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Por error de FGR, se ratifica amparo que impide extradición de Caro Quintero

30-08-2022, 1:25:58 PM Por:
© FGR.

Un Tribunal Colegiado desechó la queja promovida por el Ministerio Público, por lo que el capo mexicano no puede ser enviado a EEUU sin un juicio.

El narcotraficante mexicano Rafael Caro Quintero no puede ser extraditado a Estados Unidos si antes no se lleva a cabo el juicio respectivo, de conformidad con el Tratado que en esa materia México tiene suscrito con el país vecino, determinó el Segundo Tribunal Colegiado en materia Penal del Estado de México, luego de rechazar un Recurso de Queja promovido por la Fiscalía General de la República (FGR).

El fallo del Tribunal, cuya copia posee ALTO NIVEL, consideró improcedente la Queja porque el Ministerio Público Federal cometió un error al interponer este recurso: En vez de impugnar la suspensión de plano que se le había concedido -en el mes de julio- a Caro Quintero en un Juzgado de Jalisco, impugnó la ratificación de esa protección en un Juzgado del Estado de México.

De esta forma, se confirma que el capo mexicano no puede ser enviado a Estados Unidos, pues previamente debe desarrollarse un juicio de extradición, el cual puede tener una duración de más de un año.

Pifias oficiales

Si bien era difícil que se llevara a cabo una rápida extradición del otrora jefe del desaparecido Cartel de Guadalajara, los errores de la Fiscalía han conseguido en los hechos que el envío del narcotraficante a Estado Unidos se retrase aún más.

En este caso, el Ministerio Público federal no siguió la secuencia de todos los juicios de amparo que ha promovido la defensa de Rafael Caro Quintero, empezando por la protección que le otorgó, el pasado 18 de julio, el Juzgado Séptimo de Distrito de Amparo en materia Penal del estado de Jalisco.

Esta instancia jurisdiccional frenó la extradición del reo, detenido por elementos de la Marina el 15 de julio, al concederle una suspensión de plano en un juicio de amparo, con la que se ordenó al gobierno federal no ejecutar el envío de Caro Quintero a Estados Unidos.

Debido a que el delincuente, de 69 años, fue internado en el penal de máxima seguridad del Altiplano en el Estado de México, el juez de Jalisco envió el expediente a un Juzgado de esa entidad, y ahí solo se ratificó la protección que ya se había concedido previamente.

Con la intención de impugnar dicha protección, el Ministerio Público federal promovió un Recurso de Queja, pero se equivocó al señalar que se combatía la ratificación de la suspensión hecha por el Juzgado Primero de Distrito en materias de Amparo y Juicios Federales en el Estado de México.

Lo correcto era impugnar la suspensión primigenia concedida por el Juzgado de Jalisco, pues la Queja no procede en contra de la ratificación hecha por el juez del Estado de México.

Con esta pifia, que denota franca ignorancia de las reglas del juicio de amparo por parte del personal de la Fiscalía, ahora quedó en firme la orden para que el narcotraficante no sea extraditado a la Unión Americana.

Los trámites que siguen

Formalmente, Estados Unidos pide a México la extradición de Rafael Quintero para ser juzgado por delitos violentos en ayuda al crimen organizado; ayuda y complicidad delictiva; y el homicidio -en 1985- de un agente federal y secuestro del mismo, en específico del agente de la DEA Enrique “Kiki” Camarena Salazar.

De acuerdo con lo que informó el presidente Andrés Manuel López Obrador, el pasado 16 de agosto, las autoridades estadounidenses ya pidieron formalmente la extradición del acusado mexicano, pero ante la protección que este ya tiene ratificada gracias a los juicios de amparo, el gobierno federal deberá seguir un largo procedimiento para lograr la extradición del capo.

Primero, la Secretaría de Relaciones Exteriores de nuestro país debe analizar la petición estadounidense, y luego determinar si la extradición es procedente.

Enseguida, la Cancillería debe enviar el expediente a la Fiscalía General de la República para que esta dependencia le pida a un juez de Distrito su opinión jurídica, misma que debe permitir el traslado del acusado a Estados Unidos.

Aquí se presentará el primer obstáculo de importancia, pues Caro Quintero ya está condenado en México por el homicidio de Camarena Salazar.

Después, si el juez de Distrito considera procedente la extradición, el caso regresa a la Secretaría de Relaciones Exteriores para que resuelva en definitiva el envío del delincuente al país vecino.

Si la Cancillería emite una determinación favorable a la extradición del narcotraficante, este tiene el derecho de promover un Juicio de Amparo Indirecto para combatir esa resolución, iniciándose otro largo camino en Juzgados y Tribunales que incluyen, además del amparo, los Recursos de Queja y Revisión.

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autor Periodista y abogada, especialista en análisis jurídico y de derechos humanos. Ha sido reportera, conductora de radio y editora.
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