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¿Por qué Javier Duarte se declaró culpable?

27-09-2018, 2:24:28 PM Por:
© Reuters Javier Duarte será extraditado desde Guatemala a México.

El exgobernador aceptó su responsabilidad en los delitos de lavado de dinero y asociación delictuosa, y fue sentenciado a nueve años de prisión.

El exgobernador de Veracruz, Javier Duarte, admitió ser responsable de realizar operaciones con recursos de procedencia ilícita y de asociación delictuosa, por los que fue sentenciado a cumplir una pena de nueve años de prisión, y a pagar una multa de 58,890 pesos con 60 centavos.

Dentro de un procedimiento abreviado, que se contempla en el artículo 201 del Código Nacional de Procedimientos Penales, Duarte también fue suspendido de sus derechos políticos por el tiempo de su condena, en tanto que esta incluye el decomiso de seis inmuebles en la Ciudad de México, tres departamentos en Veracruz, otros cuatro en Ixtapa Zihuatanejo, y seis terrenos en Cancún, entre otros bienes.

Entre esos inmuebles se encuentran tres departamentos que se ubican en la exclusiva zona de Santa Fe, en la capital del país, cuyo valor por unidad supera los 45 millones de pesos, y que presuntamente habrían sido adquiridos para sus hijos.

Beneficios por abreviar el proceso

De acuerdo con el juez del Centro de Justicia Penal Federal del Reclusorio Norte, Marco Antonio Fuerte Tapia, la privación de la libertad de Javier Duarte, que inició el 15 de abril de 2017, concluirá en el mismo mes del año 2026 sin excepción alguna, pues en el procedimiento abreviado –admitido por el exgobernador- las sentencias no pueden sustituirse por ningún otro beneficio.

Es decir, a diferencia de lo que ocurre en el procedimiento ordinario, Javier Duarte no podrá obtener su libertad anticipada por buena conducta. No obstante, a pesar de que admitió su responsabilidad en los delitos, y de que el Código Nacional de Procedimientos Penales establece que no puede recurrir su sentencia, esta sí podría combatirse con el juicio de amparo directo, según una reciente tesis emitida por el Primer Tribunal Colegiado en materia penal del Primer Circuito.

Sin bien esto último no es obligatorio para los jueces, pues no es una jurisprudencia, sino solo una tesis aislada, la defensa del exfuncionario podría intentar que la sentencia se redujera. De igual forma, el Ministerio Público podría intentar el recurso de apelación, a fin de que en segunda instancia aumentara la pena de prisión contra Duarte.

javier duarte

Menos años de condena

La sentencia de solo nueve años de prisión dictada contra Duarte fue posible a partir de que la Procuraduría General de la República (PGR) modificó su acusación en agosto pasado.

Como se recordará, el Ministerio Público a cargo del caso acusó inicialmente al exfuncionario de delincuencia organizada y de operaciones con recursos de procedencia ilícita. Sin embargo, el 21 de agosto la PGR notificó al juzgado de Distrito que el primer señalamiento cambiaba por el de asociación delictuosa.

La delincuencia organizada es un delito que se castiga hasta con 60 años de prisión si el que lo comete es funcionario público. En contraste, la asociación delictuosa se sanciona con una pena de entre siete y quince años de prisión, en caso de que el responsable haya sido servidor público, según el artículo 164 del Código Penal Federal.

A su vez, el delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita, conocido popularmente como lavado de dinero, se castiga con penas de entre 10 y 30 años de prisión, según los artículos 400 Bis y 400 Bis 1 del Código Penal Federal.

Sin embargo, estas sanciones se redujeron considerablemente en la sentencia dictada el miércoles por el juez Marco Antonio Fuerte Tapia, considerando que Javier Duarte admitió la comisión de esos delitos, los cuales son considerados ilícitos patrimoniales cometidos sin violencia sobre las personas.

De hecho, la reconfiguración del delito de delincuencia organizada por el de asociación delictuosa por parte de la PGR mostró la debilidad de las investigaciones de esa dependencia. De hecho, la fiscalía admitió el mes pasado que el cambio se debió a que no contaba con suficientes datos para probar la delincuencia organizada.

Con este escenario, favorable para Javier Duarte, antes de dar inicio la etapa intermedia del juicio, la defensa del exfuncionario solicitó el procedimiento abreviado, con el que el exgobernador resulta claramente beneficiado.

Faltan los delitos cometidos en Veracruz

El exgobernador aun debe enfrentar la acusación de la fiscalía de Veracruz, que le imputa los delitos de abuso de autoridad, incumplimiento de un deber legal, peculado, tráfico de influencias y coalición. El abuso de autoridad se castiga con penas de entre tres a diez años de prisión, y multas de hasta 30,196 pesos, según el Código Penal veracruzano.

El incumplimiento de un deber legal se sanciona con hasta ocho años de prisión, de acuerdo con el artículo 319 del Código Penal estatal, además de que esta pena puede aumentarse hasta los diez años de cárcel si el funcionario que no cumplió con sus deberes legales tampoco evitó el daño que se deriva de ese incumplimiento.

A su vez, el peculado cuenta con penas de hasta quince años de prisión, y multa de 45,294 pesos, al funcionario que “en provecho propio  o  ajeno,  utilice  o  disponga  de  dinero,  valores  o cualquier  otro  bien,  que  hubiere  recibido  en  administración”, en  razón  de  su cargo, de acuerdo con el artículo 323 del Código Penal citado. El tráfico de influencias amerita un castigo de hasta cuatro años de prisión, mientras que la coalición se sanciona con hasta seis años de cárcel.

autor Periodista y abogada, especialista en análisis jurídico y de derechos humanos. Ha sido reportera, conductora de radio y editora.
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