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SCJN suspende Plan B electoral de AMLO en Edomex y Coahuila

21-02-2023, 5:37:54 PM Por:
La Suprema Corte de Justicia de la Nación resuelve las controversias constitucionales

La primera parte de las reformas legales en materia electoral, que permiten la propaganda de funcionarios, no podrán aplicarse en los comicios de 2023.

El ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Alberto Pérez Dayán, determinó suspender la primera parte del Plan B electoral del presidente Andrés Manuel López Obrador en el Estado de México y Coahuila, entidades que tendrán comicios en este 2023.

Se trata de las leyes General de Comunicación Social, y de Responsabilidades Administrativas, que están vigentes desde el miércoles 28 de diciembre de 2022.

Al admitir las Acciones de Inconstitucionalidad en contra de estas reformas legales, que fueron promovidas por diputados y senadores de oposición, junto con todos los partidos políticos contrarios a Morena, el togado apuntó que estos cambios no podrán aplicarse en los procesos electorales de este año, pues con ello podría ocasionarse un daño a la sociedad.

Cabe recordar que con esta nueva legislación se permite que los gobiernos federal, de las entidades federativas, y municipales, así como sus funcionarios, puedan difundir publicidad sobre sus logros y programas, aun en periodos electorales, lo que está prohibido en el octavo párrafo del artículo 134 de la Constitución.

La suspensión “resulta procedente pues es necesario preservar la materia del juicio”, además de que, en los procesos electorales que se llevarán a cabo en Coahuila y en el Estado de México, si se aplican las normas reformadas, podrían “afectarse los bienes jurídicos en juego”, entre ellos la participación ciudadana.

El ministro Pérez Dayán agregó que “de no concederse la medida solicitada se afectarían irreparablemente los derechos fundamentales y los principios democráticos que se aducen como vulnerados (en las demandas), ocasionando con ello daños irreversibles para el derecho ciudadano de revocación de mandato y todos los derechos inmersos en los procesos electorales”.

Esta decisión que suspende la primera parte del Plan B electoral del presidente constituye un éxito para la oposición, ya que la medida cautelar fue solicitada en todas las demandas promovidas ante la Corte.

Los cambios a las leyes General de Comunicación Social, y de Responsabilidades Administrativas han sido impugnados en al menos 80 controversias ante el máximo tribunal del país, ocursos que 18 ya fueron turnados al ministro Alberto Pérez Dayán.

Los demandantes consideran que las nuevas disposiciones de la Ley General de Comunicación Social violan la equidad de los procesos electorales en nuestro país, un principio que todas las autoridades están obligadas a observar, al estar contemplado en el artículo 41 constitucional.

Los partidos de oposición, y los diputados y senadores contrarios al oficialismo, consideran que la equidad en los comicios fue anulada, ya que la reforma permite que los servidores públicos en funciones realicen campañas de comunicación social para difundir su labor y sus éxitos, sin que con ello puedan ser sancionados por las autoridades electorales.

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autor Periodista y abogada, especialista en análisis jurídico y de derechos humanos. Ha sido reportera, conductora de radio y editora.
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