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México

Activan contingencia ambiental: No circularán autos con placas 1 y 2

06-06-2018, 5:05:14 PM Por:
© archivo

La contaminación por ozono alcanzó un valor de 162 puntos este miércoles, por lo que la Comisión Ambiental de la Megalópolis activó la Fase 1 de la Contingencia. Te decimos cuáles serán los autos que no podrán circular y otras restricciones.

La Comisión Ambiental de la Megalópolis (Came) activó la Fase 1 de Contingencia Ambiental en el Valle de México, que estará vigente a partir de este jueves 7 de junio.

Por ende, mañana no podrá circular, entre las 5:00 y las 22:00 horas, ningún automóvil con holograma 2 de verificación vehicular, los automóviles con holograma 1 de verificación, cuya terminación de placa sea número non.

Tampoco podrán salir a la calle, entre las 6:00 y las 10:00 horas, las unidades de transporte de carga con placa federal.

La Came informó de la presencia de un sistema de alta presión que afecta el centro del país, que junto con las altas temperaturas y mayor radiación solar, ocasionó a las 16:00 horas de este miércoles un registro de 162 puntos en el Índice de Calidad del Aire (166 ppb) en la estación Pedregal, de la delegación Álvaro Obregón.

Para este jueves, el pronóstico de Calidad del Aire indica que las condiciones continuarán desfavorables para la dispersión de los contaminantes.

Restricciones por Contingencia:

  • Todos los vehículos con holograma de verificación 2; así como los vehículos con placas formadas exclusivamente por letras y sin holograma de verificación.
  • Todos los vehículos con holograma de verificación 1, terminación de placa de circulación NON y todos los vehículos con engomado de color verde, terminación de placa de circulación 1 y 2.
  • Los vehículos sin holograma de verificación o con placas formadas por letras no circulan.
  • Todos los vehículos automotores de servicio particular con placas de circulación del extranjero o de otras entidades federativas que no porten el holograma de verificación “00”, “0” o Exento, serán considerados como holograma de verificación 2, por lo que deberán suspender su circulación de las 5:00 a las 22:00 horas.
  • Todos los vehículos destinados al servicio de transporte de carga con placa federal o local, deberán de acatar la restricción a la circulación de las 06:00 a las 10:00 horas.
  • Todos los vehículos de reparto de gasolina, diésel y gas licuado de petróleo con holograma 1 y 2 terminación de placa de circulación NON deberán suspender su circulación de las 5:00 a las 22:00 horas.
  • La industria de competencia federal (a través de Profepa) y local (a través de Propaem o DGVA-Sedema) que se encuentre ubicada en la ZMVM que tengan procesos que emitan precursores de ozono sin equipos de control de emisiones, quedan obligadas a reducir sus emisiones entre el 30% y 40% de su línea base, de manera inmediata a la declaratoria de la Fase I de Contingencia.
  • Asimismo, aquellas industrias y establecimientos de servicio que utilicen productos que contienen compuestos orgánicos volátiles (COVs) para limpieza o desengrase y que no cuentan con control de emisiones, deberán suspender sus actividades.
  • Todos los establecimientos de servicios con excepción de hospitales, que no cuenten con sistemas de control de emisiones de precursores de ozono, deberán reducir la operación de sus calderas en un 30%.
  • La Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente (ASEA) vigilará que el 20% de las estaciones de carburación de Gas LP y las plantas de distribución de Gas LP, suspendan sus actividades de 5:00 a 22:00 horas, de acuerdo con el número de identificación con terminación NON (Grupo 1).
  • La ASEA fortalecerá la vigilancia del cumplimiento de la NOM-EM-002-ASEA-2016, de Sistema de Recuperación de Vapores en estaciones de servicio.

Recomendaciones:

  • Los niños, adultos mayores, mujeres embarazadas y personas con problemas respiratorios y cardiovasculares permanezcan en interiores entre las 13:00 y las 19:00 horas.
  • Los alumnos de centros escolares y la población en general deben evitar actividades cívicas, culturales, deportivas y de recreo al aire libre entre las 13:00 y las 19:00 horas
  • A los deportistas se les recomienda abstenerse de realizar ejercicio al aire libre, entre las 13:00 y las 19:00 horas
  • Limitar las actividades cívicas, culturales y de recreo al aire libre entre las 13:00 y las 19:00 horas, de los tres órdenes de gobierno y de las organizaciones sociales.

Con información de Notimex.

autor Equipo de jóvenes periodistas cuyo objetivo es explicar las noticias más relevantes de negocios, economía y finanzas. Nos apasiona contar historias y creemos en el periodismo ciudadano y de servicio.
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