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¿En qué consiste el asilo político que México le dio a Evo Morales?

12-11-2019, 6:00:29 AM Por:
© Reuters

México le otorga asilo al expresidente de Bolivia por razones humanitarias, debido a que peligra la vida e integridad del exmandatario.

SEl asilo político que México le otorgó al expresidente de Bolivia, Evo Morales, además de que es un derecho humano inalienable, de acuerdo con el derecho internacional, está normado en nuestra Constitución, y en las leyes de Migración, y sobre Refugiados, Protección Complementaria y Asilo Político.

El segundo párrafo del artículo 11 de la carta magna establece que “toda persona tiene derecho a buscar y recibir asilo”. El reconocimiento de la condición de refugiado, así como el otorgamiento del asilo político, “se realizarán de conformidad con los tratados internacionales”, además de que sus procedencias y excepciones están reguladas en las normas mexicanas.

Evo Morales
Reuters

El asilo político, de acuerdo con la Ley sobre Refugiados, Protección Complementaria y Asilo Político, es la protección que el Estado mexicano otorga a un extranjero “considerado perseguido por motivos o delitos de carácter político, o por aquellos delitos del fuero común que tengan conexión con motivos políticos, cuya vida, libertad o seguridad se encuentre en peligro”.

La Secretaría de Relaciones Exteriores, con opinión de la Secretaría de Gobernación, es decir el Poder Ejecutivo de nuestro país, es la institución que tiene la facultad de otorgar el asilo político a quien así lo solicite. Ninguna otra entidad gubernamental puede intervenir en este procedimiento, que siempre se realiza considerando salvaguardar la vida e integridad de quien pide asilarse en México.

Es decir, se trata de una facultad de la Secretaría de Relaciones Exteriores en coordinación con la Secretaría de Gobernación. Esta última dependencia es la que le otorga al asilado, a través del Instituto Nacional de Migración, el permiso específico con el que puede residir en nuestro país.    

Secretaria de relaciones exteriores
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Derecho humano

Las normas internacionales que regulan el asilo político, que son obligatorias en México, según lo establece el artículo 1 de nuestra Constitución, son la Declaración Universal de los Derechos Humanos (art. 14); la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre (art. XXVII); la Convención Americana sobre Derechos Humanos (art. 22.7); la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados, y la Declaración sobre el Asilo Territorial.

Lo que distingue al asilo es que se trata de una protección para las personas perseguidas por motivos políticos. Se trata de un beneficio al que debe accederse sin formalismos rígidos, y atendiendo a las peticiones lo más pronto posible, para evitar que el solicitante sufra un menoscabo en su integridad.

Desde 2011, con la reforma constitucional en materia de derechos humanos, el derecho de asilo cuenta con un rango jurídico superior en México, lo que implica que la autoridad ante quien se realice una solicitud de asilo no puede regresar al extranjero a su país, sin antes procesar y resolver su petición, respetando todas las garantías procesales que contempla nuestra carta magna. De hecho, ante la negación del asilo procede el juicio de amparo.

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Visitante por razones humanitarias

Evo Morales renunció a la presidencia de Bolivia luego de 20 días de intensas protestas sociales, y después de que el alto mando del Ejército de ese país le “sugiriera” dimitir. Todo esto tras la realización de unas elecciones, con las que pretendía reelegirse, que presentaron graves irregularidades, según una comisión especial de la Organización de Estados Americanos (OEA).

En su carta de renuncia, fechada el 10 de noviembre, Morales aseveró que dejaba el cargo obligado por “un golpe de Estado político cívico policial”, para “evitar que los golpistas sigan persiguiendo a mis hermanos y hermanas dirigentes sindicales”.

Marcelo Ebrard
Notimex Marcelo Ebrard

En cuanto a la solicitud de asilo en México, el canciller de nuestro país, Marcelo Ebrard, afirmó el lunes que el mismo exmandatario boliviano formalizó la petición de manera verbal vía telefónica, lo cual está contemplado en el artículo 63 de la Ley sobre Refugiados, Protección Complementaria y Asilo Político.

Ebrard no detalló cuáles fueron las razones específicas expresadas por Morales para asilarse en nuestro país, aunque México decidió darle asilo “por razones humanitarias y para salvaguardar su vida e integridad ante la crisis que se vive en Bolivia”.

Justo esa será la primera calidad migratoria que ostente Evo Morales en México: “Visitante por razones humanitarias”, según el artículo 52, fracción V, de la Ley de Migración. Ese tipo de permiso para permanecer en territorio mexicano se otorga a todos los solicitantes de asilo político, hasta que se resuelve en definitiva su situación migratoria.

Ya que se concluye el trámite, al asilado político se le otorga la residencia permanente en México, con lo que este puede realizar todo tipo de actividades productivas. Esta segunda condición migratoria es la que tendrá en Evo Morales en México, en cuanto se complete el trámite respectivo. Todos estos beneficios pueden extenderse a la cónyuge e hijos de Evo Morales, por las mismas razones humanitarias por las que México le otorga asilo al expresidente.

autor Periodista y abogada, especialista en análisis jurídico y de derechos humanos. Ha sido reportera, conductora de radio y editora.
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