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Inicia reforma sobre home office en México: Todo lo que debes saber

12-01-2021, 2:19:51 PM Por:
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Este martes entró en vigencia la reforma sobre home office en México. Esto es todo lo que deben saber patrones y trabajadores.

La reforma sobre home office en México ya es oficial, se publicó el día de ayer y entró en vigor este martes. Con ello, la Ley Federal del Trabajo ha reconocido al home office como una forma de llevar a cabo actividades remuneradas en sitios distintos a los de los patrones, por lo que colaboradores y patrones deberán adquirir nuevas responsabilidades.

¿En qué consiste esta reforma? Al ser reconocido como teletrabajo (home office), se ha determinado que los patrones deben brindar las herramientas necesarias para que sus trabajadores puedan cumplir con sus funciones. Asimismo, los empleados adoptarán responsabilidades sobre dichas herramientas.

Por su parte, el Gobierno Federal tendrá 18 meses para crear una Norma Oficial Mexicana que rija las obligaciones respecto a la salud e integridad durante el trabajo realizado a distancia.

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Obligaciones de los patrones en la modalidad de teletrabajo

  • El sueldo debe mantenerse completo.
  • Es necesario cubrir el costo correspondiente del servicio de internet y de luz; proporcionar computadoras a los empleados, así como otros equipos e insumos requeridos para el trabajo (sillas ergonómicas, impresoras, etcétera).
  • También es indispensable que los patrones se encarguen de instalar y dar mantenimiento a los equipos de trabajo.
  • Se reconoce el derecho a la desconexión fuera del horario laboral (es decir, los trabajadores podrán no responder las llamadas telefónicas, mensajes, correos electrónicos y demás, una vez que hayan concluido las horas de trabajo acordadas).
  • Los patones deberán inscribir a los trabajadores de esta modalidad al régimen obligatorio de seguro social.
  • Establecer mecanismos de asesoría y capacitación para que los empleados puedan desempeñarse de manera óptima.

Obligaciones de los empleados

  • Cuidar los equipos brindados por los patrones.
  • Informar con anticipación sobre los costos pactados respecto al uso de los servicios necesarios para el teletrabajo (electricidad o internet).
  • Cumplir con las políticas de protección de datos vinculados con sus actividades laborales.
  • Atender las disposiciones establecidas que estén relacionadas con la salud y seguridad.
  • Hacer caso de los mecanismos determinados para la supervisión de las actividades.

¿Qué es el teletrabajo?

De acuerdo con el Artículo 330-A del Diario Oficial de la Federación (DOF), el teletrabajo se refiere a una forma de organización laboral subordinada que consiste en el desempeño de actividades remuneradas“. La diferencia respecto al trabajo “ordinario” es que el teletrabajo se lleva a cabo en lugares distintos a los establecimientos del patrón. Es decir:

La persona trabajadora bajo la modalidad de teletrabajo será quien preste sus servicios personal, remunerado y subordinado en lugar distinto a las instalaciones de la empresa o fuente de trabajo del patrón y utilice las tecnologías de la información y la comunicación.

Para efectos de la modalidad de teletrabajo, se entenderá por tecnologías de la información y la comunicación, al conjunto de servicios, infraestructura, redes, software, aplicaciones informáticas y dispositivos que tienen como propósito facilitar las tareas y funciones en los centros de trabajo, así como las que se necesitan para la gestión y transformación de la información, en particular los componentes tecnológicos que permiten crear, modificar, almacenar, proteger y recuperar esa información.

DOF

Sin embargo, de acuerdo con el Artículo 330-G, el cambio a la modalidad de presencial a teletrabajo deberá ser de carácter voluntario y deberá establecerse por escrito. Además, existirá el derecho a la reversibilidad del contrato. Cabe mencionar que las actividades que se realicen de manera ocasional o esporádica, no serán consideradas como teletrabajo.

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