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¡Atención automovilistas de CDMX! Esto debes saber sobre los cambios al reglamento de tránsito

05-04-2022, 12:07:44 PM Por:

Aquí te decimos algunas modificaciones que han realizado en el reglamento de tránsito.

El lunes 4 de abril entró en vigor el Reglamento de Tránsito de la CDMX, mismo que tiene varios cambios para transitar en las calles de la capital, el pago de multas, descuentos en el pago de infracciones, y modificaciones en la policía que ahora podrán levantar multas.

¿Cómo es el nuevo reglamento de tránsito?

Los cambios en el reglamento de tránsito de la Ciudad de México puedes revisarlos en el  decreto publicado el 31 de marzo en la Gaceta Oficial.

Son varias las modificaciones, adiciones y derogaciones de diversas disposiciones integradas en el documento, que hasta ahora aplica en la capital.

https://twitter.com/SSC_CDMX/status/1511009086913060865?s=20&t=_TRjx2JLVHMwmMaNFleVvw

¿Quién te puede multar en la CDMX?

Entre las labores de la Secretaría de Seguridad Ciudadana capitalina (SSC-CDM) está el vigilar el cumplimiento de las normas de tránsito y aplicar las sanciones establecidas.

No obstante, una de las modificaciones realizadas en el reglamento de tránsito es que existirá un nuevo equipo de la Policía de Tránsito adscrita a la Subsecretaría de Control de Tránsito.

Los elementos facultados usarán sólo un dispositivo electrónico y la aplicación móvil “Mi policía”, así como portar una banda en el brazo con la leyenda “Autorizado para infraccionar”.

Teniendo en mente lo anterior, los policías preventivos no podrán infraccionar a los ciudadanos, y para verificar que el oficial que está levantando la infracción es el autorizado, puedes confirmar su número de placa en la aplicación “Mi Policía”.

¿Existe alguna ventaja del nuevo reglamento de tránsito?

Se redujeron los motivos por los que te puedan llevar al corralón. Antes habían 77 razones por las cuales se podían llevar tu vehículo a un depósito, ahora únicamente existen 36 causales. Aquí te decimos las causales por las que no podrían tomar la medida anteriormente mencionada:

  • Efectuar reparaciones de vehículos en la vía pública;
  • Tener placas foráneas que cometan alguna infracción;
  • Licencia de conducir o tarjeta de circulación vencidas;
  • Transitar en sentido contrario.

¿Por qué podrían llevar mi vehículo al corralón?

  • Estacionarse en establecimientos bancarios, hospitales y entradas y salidas de vehículos de emergencia;
  • Estacionarse sobre banquetas, ciclovías, cruces peatonales;
  • Estacionarse en vías primarias;
  • Estacionarse en cajones exclusivos para personas con algún tipo de discapacidad;
  • Invadir carriles confinados para transporte público;
  • No pasar el alcoholímetro;
  • Estacionarse en doble fila o más;
  • Circular con una sola placa;
  • Cuando los conductores de transporte escolar o de carga no cuenten con licencia vigente de acuerdo al tipo de vehículo.

Los dueños de vehículos deben llevar las llaves, pagar las respectivas multas y mostrar la póliza o algún papel oficial que verifique que son los propietarios para poder sacar su auto del depósito.

Los conductores de vehículos deberán respetar los límites de velocidad, de lo contrario recibirán infracciones y multas. Un ejemplo es que si los autos exceden la velocidad, particularmente los de transporte público y de carga, serán acreedores a una multa de 20 a 30 Unidades de Medida y Actualización (UMA) que con el valor actual son equivalentes a entre 1,924 y 2,886 pesos.

El año pasado la multa por esta falta era equivalente a un pago de 1,792, a 2,688 pesos, es decir que ya aumentó. Este 2022, además de la sanción económica, los quienes falten a esta regla tendrán seis puntos menos en su licencia para conducir y si las infracciones son captadas mediante sistemas tecnológicos (fotomultas) se castigarán de uno a cinco puntos a la matrícula vehicular.

Además, se indica que aquellos que se estacionen en lugares no permitidos, además de vehículos con placas foráneas que se hallen en zonas donde existan sistemas de cobro por estacionamiento en vía pública y que infrinjan las disposiciones establecidas, serán sancionados con una multa equivalente a 5, 7 o 10 veces la UMA vigente, que sería de 481, 673 y 962 pesos, y 1 punto a la licencia para conducir.

Siguiendo las normas de seguridad, se establece que los conductores de motocicletas que infrinjan circular todo tiempo con las luces traseras y delanteras encendidas; usar aditamentos luminosos o bandas reflejantes en horario nocturno; y portar visores, chamarra o peto para protección con aditamentos rígidos para cobertura de hombros, codos y torso, guantes y botas, todos de diseño específico para motociclistas, serán sancionados con una multa equivalente a 5, 7 o 10 veces la UMA vigente (481, 673 y 692 pesos), así como con 1 o 3 puntos a la licencia para conducir.

Los castigos impuestos a quienes infrinjan las normas serán aplicados por agentes autorizados para sancionar con apoyo de equipos electrónicos portátiles, estos serán de carácter económico. Las infracciones captadas mediante sistemas tecnológicos de la ciudad consistirán en amonestaciones, cursos en línea, taller de sensibilización presencial y trabajo en pro de la comunidad, según sea la penalización por puntos a la matrícula.

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