<style>.lazy{display:none}</style> Es oficial: Funcionarios no tienen que esperar 10 años para laborar en empresas - Alto Nivel
Buscador
Ver revista digital
Actualidad

Es oficial: Funcionarios no tienen que esperar 10 años para laborar en empresas

07-09-2022, 1:56:21 PM Por:
© Especial

La SCJN también oficializó que el presidente de la República no pueda disponer ni asignar los ahorros derivados de la Ley de Austeridad Republicana.

Los funcionarios de la Administración Pública Federal que se separen de sus cargos no tendrán que esperar 10 años para poder laborar en empresas de la iniciativa privada, pues es inconstitucional esa obligación que se impuso -desde 2019- en un artículo de la Ley Federal de Austeridad Republicana, norma que en ese año fue aprobada por el Congreso a propuesta del presidente Andrés Manuel López Obrador.

Así, sin necesidad de que promuevan un amparo, los servidores públicos que dejen sus puestos en el gobierno federal podrán aceptar trabajos en cualquier empresa, debido a que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó el segundo párrafo del artículo 24 de la Ley Federal de Austeridad Republicana, de acuerdo con la sentencia de una Acción de Inconstitucionalidad que ya fue publicada en el Diario Oficial de la Federación.

De igual forma, la sentencia también invalida una porción del artículo 61 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, con lo que se impide que el presidente pueda disponer, de manera discrecional, de los recursos que se generan a partir de los ahorros que tenga la administración pública federal.

Sobre esto último, la Corte consideró que el presidente no puede ordenar el destino de los ahorros, ya que eso trasgrede la Constitución y excede sus facultades, pues es la Cámara de Diputados la única que está facultada para repartir el presupuesto y cualquier otro ingreso que tenga la administración.

Libertad de trabajo

El segundo párrafo del artículo 24 de la Ley Federal de Austeridad Republicana, que ahora ya no tiene validez, establecía que los funcionarios, específicamente mandos superiores del gobierno federal, al separarse de su empleo, no podían “ocupar puestos en empresas que hayan supervisado, regulado o respecto de las cuales hayan tenido información privilegiada en el ejercicio de su cargo público, salvo que hubiesen transcurrido al menos diez años”.

La Suprema Corte consideró -de manera unánime- que esperar una década para poder laborar en una empresa, siendo exfuncionario, trasgrede el derecho humano a la libertad de trabajo, reconocido en los artículos 5 y 123 de la Constitución, y en los artículos 14 de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, y 6 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.

Se “genera un efecto inhibitorio desproporcionado en el ejercicio del derecho al trabajo”, además de que la restricción “atenta contra el principio de retroactividad de la ley y seguridad jurídica”, determinó la Corte.

Si bien la espera de 10 años para que los ex funcionarios pudieran laborar en una empresa pretendía evitar conflictos de interés y el uso de información privilegiada, el presidente, al proponer la norma, y el Congreso al aprobarla, no tuvieron en consideración los efectos nocivos que podría ocasionar esa limitante en los derechos humanos de los servidores públicos.

Acotación al presidente

En cuanto a la reasignación de ahorros que se generen en el gobierno federal, la Corte precisó que el presidente no puede señalar los programas o proyectos en los que deban aplicarse esos recursos, tal y como se estableció -también en 2019- en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

El artículo 61 de esta norma establecía que el titular del Ejecutivo federal podía indicar, mediante un decreto, el destino de los recursos ahorrados por la aplicación de medidas de austeridad. Sin embargo, eso implicaba una invasión del presidente en las facultades de la Cámara de Diputados, establecida claramente en la Constitución.

Por ende, la sentencia apunta que únicamente la Cámara baja, y no el presidente, es la que puede determinar qué se hace y en dónde se aplican los ahorros.

Libertad empresarial

Debido a que no fue impugnado por los senadores de oposición que promovieron la Acción de Inconstitucionalidad en contra de la Ley Federal de Austeridad Republicana, la posibilidad del levantamiento del velo corporativo de las empresas quedó vigente en esa norma, lo que pone en riesgo la libertad de empresa.

El velo corporativo es un instrumento que protege a las sociedades empresariales, existe porque todas las empresas requieren para su desarrollo privacidad, seguridad jurídica y comercial. La figura protege la vida interna de los consorcios e incluso el anonimato que pueden pedir sus socios.

Con el velo corporativo los accionistas también separan su patrimonio personal de las responsabilidades que tengan con la sociedad.

El artículo 25 de la Ley Federal de Austeridad Republicana, que mantiene su vigencia, dispone que se podrá levantar el velo corporativo de los consorcios que participen de recursos públicos.

Esto implica que todas las compañías proveedoras del gobierno, y aquellas que le prestan servicios a través de licitaciones o adjudicaciones directas, pueden ser revisadas completamente por las autoridades, sin necesidad de que lo ordene un juez.

Esta medida pretende evitar que los funcionarios públicos, o sus familiares hasta en cuarto grado de consanguinidad o afinidad, usen una personalidad jurídica colectiva (una sociedad empresarial) para eludir sus obligaciones, o como causal excluyente de responsabilidad.

Si bien es positivo que se trate de evitar la corrupción de funcionarios, que pudieran usar a una empresa para recibir recursos públicos, en términos generales el artículo 25 de la Ley Federal de Austeridad Republicana violenta la vida interna de las empresas y la libertad de actuación de sus socios integrantes.

MÁS NOTICIAS:

autor Periodista y abogada, especialista en análisis jurídico y de derechos humanos. Ha sido reportera, conductora de radio y editora.
Optimized with PageSpeed Ninja