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SCJN avala la opacidad en compra de vacunas contra Covid-19

17-05-2022, 8:58:04 AM Por:
© EuropaPress

La Corte le dio la razón al gobierno federal por lo que esta información será reservada por cinco años, debido a razones de seguridad nacional.

Los detalles de los contratos mediante los cuales el gobierno federal adquirió las vacunas en contra del Covid-19 que se han aplicado en México, incluyendo los comprobantes de pago respectivos, estarán reservados durante cinco años porque su divulgación pública puede poner en riesgo la seguridad nacional, así lo determinó la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

Con este fallo, el máximo tribunal del país valida la opacidad que ha caracterizado a la actual administración en todo lo relacionado al ejercicio de recursos públicos destinados a enfrentar la pandemia del virus SARS-CoV-2, actitud oficial que trasgrede el principio de máxima publicidad que señala la Constitución, e incluso contraviene una resolución de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, emitida en abril de 2020.

La sentencia, aprobada el lunes con el voto de ocho de los once ministros del Pleno de la Corte, revierte dos resoluciones del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) con las que, en mayo de 2021, esa instancia determinó que los contratos y los pagos para adquirir vacunas en contra del Covid-19 debían ser públicos.

De acuerdo con lo resuelto por la SCJN, la divulgación de las condiciones esenciales de la contratación de los biológicos “puede poner en riesgo la seguridad nacional, al obstaculizar o bloquear acciones tendentes a prevenir o combatir pandemias en el país”, y los mismo sucede con los comprobantes de pago respectivos.

Este argumento permite que la información sobre la compra de las vacunas contra el Covid-19 se clasifique como reservada por un periodo de cinco años, aunque esto, añade la sentencia, no impide que se divulgue “una versión pública en la que se puedan apreciar aquellos aspectos que no fueron materia de la reserva”.

Las versiones públicas pueden darse a conocer con la información de los contratos que las autoridades sanitarias consideren que no suponen un riesgo para la seguridad nacional, dijo el ministro ponente Jorge Mario Pardo Rebolledo.

Dicha versión pública, a decir de la Corte, no puede contener información como datos personales, ni detalles relativos al secreto comercial.

De manera específica, Pardo Rebolledo consideró que en este caso se actualiza la reserva de la información por motivos de seguridad nacional, “toda vez que la divulgación de las condiciones esenciales de contratación y los datos personales sí ponen en peligro el suministro de vacunas, y el cumplimiento del contrato celebrado por nuestro país”.

Respuesta del INAI

El INAI anunció que respetará la sentencia cuyo origen son dos Recursos de Revisión que llegaron a la Corte a solicitud de la Consejería Jurídica del presidente Andrés Manuel López Obrador.

El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales recordó que, el 19 de mayo de 2021, ordenó a la Secretaría de Salud federal entregar versiones públicas de los contratos de adquisición de las vacunas en contra del Covid-19 celebrados con las farmacéuticas Pfizer, AstraZeneca, CanSino, Sputnik, Serum y Sinovac.

Para el INAI, “asegurar la apertura de información relacionada con la adquisición de vacunas, además de ser una obligación constitucional”, es concordante con la Resolución 1/2020 de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, emitida el 10 de abril de ese año.

En esa resolución, el organismo internacional apuntó que los gobiernos de la región tenían que asegurar el derecho de acceso a la información pública en el marco de la emergencia generada por la pandemia de Covid-19, por lo que no se debían establecer limitaciones basadas en razones de seguridad u orden público.

Siguiendo lo que señala la Constitución, el INAI “privilegió la apertura de la información, favoreciendo el principio de máxima publicidad y la rendición de cuentas, por encima de los posibles intereses o factores externos, sobre todo, cuando se trata de contrataciones pagadas con recursos públicos, las cuales, incluso, están consideradas como una obligación de transparencia”, detalló el INAI en un comunicado.

El Instituto señaló además que la reserva para toda la información de las compras de las vacunas en contra del Covid-19 inicialmente solo era de dos años, de acuerdo con lo que había dispuesto la Secretaría de Salud federal, aunque ya en su sentencia la Corte amplió la veda a cinco años.

Una historia de opacidad

Este caso inició con varias solicitudes de información para que el gobierno federal divulgara los contratos y los pagos realizados en la compra de las vacunas en contra del Covid-19.

De hecho, el presidente Andrés Manuel López Obrador dijo el año pasado, en una de sus conferencias matutinas, que todos los detalles de esas adquisiciones serían públicos.

Sin embargo, la Secretaría de Relaciones Exteriores, que fue la encargada de signar los contratos con las farmacéuticas, contradijo al mandatario y negó la divulgación de los documentos, argumentando que en estos había cláusulas que impedían su publicación.

Posteriormente, luego de que fueron tramitados varios recursos ante el INAI, la Cancillería accedió a publicar en su página de internet versiones públicas de los contratos con Pfizer, CanSino, AstraZeneca, Sinovac, y el firmado con el mecanismo COVAX de la Organización de las Naciones Unidas (ONU).

Hasta la fecha, ni la Secretaría de Relaciones Exteriores ni la Secretaría de Salud han dado a conocer la versión pública del contrato de la vacuna de origen ruso Sputnik.

Según la Cancillería, hasta el pasado 9 de marzo, México había recibido 243 millones 930,000 vacunas en contra del Covid-19. Estos datos no incluyen las cantidades del presupuesto erogadas por el gobierno federal como pago por esos biológicos.

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autor Periodista y abogada, especialista en análisis jurídico y de derechos humanos. Ha sido reportera, conductora de radio y editora.
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