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COVID-19 en Tribunales: Así se han protegido, vía amparo, 4,500 mexicanos

01-03-2021, 6:10:00 AM Por:
© Reuters

A un año del primer caso de Covid-19 en México, destaca la labor de Juzgados y Tribunales federales en defensa de los derechos de personas vulnerables.

Al menos 4,500 mexicanos de todos los estados del país, muchos de ellos sin recursos para pagar a un abogado, han conseguido la protección de la justicia federal a través de sendos amparos con los que se han reclamado miles de actos y omisiones de parte del gobierno federal ante la pandemia de Covid-19, de acuerdo con una consulta hecha por ALTO NIVEL a la Unidad de Transparencia del Poder Judicial de la Federación.

A un año de que se presentara el primer caso de Covid-19 en México, el pasado 27 de febrero de 2020, los juzgados de Distrito han ordenado la realización de pruebas gratuitas para detectar el coronavirus; la atención de pacientes rechazados en hospitales públicos; el confinamiento de trabajadores gubernamentales con padecimientos crónicos; y hasta la entrega de tarjetas de debito para el pago de sueldos y pensiones de personas mayores de 60 años, entre otras medidas en favor de los derechos fundamentales de los quejosos.

Aunque la pandemia de Covid-19 también obligó a suspender labores jurisdiccionales, los jueces y magistrados han laborado mediante guardias para recibir casos urgentes que se reclamen a través de juicios de amparo, destacándose el aumento de los trámites a través del Portal de Servicios en Línea del Poder Judicial de la Federación (PJF).

Gracias a esto, solo en el año 2020, Organizaciones No Gubernamentales, que laboran probono (gratuitamente), y litigantes independientes pudieron representar a 4,423 personas, a las que se añaden otras 83 que en lo que va de 2021 también han acudido al Juicio de Amparo por motivos relacionados con el Covid-19.

Sentencias contra el IMSS

De la revisión de un centenar de sentencias emitidas en favor de personas que reclamaron en amparo que su salud, integridad y vida, se ponían en riesgo debido a actos y omisiones de las autoridades, se destacan las resoluciones en las que perdió el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).

Por ejemplo, el Juzgado Octavo de Distrito en Materia de Trabajo en la Ciudad de México otorgó una suspensión de plano para una trabajadora del IMSS, a quien se le ordenó laborar en el área Covid de un hospital, a pesar de que demostró que cuenta con varios padecimientos respiratorios crónicos, que la obligan a ingerir medicamentos que disminuyen su sistema inmune, lo cual la hace mucho más susceptible a contagiarse, sobre todo si se le obligaba a trabajar atendiendo a personas portadoras del virus SARS-CoV2.

La suspensión de plano, que hace las veces de definitiva, le fue concedida a la trabajadora para que pudiera resguardarse en su casa, con goce de sueldo, a fin de que no laborara en un entorno en donde podía contagiarse. En contra de esa disposición, el IMSS promovió una queja ante el Primer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo de la capital del país.

En su recurso, la institución alegó que la emergencia sanitaria por el virus había culminado desde el 30 de mayo de 2020, por lo que -la trabajadora- al promover un amparo después de esa fecha, estaba incurriendo en una ilegalidad, junto con el Juzgado de Distrito que le otorgó la suspensión.

El Primer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo de la capital del país no le dio la razón al IMSS, por el contrario, le dijo que sus argumentos eran inoperantes, pues la pandemia es un hecho notorio “que prevalece en el país”, y que trajo consigo una serie de acciones que fueron ordenadas mediante decreto presidencial desde marzo de 2020. 

En ese tenor, los patrones mexicanos “fungieron como operadores, justamente, de la normatividad que para esos efectos fue emitida con el objeto de garantizar el derecho a la seguridad y la salud”, justo lo que estaba reclamando la servidora pública.

En otra sentencia, igualmente contraria al IMSS, la institución se opuso a una suspensión que beneficiaba a otra trabajadora bajo el argumento de que su resguardo en casa, al ser una persona mayor de 60 años, significaba una afectación al orden público y a la sociedad.

Esta resolución le respondió el Seguro Social que “la concesión de la suspensión no priva a la sociedad de un beneficio o se le causa un daño que de otro modo no resentiría, pues para realizar las labores presenciales en el hospital se debe preferir al personal que no se encuentra en ningún supuesto de excepción”, como lo son los adultos mayores o aquellos que padecen enfermedades crónico-degenerativas.

Empresas beneficiadas

Los amparos relacionados con el Covid-19 no solo han versado sobre el derecho a la salud, que garantiza el artículo 4 de la Constitución, pues este tipo de demandas también han beneficiado a algunas empresas.

Destaca el caso de una de las partes en un juicio mercantil en el estado de Guanajuato, que fue multada por no asistir a una audiencia, a pesar de que demostró, ante el juez de la causa, que presentaba síntomas compatibles con Covid-19.

La multa que se le impuso fue reclamada en amparo, el cual le fue concedido al empresario debido a que la autoridad responsable, el juzgado de lo mercantil, no tomó “en cuenta el complejo entorno que actualmente se vive con la pandemia generada por el virus SARS-CoV2 (Covid19)”.

En la sentencia que otorgó la protección de la justicia federal y canceló la multa, el Juzgado Séptimo de Distrito en el estado de Guanajuato consideró que “la autoridad asumió una postura que puede calificarse como severa, en una época donde existe una pandemia que exige actuar con responsabilidad, extremar precauciones y no acudir a los juzgados en caso de presentar síntomas de alguna enfermedad respiratoria”.

Protección y vacunas

Entre las omisiones de las autoridades sanitarias del sector público federal que también se han reclamado, vía amparo, resaltan decenas de demandas de médicos y enfermeras a quienes no se les habían proporcionado los elementos de protección adecuados para laborar atendiendo a personas con Covid-19.

El colectivo Justicia Covid se ha destacado en la defensa gratuita de estos trabajadores de la salud, obteniendo suspensiones de parte de jueces de Distrito, con las que se obligó a clínicas y hospitales públicos a proporcionar el material necesario para proteger a galenos y enfermeras.

Esta organización también ha promovido demandas de amparo a favor de pacientes a quienes se les negaron diversos medicamentos en instituciones públicas, ha logrado que no exista incomunicación entre pacientes con Covid-19 y sus familiares, al mismo tiempo que lleva la defensa de empleados de Petróleos Mexicanos (Pemex) que han obtenido suspensiones para no laborar en áreas que ponen en riesgo su salud.

Ya en este 2021, médicos que no han recibido la segunda dosis de la vacuna de Pfizer en contra del Covid-19 también han recurrido al amparo. En estas demandas ha intervenido, con servicios probono, el colectivo Lex Artis Médica.

Uno de sus abogados, Ángel Gutiérrez, quien también es médico, dijo en febrero pasado a ALTO NIVEL que ha promovido amparos quejándose de la desorganización que impera en el plan gubernamental establecido para la vacunación del personal de salud, lo cual trasgrede el principio constitucional de no discriminación.

La reasignación de recursos presupuestarios para atender la emergencia sanitaria, la posibilidad de que las autoridades federales otorguen incentivos fiscales, o permitan diferir el pago de impuestos, son otros temas también abordados a través del Juicio de Amparo, aunque en estos casos las suspensiones que inicialmente otorgaron los Juzgados de Distrito fueron revertidas por Tribunales superiores.

autor Periodista y abogada, especialista en análisis jurídico y de derechos humanos. Ha sido reportera, conductora de radio y editora.
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