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¿Puede un amparo cancelar el Plan Nacional de Desarrollo de AMLO?

02-08-2019, 8:51:53 AM Por:
© Especial

Tres ciudadanos promovieron un amparo en contra del Plan Nacional de Desarrollo de Andrés Manuel López Obrador (AMLO), ya que quieren que se cancele

Por Surya Palacios @suryapalacios

El juicio de amparo, que desde 2013 permite tutelar derechos colectivos de los mexicanos, se ha convertido en la piedra en el zapato del presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO). Su administración ha tenido que responder a miles de demandantes que impugnan -por ejemplo- la Ley de Remuneraciones, el Presupuesto o la cancelación de las estancias infantiles, entre otros temas que ya se dirimen en los tribunales.

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Esta semana le tocó el turno al Plan Nacional de Desarrollo (PND), un documento de 63 páginas elaborado por el titular del Ejecutivo federal, y aprobado el 27 de junio en la Cámara de Diputados, que no reúne los requisitos que mandata la ley para este tipo de documentos.

Por ello tres ciudadanos decidieron promover una demanda de amparo indirecto al considerar que el PND “no es el instrumento a que se refiere la Ley de Planeación”, lo que violenta los artículos 16, y 26 apartado A, de la Constitución mexicana.

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Dos versiones

El 3 de mayo pasado, en la Gaceta Parlamentaria de la Cámara baja se publicaron dos documentos denominados Plan Nacional de Desarrollo, uno de 225 páginas y otro de 63.

La diferencia entre ambos, además de su extensión y contenido, es que el primero fue elaborado en la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), mientras que el segundo fue escrito por el mismo López Obrador, según declaró el mandatario a principios de julio, tras la renuncia de Carlos Urzúa a la SHCP.

El Plan de Hacienda se redactó conforme a los parámetros que marca el artículo 26 de la Constitución y la Ley de Planeación, mientras que el del presidente es un documento político e ideológico, más parecido a los 100 puntos que expuso el día de su toma de posesión, que a un plan de carácter técnico del que dependen todas las políticas públicas que se aplican en el país.

Al final, a pesar de las innumerables críticas que expresaron legisladores de oposición, la Cámara de Diputados solo aprobó el texto del mandatario, eliminando -sin explicación alguna- el Plan técnico que había aparecido como “anexos” en la Gaceta Parlamentaria.

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Constitución 1917
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Legalidad vs. desorden

Los tres ciudadanos que promovieron el amparo quieren que se reponga el procedimiento legislativo, a fin de que se avale un Plan Nacional de Desarrollo que cumpla con lo que establece la Ley de Planeación.

La demanda de amparo apunta que el plan aprobado, que se publicó el 12 de julio en el Diario Oficial de la Federación, no cumple con los requisitos legales para fungir como tal, por lo que se trasgrede el principio de legalidad que debe regir a todas las autoridades, además de que implica un menoscabo al principio de progresividad de los derechos humanos.

Los quejosos argumentan que la planeación del desarrollo nació en México en 1983, como una medida urgente para poner un alto al desorden administrativo que imperaba en aquella época.

Desde entonces se impuso la necesidad de que la gestión de los gobernantes estuviera regida por instrumentos que marcaran parámetros específicos. El PND, de acuerdo con el apartado A del artículo 26 constitucional, es un cuerpo normativo que fija las reglas para el desenvolvimiento de todas las acciones que lleva a cabo el Poder Ejecutivo.

El Plan Nacional de Desarrollo que se aprobó en la Cámara de Diputados, además de incumplir con la Ley de Planeación, no cuenta con ningún elemento para medir o evaluar las políticas públicas que se llevarán a cabo en este sexenio, por lo que debe ser declarado inconstitucional, detalla la demanda.

De igual forma, el plan vigente trasgrede los derechos humanos que reconoce la Constitución en sus artículos 1, 3 y 4, pues tanto la Cámara de Diputados como el presidente, al dejar de actuar conforme al marco constitucional y legal aplicable, lesionaron el principio de progresividad. Este principio establece que los derechos humanos y su protección deben incrementarse progresivamente y no retroceder.

Los mexicanos ya gozábamos de una política nacional de planeación, que mandata la carta magna, por ende, como el PND actual no cuenta con metas y objetivos concretos, ni medibles, en vez de avanzar, estamos retrocediendo.

En México nunca había sido impugnado vía amparo un Plan Nacional de Desarrollo, por lo que esta demanda es el primer precedente en reclamar la planeación democrática del desarrollo nacional, como parte de los derechos humanos de los mexicanos.

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autor Periodista y abogada, especialista en análisis jurídico y de derechos humanos. Ha sido reportera, conductora de radio y editora.
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