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SAT: ¿Cuáles son las deducciones personales que puedo presentar en la declaración anual 2022?

24-03-2023, 1:01:19 PM Por:
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Te decimos qué deducciones puedes hacer en tu declaración de impuestos ante el SAT.

Se aproxima la declaración anual del ejercicio fiscal 2022 ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), por lo que los contribuyentes deben cumplir con esta responsabilidad.

Asimismo, es importante cumplir con los requisitos establecidos por la Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR), ya sea que tengas a la mano tu CFDI o hayas hecho pagos a través de medios electrónicos, además de otros que te pueden favorecer. Si todavía no conoces cuáles son las deducciones personales que puedes presentar, no te preocupes porque aquí te lo decimos.

¿Qué deducciones personales aplican este 2023?

Las que puedes hacer desde el 1 hasta el 31 de abril son las siguientes:

Salud: honorarios médicos, dentales, servicios profesionales de psicología y nutrición, aparatos para rehabilitación, gastos hospitalarios, primas de seguro de gastos médicos, honorarios a enfermeras, análisis y estudios clínicos, prótesis y lentes oftálmicos, estos últimos están permitidos hasta 2 mil 500 pesos. Asimismo, aplica si se trata de gastos para tu cónyuge o concubina, familiares ascendientes y descendientes en línea recta.

Educación básica de hijos: En el caso de preescolar y bachillerato, cada grado tiene un límite, así como el transporte escolar (en caso de ser obligatorio), por lo que los rangos para deducir están en:

  • Preescolar: $14,200 pesos
  • Primaria: $12,900 pesos
  • Secundaria: $19,900 pesos
  • Profesional técnico: $17,100 pesos
  • Bachillerato o su equivalente: $24,500 pesos
  • Gastos funerarios de tu cónyuge o concubino/a, así como para tus padres, abuelos, hijos y nietos, podrás realizarlos con cualquier medio de pago y debes contar con la factura.
  • Intereses reales devengados y efectivamente pagados por créditos hipotecarios, destinados a tu casa habitación, contratados con el sistema financiero, INFONAVIT o FOVISSSTE, entre otras, y siempre que el crédito otorgado no exceda de setecientas cincuenta mil unidades de inversión.
  • Donativos otorgados a instituciones autorizadas para recibir donativos.

De acuerdo con el SAT, no serán onerosos ni remunerativos (que no se otorguen como pago o a cambio de servicios recibidos).

El monto de los donativos no excederá de 7% de los ingresos acumulables que sirvieron de base para la estimación del impuesto sobre la renta del año anterior, antes de aplicar las deducciones personales correspondientes a dicho año.  

  • Aportaciones complementarias de retiro realizadas en la subcuenta de aportaciones voluntarias de tus planes personales de retiro (Afore).
  • El pago por impuestos locales por salarios, cuya tasa no exceda 5%.

* El pago de estos gastos requieres realizarlo mediante cheque nominativo del contribuyente, transferencia electrónica de fondos, tarjeta de crédito, de débito o de servicios. La deducción no procede si el pago fue realizado en efectivo.

Saldo a favor

Puedes obtener un saldo a favor, si presentas tus deducciones en tu Declaración Anual.

El monto total de las deducciones personales (excepto gastos médicos por incapacidad y discapacidad, donativos, aportaciones voluntarias y aportaciones complementarias de retiro, así como estímulos fiscales) no puede exceder de cinco Unidades de Medida y Actualización (UMA) anuales o del 15% total de tus ingresos, incluidos los exentos, lo que resulte menor.

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autor Equipo de jóvenes periodistas cuyo objetivo es explicar las noticias más relevantes de negocios, economía y finanzas. Nos apasiona contar historias y creemos en el periodismo ciudadano y de servicio.
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