Buscador
Ver revista digital
Actualidad

Doble palo para la SEP: Coahuila y padres de familia ganan suspensiones contra libros de texto

22-08-2023, 11:20:32 AM Por:
© SEP / Envato Elements

La jueza falló en definitiva contra la SEP, y ordenó que en todo el país se entreguen los libros anteriores, correspondientes al ciclo escolar 2022.

La Secretaría de Educación Pública (SEP) perdió el amparo que promovió la Unión Nacional de Padres de Familia (UNPF) en contra de los nuevos libros de texto, pues para su elaboración la dependencia siguió un procedimiento que es inconstitucional, determinó la jueza Yadira Elizabeth Medina Alcántara, quien en su sentencia ordenó que las autoridades entreguen en todo el país los libros de texto del ciclo escolar anterior correspondiente a 2022.

“Al ser inconstitucional el procedimiento tocante a la elaboración y publicación de los programas, así como a la edición y puesta a disposición de los libros de texto gratuitos en estudio, (se) provoca que los aprobados para el ciclo inmediato anterior (2022-2023) adquieran vigencia”, precisa el fallo cuya copia posee ALTO NIVEL.

Por ende, como la Constitución establece que la infancia y adolescencia mexicana “no se quede sin materiales educativos” para el actual periodo que inicia el 28 de agosto, la titular del Juzgado Tercero de Distrito en materia Administrativa de la Ciudad de México ordenó al gobierno federal, y a los gobiernos de los estados, establecer una estrategia para implementar “los programas y libros aprobados para el ciclo escolar 2022-2023”.

Esto último puede ser “un reparto virtual o físico, o cualquier otro que garantice la entrega oportuna a la infancia y adolescencia” de los textos que se llevaron el año pasado, añadió la togada.

Doble revés al gobierno federal

Al mismo tiempo, la noche del lunes el ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Luis María Aguilar Morales, otorgó una segunda suspensión contra la entrega de los nuevos libros de texto gratuitos, en beneficio del gobierno de Coahuila, entidad que -al igual que Chihuahua- promovió una Controversia Constitucional en contra del reparto de los materiales.

“Se concede la suspensión solicitada por el Poder Ejecutivo del Estado de Coahuila de Zaragoza, (…) la medida suspensional surtirá efectos sin necesidad de otorgar garantía”, señaló el ministro. El efecto de esta medida cautelar es que Coahuila no reparta los nuevos textos.

La semana pasada el mismo ministro Aguilar Morales concedió una suspensión en iguales términos para el estado de Chihuahua. Ambas entidades impugnaron en la Corte la orden y/o autorización de la SEP para elaborar, editar, imprimir y distribuir los libros de texto de primaria y secundaria.

Si bien son importantes las suspensiones del máximo tribunal en favor de Coahuila y Chihuahua, al emitirse la sentencia de fondo -con efectos generales- de la juezaYadira Elizabeth Medina Alcántara, todos los estados del país están obligados a acatar esta última resolución.

De hecho, la juzgadora agregó que, para cumplir con la orden de repartir y utilizar en todo México los libros de texto que se llevaron en 2022, deberán -de ser el caso- modificarse las partidas presupuestales.

“En cumplimiento al principio de progresividad de los derechos humanos previsto en el numeral 1º constitucional, las autoridades federales gestionarán los ajustes presupuestales necesarios, ponderando el interés superior de la infancia y la adolescencia”, apunta la sentencia.

Nuevos libros, hasta 2024

En su veredicto, la togada explica que la SEP puede utilizar los libros de texto impugnados en este Juicio de Amparo, pero hasta el próximo ciclo escolar en 2024, siempre y cuando se observen, previamente, “las formalidades previstas en la Constitución, leyes y reglamentos aplicables”, y los materiales “se sometan a deliberación democrática”.

Antes de que se hicieran los nuevos textos, la SEP estaba obligada a publicar en el Diario Oficial de la Federación los Planes y Programas de estudio. Además, para el contenido de los libros debía tomar en cuenta la opinión de las autoridades educativas de los estados, y a expertos en la materia.

Todo esto fue omitido por la dependencia, por lo que dicho proceder trasgredió los artículos 3 de la Constitución; 57 de la Ley General de los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes; varios numerales de la Ley General de Educación; el artículo 19 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, y el artículo 12 de la Convención sobre los Derechos del Niño.

Al respecto, entrevistado vía telefónica, Israel Sánchez Martínez, encargado del despacho de la presidencia de la UNPF, dijo que en este caso se probó la certeza sostenida por el colectivo de progenitores: “Es el tema de la ilegalidad de los libros, que se hicieron sin cumplir los requisitos” que marcan la Constitución y la Ley General de Educación.

“Estamos contentos, ahora la SEP debe de cumplir con la normativa, (…) el hecho de no observar los requerimientos de ley generó un problema”, comentó el líder de la Unión Nacional de Padres de Familia, quien agregó que en esta controversia “los que ganan son los niños, gana la educación, y en esa parte sí gana México”.

Cabe aclarar que la SEP puede promover en contra de la sentencia de este amparo un Recurso de Revisión, que debe resolver un Tribunal Colegiado, aunque esta instancia puede pedirle a la Suprema Corte que ejerza su facultad de atracción. Sin embargo, el resultado del recurso puede tardar varios meses.

De hecho, el gobierno federal promovió desde el pasado 23 de junio un Recurso de Revisión en contra de la suspensión definitiva que, en mayo, la jueza Medina Alcántara concedió para que los nuevos libros no se imprimieran ni fueran distribuidos.

Ese procedimiento no ha sido resuelto, pero al haberse dictado la sentencia de fondo del amparo, la impugnación contra la medida cautelar queda sin materia; es decir, no habrá sentencia al respecto por parte del Décimo Tribunal Colegiado en materia Administrativa de la Ciudad de México, donde estaba radicada la inconformidad de la SEP.

Por ende, en caso de que no estén de acuerdo con el fallo del amparo, lo que es previsible, las autoridades educativas del gobierno federal deberán promover otro Recurso de Revisión, y esperar que el Tribunal Colegiado de turno lo resuelve. En lo que eso sucede, tienen la obligación de cumplir con la sentencia.

MÁS NOTICIAS:

autor Periodista y abogada, especialista en análisis jurídico y de derechos humanos. Ha sido reportera, conductora de radio y editora.
Comentarios