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SCJN mantiene prohibición al LSD: “No es como la marihuana”, argumenta

16-06-2023, 11:16:47 AM Por:
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El máximo tribunal del país negó un amparo a un ciudadano que pedía consumir -de manera lúdica- ácido lisérgico.

El psicotrópico Lisergida, al que también se le denomina ácido lisérgico o LSD, es un estupefaciente distinto a la marihuana, por lo que su prohibición -establecida en la Ley General de Salud- es constitucional, determinó la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

En una sentencia en la que se le negó un amparo a un ciudadano mexicano que pretendía se le permitiera consumir LSD de manera lúdica, cuatro de los cinco ministros integrantes de la Primera Sala de la Corte consideraron que esta droga no puede recibir el mismo tratamiento jurídico que ya se ha establecido para la cannabis.

El fallo, elaborado por el ministro Arturo Zaldívar, y aprobado esta semana por cuatro votos en contra de uno, refiere que diversos estudios científicos han demostrado que el LSD genera daños permanentes y de alto impacto en las personas que lo consumen, además de que las afectaciones también se presentan en el entorno social en general.

Los efectos del ácido lisérgico en la salud de los consumidores son variados, pero entre estos se destacan la posibilidad de autolesionarse, pues la droga provoca alucinaciones, paranoia y hasta trastornos psicóticos que incluso pueden potenciar las ideas suicidas.

El promovente del amparo acudió en 2018 a la dirección de Regulación de Estupefacientes de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris), solicitando un permiso para ejercer el consumo y uso personal del psicotrópico Lisergida, en específico pretendía que esa autoridad le autorizara el autoconsumo lúdico de LSD, junto con su posesión y transporte, pero excluyendo los actos de comercio del narcótico.

Su argumento era que, al reconocerse por la Corte el derecho humano al libre desarrollo de la personalidad, él tenía derecho a consumir LSD en forma recreativa.

Como la autoridad sanitaria le negó el permiso, el ciudadano decidió promover un Juicio de Amparo impugnando la presunta inconstitucionalidad de los artículos 245, fracción I, 247 y 290 de la Ley General de Salud, en los que se prohíbe la elaboración, preparación, acondicionamiento, adquisición, posesión, comercio, transporte, prescripción médica, suministro, empleo, uso, y consumo de sustancias psicotrópicas como el LSD.

LSD y marihuana no pueden compararse

Este amparo le fue negado al quejoso por un Juzgado de Distrito, lo que fue impugnado a través de un Recurso de Revisión que llegó -para su análisis y resolución- a la Suprema Corte.

Debido a que no son comparables los efectos menores y reversibles que produce el consumo de la mariguana, ante las graves afectaciones a la salud, que pueden ser irreversibles, generadas por el LSD, la decisión de la Primera Sala reiteró negarle el amparo al promovente.

El ministro Arturo Zaldívar consideró en el fallo que es adecuada y constitucionalmente válida la prohibición del ácido lisérgico, pues al analizar el tratamiento que se le da a esta droga en otros países, se comprobó que el LSD es una sustancia estrictamente controlada, cuya autorización solo es excepcional en casos específicos de investigación científica.

Por ende, “no existe una base objetiva razonable que lleve a concluir que el consumo de LSD no genere un riesgo grave en la salud de quien consume esa sustancia, por el contrario, la evidencia presentada es concordante en los efectos nocivos que ese psicotrópico produce”, apuntó Zaldívar.

Justo por estas consecuencias nocivas del LSD, que potencialmente también afectan al orden público, es constitucional que el Estado mexicano prohíba la sustancia, tal y como se hace en otros países.

Con esta sentencia, la única droga que puede consumirse de manera lúdica en México es la marihuana, a partir de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró que la penalización de la cannabis era inconstitucional.

Como se recordará, el 28 de junio de 2021 el máximo tribunal del país realizó la declaratoria general de inconstitucionalidad de los artículos de la Ley General de Salud que penalizaban y prohibían de manera absoluta el uso lúdico o recreativo de la marihuana.

Con esto, cualquier persona que quiera obtener un permiso para consumir marihuana en forma recreativa puede solicitar una autorización de la Secretaría de Salud, permiso que incluye la siembra de la planta de cannabis, pero solo para el consumo individual de mayores de edad. Las demás drogas, como la cocaína, las metanfetaminas y el LSD, siguen prohibidas en México.

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autor Periodista y abogada, especialista en análisis jurídico y de derechos humanos. Ha sido reportera, conductora de radio y editora.
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