ese amparo, concedido a principios del pasado mes de octubre, Aburto Martínez tenía que haber sido liberado a más tardar a mediados de noviembre pues, al aplicarse el Código Penal de Baja California, en su nueva sentencia la máxima penalidad que se le puede imponer es de 30 años, en vez de los 45 años de prisión a los que fue sentenciado -en diciembre de 1994- por un Tribunal del Estado de México.

La liberación del homicida quedó en suspenso debido a que la FGR promovió un Recurso de Revisión ante la SCJN, el cual fue admitido hasta este miércoles.

El amparo que favoreció a Aburto fue interpuesto desde 2021 por defensores públicos federales, quienes pretendían la exoneración del sentenciado con base en diversos actos de tortura que este dice haber sufrido.

Sin embargo, el Tribunal determinó no haber encontrado indicios suficientes para determinar si existió la tortura alegada. Esa instancia solo consideró procedente conceder el amparo para que se dicte una nueva sentencia, pero aplicando el Código Penal bajacaliforniano y no el Federal.

Cabe aclarar que la FGR decidió impugnar ese amparo ante la Corte luego de que el presidente Andrés Manuel López Obrador se pronunciara al respecto el pasado 12 de octubre.

El mandatario apuntó entonces que había pedido a la Secretaría de Gobernación “que vea este asunto y que vea qué recursos legales tenemos nosotros porque, independientemente de que el señor Aburto tiene derecho a ser protegido por la ley, no es un asunto nada más legal o jurídico cuando se trata del homicidio de un candidato a la presidencia”.

López Obrador agregó que, si Mario Aburto “considera de que está siendo tratado de manera injusta y que hay este interés de perjudicarlo, y que tiene toda la oportunidad de hablar, que se manifieste”.

En ese tenor, evidentemente, Mario Aburto Martínez está imposibilitado para hacer algún pronunciamiento público, pues se encuentra recluido en el Centro Federal de Readaptación Social número 12, ubicado en el estado de Guanajuato.

No obstante lo anterior, además de la Reclamación en contra de la admisión del caso por parte de la Corte, la defensa del sentenciado también tiene la opción de promover un Recurso de Revisión Adhesiva, en caso de que el máximo tribunal del país ratifique que analizará el amparo a favor de Aburto.

Si la Corte ratifica el amparo emitido por el Primer Tribunal Colegiado en materia Penal del Estado de México, el homicida obtendría su libertad de inmediato, pues está a punto de cumplir 30 años de reclusión, la sanción máxima para el delito de homicidio en el Código Penal de Baja California.

Luis Donaldo Colosio Murrieta, de 44 años en 1994, fue privado de la vida al recibir dos disparos de arma de fuego, uno de ellos en la cabeza, cuando -como abanderado presidencial del Partido Revolucionario Institucional (PRI)- había concluido un mitin de campaña en la colonia Lomas Taurinas de Tijuana.

Mario Aburto, hoy de 53 años, confesó en varias ocasiones haber accionado el arma que lesionó en la cabeza a Colosio Murrieta.

Con el homicidio del candidato quedaron en la orfandad sus dos hijos, Mariana entonces de 1 año, y Luis Donaldo, de 8 años, ambos de apellidos Colosio Riojas, este último hoy es alcalde de Monterrey.

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autor Periodista y abogada, especialista en análisis jurídico y de derechos humanos. Ha sido reportera, conductora de radio y editora.
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