Buscador
Ver revista digital
Actualidad

Es oficial: Ejército hará labores de seguridad pública hasta 2028

10-11-2022, 9:07:30 AM Por:
© Reuters Estrategia Nacional de Seguridad

Con el voto a favor de 20 legislaturas estatales, el Congreso emitió la declaratoria que amplía la presencia de las fuerzas castrenses en las calles.

Fueron 20 los Congresos de igual número de entidades federativas los que avalaron la reforma a un artículo transitorio de la Constitución, con lo que se amplían hasta 2028 las labores de seguridad pública que realizan las Fuerzas Armadas, de acuerdo con la declaratoria que da validez a esos cambios, emitida esta semana por las dos Cámaras que integran el Congreso federal. 

Así, los poderes Legislativos de Baja California, Baja California Sur, Campeche, Coahuila, Colima, Chiapas, Hidalgo, Estado de México, Michoacán, Nayarit, Oaxaca, Puebla, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tamaulipas, Veracruz, y la Ciudad de México, aprobaron que los elementos castrenses sigan llevando a cabo tareas de seguridad pública. 

La declaratoria de aprobación de esta reforma constitucional por parte de los 20 Congresos locales se llevó a cabo el martes en la Cámara de Diputados, mientras que el Senado emitió el dictamen respectivo la tarde del miércoles.

Ambas soberanías también dieron a conocer que el Congreso del estado de Guanajuato votó en contra de estos cambios.

De acuerdo con el artículo 135 de nuestra Constitución, para que una reforma a su texto sea válida se requiere del voto de las dos terceras partes de los legisladores presentes en cada una de las Cámaras que integran el Congreso, además del aval de la mayoría de las legislaturas de los estados y de la Ciudad de México.

Es decir, al menos 17 poderes Legislativos locales (la mitad más uno del total) deben aprobar cualquier cambio a la carta magna.

En esta ocasión, a pesar de que el presidente Andrés Manuel López Obrador pretendía que la declaratoria de esta reforma se hiciera en el Congreso federal hasta que la hubieran votado las legislaturas de las 32 entidades federativas del país, tanto la Cámara de Diputados como el Senado decidieron que bastaba con los 20 Congresos que ya la aprobaron.

Con esto, las Fuerzas Armadas podrán realizar labores de seguridad pública hasta el año 2028, aunque para ello debe existir previamente una solicitud -justificada- del presidente de la República.

Esta reforma cambió los términos del artículo Quinto transitorio de la reforma constitucional aprobada el 26 de marzo de 2019, que preveía la presencia del Ejército en labores de seguridad hasta el año 2024. Al ampliarse nueve años esas tareas, a partir del 2019, será hasta 2028 cuando militares y marinos regresen a sus cuarteles.

Capacitación necesaria

Tras avalarse por 20 Congresos locales la reforma en cuestión, las Fuerzas Armadas ahora deben llevar a cabo un proceso de capacitación de sus elementos, para que estos hagan labores de seguridad pública mediante “la doctrina policial civil establecida en el artículo 21” de la carta magna.

Esta disposición es muy importante pues con ella se obliga a los militares a observar, en sus acciones y estrategias, las normas de carácter civil en materia de seguridad pública.

Asimismo, se impone al Ejecutivo federal la obligación de presentar al Congreso, cada seis meses, un informe sobre el uso de las Fuerzas Armadas en materia de seguridad pública, “proporcionando los indicadores cuantificables y verificables que permitan evaluar los resultados obtenidos”.

La intervención del Ejército en materia de seguridad pública debe justificarse como una medida extraordinaria, y al mismo tiempo se aclara que las acciones que lleve a cabo la Fuerza Armada permanente en ningún caso tendrán por objeto sustituir a las autoridades civiles en el cumplimiento de sus competencias, o eximirlas de sus responsabilidades en esa materia.

Apoyo a estados y municipios

A partir del ejercicio fiscal 2023, el Poder Ejecutivo federal deberá constituir un fondo permanente de apoyo para las entidades federativas y municipios, el cual se destinará al fortalecimiento de sus instituciones de seguridad pública.

Los recursos de este fondo no podrán ser inferiores, en términos porcentuales, al incremento que reciban las Fuerzas Armadas y la Guardia Nacional en el Presupuesto de Egresos de cada año. Con esto se intenta fortalecer a las policías locales para que estas ya no necesiten el apoyo de los militares.

La distribución de esta bolsa presupuestal en los estados del país se hará en proporción directa al número de habitantes de cada entidad federativa, además de que estas serán premiadas con mayores recursos económicos en caso de que mejoren sus resultados en materia de seguridad pública.

Esta reforma también crea una Comisión bicameral del Congreso, que estará encargada de analizar los informes semestrales que le presente el Poder Ejecutivo sobre las acciones que realicen las Fuerzas Armadas.

La Comisión emitirá un dictamen evaluando si la intervención del Ejército en labores de seguridad pública cumple con las condiciones de ser extraordinaria, regulada, fiscalizada, subordinada y complementaria, esto quiere decir que debe quedar plenamente acreditada la necesidad de la actuación temporal de la milicia en auxilio de la autoridad civil.

Cabe aclarar que esta reforma a la Constitución, aprobada por legisladores de Morena, y de los partidos Revolucionario Institucional (PRI), del Trabajo (PT) y Verde Ecologista de México (PVEM), es distinta a los cambios legislativos con los que el Congreso transfirió a la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) el control administrativo y operativo de la Guardia Nacional.

Esta última reforma solo cambió cuatro leyes secundarias, y no la carta magna, convirtiendo a esa corporación en un apéndice de las fuerzas castrenses, a pesar de que el artículo 21 de la Constitución establece que la Guardia Nacional es una institución civil.

El decreto con el que entraron en vigor esas nuevas disposiciones para los guardias nacionales se encuentra suspendido desde el pasado 24 de octubre, cuando la jueza Karla María Macías Lovera, titular del Juzgado Noveno de Distrito en el estado de Guanajuato, concedió una suspensión definitiva, con efectos generales, que frena por tiempo indefinido la trasferencia de la Guardia Nacional al Ejército.

Los efectos de esta suspensión incluyen que no se transfiera el control operativo y administrativo de la Guardia Nacional a la Sedena, y dicho organismo continúe bajo el mando de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, tal y como lo establece el artículo 21 constitucional.

MÁS NOTICIAS:

autor Periodista y abogada, especialista en análisis jurídico y de derechos humanos. Ha sido reportera, conductora de radio y editora.
Comentarios