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Esta es la responsabilidad jurídica de AMLO por los hechos de Culiacán

18-10-2019, 12:53:07 PM Por:
© Reuters

La liberación de Ovidio Guzmán en Culiacán trasgrede el Código Penal e implica una responsabilidad constitucional para AMLO

Este viernes el presidente Andrés Manuel López Obrador reiteró que su gobierno ha renunciado a ejercer el uso legítimo de la violencia del Estado en contra de un grupo de la delincuencia organizada, lo que implica que la ley ha dejado de aplicarse en casos específicos, y por ende que está faltando a su obligación y responsabilidad de cumplir y hacer cumplir la Constitución mexicana.

Tras los violentos hechos registrados en Culiacán, Sinaloa, donde el Ejército dejó en libertad al hijo del Chapo Guzmán, Ovidio Guzmán López, luego de haber sido detenido por militares que ejecutaban una orden de aprehensión en su contra, el mandatario aseveró que su estrategia no es responder -con la fuerza del Estado- a los delincuentes. 

“Es que no se puede apagar el fuego con el fuego, esa es la diferencia de esta estrategia con relación a lo que han hecho los anteriores gobiernos, nosotros no queremos muertos, no queremos la guerra, esto les cuesta trabajo entenderlo a muchos, pero la estrategia que se estaba aplicando anteriormente convirtió el país en un cementerio, y eso ya no lo queremos, lo he dicho una y mil veces”, apuntó López Obrador.

Lee la nota completa: Liberar a hijo del “Chapo” fue para proteger vidas: AMLO

Estas declaraciones, en términos jurídicos, son el reconocimiento unilateral de la voluntad del presidente de permitir que quienes trasgreden la normas sigan haciéndolo. De lo contrario se habría detenido, o al menos intentado detener, a todos aquellos que, portando armas de uso exclusivo del Ejército, amenazaron a la población de Culiacán tras la detención momentánea de Guzmán López.

Sinaloa
Reuters

Un Estado doblegado

El párrafo cuarto del artículo 16 de la Constitución es muy claro: “La autoridad que ejecute una orden judicial de aprehensión, deberá poner al inculpado a disposición del juez, sin dilación alguna y bajo su más estricta responsabilidad. La contravención a lo anterior será sancionada por la ley penal”.

Con base en este numeral de nuestra carta magna, en principio, los que ejecutaron de manera fallida el operativo de detención de Ovidio Guzmán, junto con sus mandos superiores inmediatos, deben ser aprehendidos y acusados por cometer un delito en contra de la administración de justicia. Dejar en libertad a quien tenía que ser detenido se sanciona con hasta diez años de prisión, de acuerdo con el artículo 225 del Código Penal Federal.

Otro delito que se cometió al liberar a Guzmán López es la evasión de presos, contemplado en el artículo 150 del código ya mencionado, y que castiga con penas de entre seis meses a nueve años de prisión “al que favorece la evasión de algún detenido, procesado o condenado”.

De hecho, agrega el Código Penal Federal, “si el detenido o procesado estuviese inculpado por delito o delitos contra la salud, a la persona que favoreciere su evasión se le impondrán de siete a quince años de prisión”. Si quien propicia la evasión es servidor público, la pena se incrementa en una tercera parte, es decir, en el caso de la libertad de Ovidio Guzmán, los responsables deberían ser sancionados hasta con 20 años de prisión.

En cuanto a la responsabilidad jurídica del Ejecutivo federal, la Constitución tampoco deja duda: el artículo 89 de la carta magna establece que son facultades y obligaciones del presidente “promulgar y ejecutar las leyes que expida el Congreso”, como el Código Penal Federal.

Proveer, en la esfera administrativa, la exacta observancia de esas leyes; “preservar la seguridad nacional, en los términos de la ley respectiva, y disponer de la totalidad de la Fuerza Armada permanente o sea del Ejército, de la Armada y de la Fuerza Aérea para la seguridad interior” de nuestro país. Así como “disponer de la Guardia Nacional en los términos que señale la ley”, y facilitar “al Poder Judicial los auxilios que necesite para el ejercicio expedito de sus funciones”.

Nada de esto se cumple al avalar que se dejara en libertad a Ovidio Guzmán, como lo dijo este viernes Andrés Manuel López Obrador, y el problema más grave es que se trata de omisiones a preceptos constitucionales que no son optativos, sino de obligado cumplimiento.

Buscado desde 2012

Ovidio Guzmán López
Notimex

El hijo del Chapo Guzmán es señalado como presunto integrante del cártel de Sinaloa desde el año 2012. Así lo determinaron las autoridades de Estados Unidos a través de la Ley de Designación de Narcotraficantes Extranjeros (Foreign Narcotics Kingpin Designation Act), una norma que permite al gobierno de ese país señalar a presuntos capos del narcotráfico que operan en otros países, pero que mantienen relaciones económicas y financieras en la Unión Americana.

Conocida popularmente en español como “Ley anticapos”, la Kingpin Act tiene como objetivo congelar los bienes de los señalados por el Departamento del Tesoro de Estados Unidos, en caso de que estos puedan ubicarse en ese país, así como evitar que personas o negocios establezcan relaciones económicas con quienes aparecen en sus listas.

Vigente desde el año 2000, tras ser promulgada un año antes por el entonces presidente Bill Clinton, con esta ley se le cierran las puertas del sistema financiero estadounidense a los narcotraficantes extranjeros. También prohíbe que estos, junto con sus familiares o cómplices, realicen transacciones mercantiles tanto con empresas, como con individuos estadounidenses.

Esta ley es utilizada por el Departamento del Tesoro de Estados Unidos, a través de su Oficina para el Control de Bienes Extranjeros (OFAC, por sus siglas en inglés), para colaborar con otros Estados en la lucha en contra del lavado de dinero producto del narcotráfico.

México ha congelado las cuentas bancarias, decomisado bienes y negocios, e incluso aprehendido a decenas de personas sospechosas de ser narcotraficantes, inmediatamente después de que Estados Unidos los ha enlistado con la Kingpin Act.

Un ejemplo de esto ocurrió en agosto de 2017 cuando el Departamento del Tesoro norteamericano señaló al futbolista Rafael Márquez de estar asociado con un presunto prestanombres del narcotráfico.

En el caso de Ovidio Guzmán, en los hechos, el Estado mexicano también ha dejado de colaborar con su socio comercial en las acciones coordinadas en contra del blanqueo de activos de procedencia ilícita.

Lee más: Operativo contra Ovidio Guzmán era con fines de extradición


autor Periodista y abogada, especialista en análisis jurídico y de derechos humanos. Ha sido reportera, conductora de radio y editora.
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