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Opinión

Deducción de colegiaturas, un estímulo más incluyente para las familias mexicanas

09-09-2022, 8:14:17 AM Por:
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Desde su publicación hace más de 10 años, los montos para la deducción de colegiaturas no se han actualizado.

El estímulo fiscal sobre el pago de servicios educativos para personas físicas es, sin lugar a dudas, una medida bien recibida por la sociedad desde que fue decretada y publicada en el Diario Oficial de la Federación

Sin embargo, desde el Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP), consideramos que hay áreas que deben analizarse para que dicho estímulo impacte positivamente a un sector más amplio de la población. En este artículo explico el porqué.

Antecedentes

El 15 de febrero de 2011, el Presidente de la República en funciones emitió un decreto en el que estableció un estímulo fiscal a los contribuyentes personas físicas para que, en la determinación de su Impuesto Sobre la Renta anual, pudieran disminuir los pagos efectuados por concepto de los servicios de educación básica y media superior en instituciones privadas del país que realicen para sí, para su cónyuge o para la persona con quien vivan en concubinato, así como para sus ascendientes o descendientes en línea recta.

Este estímulo es procedente toda vez que los arriba citados no perciban durante el año de calendario, ingresos en cantidad igual o superior a la que resulte de calcular el salario mínimo general del área geográfica del contribuyente elevado al año.

Otra condición para hacer efectiva esta deducción, es que las mencionadas instituciones de enseñanza cuenten con autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios de la Ley General de Educación.

Los montos permitidos y las circunstancias económicas

Si bien la orientación del estímulo fiscal genera un impacto positivo para las familias mexicanas que se encuentran en la posibilidad de invertir en la educación de sus hijos, existen aspectos susceptibles de mejora.

Debemos evaluar el hecho de que, desde su publicación hace más de 10 años, los montos para esta deducción no se han actualizado, por lo que permanecen con límites anuales de deducción de 14 mil 200 pesos para el nivel de educación preescolar, 12 mil 900 para el nivel primaria, 19 mil 900 para la educación secundaria, 17 mil 100 para el profesional técnico, así como 24 mil 500 para el bachillerato o su equivalente.

Durante el tiempo transcurrido desde febrero de 2011, las circunstancias económicas en nuestro país y el poder adquisitivo de las familias han cambiado de manera significativa, por lo que actualizar los montos referidos o eliminar sus límites resultará de gran ayuda para el ingreso de las familias que realizan grandes esfuerzos para cubrir los pagos en esta materia.

IMCP, una visión incluyente

Los montos referidos líneas arriba únicamente son aplicables a educación básica y media superior en instituciones privadas, lo que excluye definitivamente la inversión en la educación del nivel universitario.

En el IMCP compartimos la convicción de que la educación es una de las palancas principales para impulsar el desarrollo de las mexicanas y de los mexicanos, así como el crecimiento económico del país, tan importante en un contexto de pandemia.

En este sentido, con el apoyo de nuestros 60 Colegios estamos preparando una Propuesta de Reforma Fiscal 2023 amplia que contemple, entre otros sectores, el educativo, con alcances y beneficios para la juventud que hoy cursa sus estudios en distintos niveles.

Tenemos la certeza de que, con una perspectiva de deducciones fiscales más incluyente, las nuevas generaciones de estudiantes tendrán acceso a mejores herramientas, un potencial de aptitudes fortalecido, así como la amplitud de conocimientos y competencias que les permitan ser aún más sensibles a las necesidades de la sociedad y dar respuesta a sus demandas.

Otros estímulos y deducciones

Como parte de la Propuesta de Reforma Fiscal antes mencionada, creemos que existen puntos que vale la pena revisar, tal es el caso de los límites de algunas deducciones fiscales como el de los automóviles y gastos de viaje, ya que consideramos deben incrementarse, pues no corresponden a la realidad económica actual.

Además, existen erogaciones operativas cuyas deducciones no deben estar limitadas; entre ellas, resalta la correspondiente a la deducción de las prestaciones exentas pagadas a los trabajadores.

Nota del editor: Este texto pertenece a nuestra sección de Opinión y refleja únicamente la visión del autor, no necesariamente el punto de vista de Alto Nivel.

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autor Laura Grajeda es presidenta del Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP). Cuenta con una maestría en Impuestos y un doctorado en Ciencias de lo Fiscal.
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