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Opinión

Preocupa al sector la Ley de Confiscación Inmobiliaria en CDMX

25-03-2021, 6:00:00 AM Por:
© Depositphotos

En octubre de 2020 se aprobó una ley que permitirá a las autoridades afectar cualquier inmueble por “razones de conservación natural, cultural o biocultural”.

Durante 2019, el Congreso aprobó la nueva Ley de extinción de dominio  cuyo fin era “debilitar al crimen organizado”, sin embargo, varios participantes del sector inmobiliario consideraban que era un riesgo para la sociedad civil, que quedaba expuesta a la posibilidad de perder su patrimonio.

Según comenté en una columna anterior bajo esta Ley, las autoridades pueden quitarle a alguien una propiedad cuya legítima procedencia no pueda comprobar o que sean objeto o producto de ilícitos como delincuencia organizada, secuestro, delitos en materia de hidrocarburos y petroquímicos, delitos contra la salud y trata de personas, una ley bastante controvertida, pero cuyo trasfondo es no permitir que los grupos criminales no abusen de la buena fe de los propietarios, quienes tendrían o tendrán que ser más cautelosos sobre a quién le rentan un bien inmueble.

Lee: ¿Debe preocuparnos la Ley de Extinción de Dominio?

Si esta Ley no fuera suficiente, a finales del año 2020 hubo una a noticia que puso en alerta a algunos expertos del sector y es que durante el mes de octubre se aprobó una ley que permitirá a las autoridades afectar cualquier inmueble por “razones de conservación natural, cultural o biocultural” esto con el fin de que una vez “protegido” un inmueble o terreno, su propietario no pueda venderlo ni traspasarlo bajo ninguna forma de disposición.

Para que no haya dudas, según el artículo 64 de la Ley de Patrimonio Cultural, Natural y Biocultural de la CDMX propone que: “Una vez que un bien sea afecto a cualquiera de las Declaratorias enlistadas en la presente Ley, el mismo será inalienable, inembargable e imprescriptible”, entre otros artículos, esta ley pretende proteger los bienes raíces que son de importancia cultural o ecológica para la ciudad.

Pero, nuevamente surge la interrogante de si los dueños de bienes inmuebles son quienes quedarían desprotegidos, pues en esta Ley a instancia de alguna autoridad o alcaldía, incluso a petición de algún particular, una propiedad ya sea un departamento, casa o un predio, podrá ser declarado parte del patrimonio cultural de la CDMX.

Esta ley tiene como principal objetivo proteger la naturaleza y la cultura, y desde mi punto de vista, podría considerarse como acción muy noble que impediría que se pierdan tesoros invaluables por su aporte a la historia de la capital del país.

No obstante, toda propiedad o bien inmueble afectado por una declaratoria no podrá ser vendido, transmitido por herencia, rentado, prestado gratuitamente, ni hipotecado, esto por mencionar algunos de los usos que se le suelen dar a un bien raíz; y nuevamente desde mi punto de vista, pone en riesgo a los propietarios que ven en sus bienes una oportunidad de obtener dinero en caso de una emergencia, como la que vivimos actualmente, ya que  seguimos en medio de una pandemia que ha minado en los ingresos de los mexicanos y que ven en sus propiedades la manera de mantenerse a flote.

Los mecanismos para determinar qué bienes quedan bajo declaratoria permanecen muy confusos, de acuerdo a los expertos, y nuevamente espero que las autoridades aclaren los puntos que más preocupación están generando entre los propietarios.

Nota del editor: Este texto pertenece a nuestra sección de Opinión y refleja únicamente la visión del autor, no necesariamente el punto de vista de Alto Nivel.

autor Socio fundador del portal inmobiliario Lamudi.
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