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Estos son los temas polémicos que ya fueron aprobados en la Constitución CDMX

13-01-2017, 9:37:33 AM Por:
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A unas semanas de que primera Constitución de la Ciudad de México deba quedar lista, la Asamblea Constituyente lleva ya varios proyectos polémicos aprobados y otros pendientes. Conoce los detalles.

La primera Constitución de la Ciudad de México deberá quedar lista antes del 31 de enero, por lo que la Asamblea Constituyente, que se estableció oficialmente el 15 de septiembre del año pasado, lleva varios días trabajando a toda velocidad para cumplir con los tiempos establecidos.

Al 11 de enero, no se ha discutido, modificado y aprobado la mitad del proyecto que recibió la Asamblea Constituyente en septiembre, el cual contiene 76 artículos.

Desde su elaboración, el proyecto de constitución tenía varios artículos que resultaron polémicos, de los cuales, hasta ahora, los referentes al ambulantaje, la eutanasia, la marihuana medicinal, el refugio a periodistas perseguidos y las “bodas gay” ya están aprobados, aunque con algunas modificaciones finales.

Asimismo, algunos de los temas que habían causado revuelo, pero que ya quedaron fuera de esta constitución, fueron la prostitución lícita, el voto desde los 16 años y la creación de un tribunal similar a la Suprema Corte.

Otros temas similares que están pendientes de definir son: el fuero, la obligatoriedad del “3 de 3” y la revocación de mandato.

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El martes pasado, Alejandro Encinas, presidente de la Mesa Directiva de la Asamblea Constituyente, aseguró durante una conferencia de prensa que el documento estará terminado en ese plazo, ya que ningún legislador puede prorrogar su mandato.

Te presentamos cómo va la discusión y aprobación de diez de los temas que, en un inicio, resultaron más polémicos dentro de las propuestas de esta carta magna:

Proyectos aprobados

1. Derecho a manifestarse

El 5 de enero, tras discutirlo durante cuatro horas, con 64 votos a favor, 19 en contra y 3 abstenciones, la Asamblea Constituyente aprobó el Artículo 12 que contempla la protesta social como un derecho individual y colectivo que se ejercerá de manera pacífica sin afectar derechos de terceros, obligando a las autoridades a adoptar protocolos de actuación en manifestaciones con parámetros internacionales y prohibiendo la criminalización de la protesta social.

Lo que se desechó de la propuesta presentada es que los protocolos de actuación contra manifestantes fueran elaborados por organizaciones en vez de las autoridades, y que todas las manifestaciones fueran obligatoriamente atendidas por algún funcionario.

El apartado B, sobre “libertad de reunión y asociación”, de este Artículo, quedó redactado así:

Todas las personas tienen derecho a reunirse pacíficamente y asociarse libremente para promover, ejercer y proteger intereses u objetos lícitos, observándose las previsiones contenidas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en esta Constitución”.

2. Eutanasia y marihuana

La despenalización de la marihuana medicinal y de la eutanasia fueron dos temas del Artículo 14 “Ciudad Solidaria” que fueron de los más discutidos al interior de la opinión pública y, de los cuales, hubo acuerdos relativamente rápidos en la Asamblea Constituyente.

El 7 de enero, con 77 votos a favor y 5 en contra, aprobaron el uso medicinal de la marihuana en la Ciudad de México, la cual únicamente estaría vigente después de que la Cámara de Diputados apruebe la legislación federal en la materia, lo cual empezaría a discutirse en esa instancia hasta después del 1 de febrero.

Previamente, el 4 de enero, la Asamblea Constituyente aprobó el derecho a una muerte digna (o eutanasia) como derecho constitucional en la Ciudad de México, con 56 votos a favor, 27 en contra y una abstención; será aplicable para personas con algún padecimiento terminal.

Así, el artículo 11, inciso A, “Derecho a la autodeterminación personal”, quedó de esta manera:

“Toda persona tiene derecho a la autodeterminación y al libre desarrollo de una personalidad. Este derecho humano fundamental deberá posibilitar que todas las personas puedan ejercer plenamente sus capacidades para vivir con dignidad. La vida digna contiene implícitamente el derecho a una muerte digna”.

3. Ambulantaje y prostitución

El Artículo 15, titulado “Ciudad Productiva”, fue aprobado por la Asamblea Constituyente el 9 de enero y, como estaba en la propuesta original, se consideró a los vendedores ambulantes como “personas trabajadoras no asalariadas”, por lo que se avalará esta actividad en la Ciudad de México.

El numeral 12 del inciso B, referente al derecho al trabajo, quedó de esta manera:

“Las personas trabajadoras no asalariadas, prestadores de servicios por cuenta propia, que producen bienes y artesanías y comerciantes, tienen derecho a realizar un trabajo digno y a poseer una identidad formal en la Ciudad de México, a asociarse para defender sus intereses, recibir capacitación, y las demás que establezca la legislación en la materia”.

En cuanto a la prostitución, la primera versión de la Carta Magna de la Ciudad de México planteaba reconocer como lícita a esa actividad y proteger el trabajo sexual voluntario; sin embargo, el 8 de diciembre, la Comisión de Carta de Derechos de la Asamblea Constituyente decidió dejar fuera esa definición. En la versión final del Artículo 15 no se menciona, pero podría estar considerada en la legislación secundaria como “trabajo no asalariado”.

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4, Derechos de la población LGBTTTI

El Artículo 16, denominado “Ciudad Incluyente”, fue aprobado el 10 de enero con 73 votos a favor y 2 en contra, por lo que su inciso H estará dedicado a los derechos de las personas LGBTTTI (lesbianas, gays, bisexuales, transgénero, travesti, transexuales e intersexuales). Así, se reconocen los matrimonios entre personas del mismo en la Ciudad de México.

Esto fue lo que quedó redactado al respecto en el artículo:

“2. Se reconoce en igualdad de derechos a las familias formadas por parejas de personas LGBTTTI, con o sin hijas e hijos, que estén bajo la figura de matrimonio civil, concubinato o alguna otra unión civil”.

5. Definición de niños y jóvenes

En un inicio, en el Artículo 16, llamado “Ciudad Incluyente”, se establecía que las personas de hasta 12 años serían denominadas niñas y niños, mientras que de entre 12 y menos de 18 años serían adolescentes, además de que niñas y niños de hasta 5 años se definirían como “primera infancia”. Asimismo, se establecía que la edad mínima para participar en elecciones locales podría pasar de 18 a 16 años.

Sin embargo, ninguno de esos temas se incluyó en la redacción final del artículo, que fue aprobado el 9 de enero.

El apartado D de este artículo quedó así:

“Las niñas, niños y adolescentes son titulares de derechos y gozan de la protección de esta Constitución. La actuación de las autoridades atenderá los principios del interés superior de las niñas, niños y adolescentes, de la autonomía progresiva y de su desarrollo integral; así como también garantizarán la adecuada protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes a través del Sistema de Protección Integral de los derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes de la Ciudad de México”.

6. Refugio para periodistas perseguidos

Desde un inicio, se propuso en el Artículo 12 que los periodistas que sean perseguidos en otra entidad podrían refugiarse en la Ciudad de México, lo cual fue aprobado el 5 de enero.

El apartado 3 de “Libertad de Expresión”, quedó así:

“Se garantizará la seguridad de las personas que ejerzan el periodismo; así como las condiciones para que quienes sean perseguidos arbitrariamente en el ejercicio de dicha actividad profesional puedan vivir y trabajar en la ciudad. Se tendrá como eje fundamental, la cláusula de conciencia, que salvaguarda de independencia y a dignidad personal y profesional del periodista”.

Proyectos pendientes 

7. Fuero en la Ciudad de México

El 3 de diciembre, la Asamblea Constituyente informó que aprobó un dictamen en el que se señala que el Artículo 72 establecerá que los servidores públicos serían responsables por los delitos que cometan durante el tiempo de su encargo y que ninguno gozaría de fuero o inmunidad.

Ese dictamen, aprobado en comisiones, está pendiente de ser aprobado por el Pleno de la Asamblea.

Ese dictamen dice lo siguiente:

“Se eliminó un párrafo contenido en la propuesta original enviada por el Gobierno de la Ciudad, que indicaba que las personas titulares de la Jefatura de Gobierno, de las diputaciones al Congreso local, de las magistraturas, de las Secretarías del gabinete, de la Fiscalía General, así como de las Alcaldías no podrían ser privadas de su libertad durante el periodo de su encargo”.

Aunque la comisión aprobó la remoción del fuero, todavía está pendiente la presentación y posible aprobación ante el pleno de este artículo.

8. Revocación de mandato

El Artículo 30, que en su propuesta inicial plantea que los habitantes de la Ciudad de México pueden remover a funcionarios por medio de una consulta solicitada por ellos mismos, sigue pendiente en la Comisión de Ciudadanía, Ejercicio Democrático y Régimen de Gobierno. No se ha presentado al pleno.

9. La 3 de 3 obligatoria

El Artículo 70, llamado “De las Responsabilidades Administrativas” y que obligaría a los servidores públicos a presentar su declaración “3 de 3”, todavía se encuentra en la Comisión de Buen Gobierno.

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10. Tribunal y magistrados propios

El Artículo 41 del proyecto inicial proponía la creación de un Tribunal Constitucional para la Ciudad de México, similar a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, pero esa fue una de las primeras propuestas que quedaron fuera, ya que fue rechazada desde noviembre. De todas formas, ese es uno de los artículos que continúan pendientes en comisiones.

autor Periodista independiente, colabora en diversos medios impresos y electrónicos.
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