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Reparto de diputados plurinominales, la nueva disputa de Morena vs. el INE

22-03-2021, 6:10:00 AM Por:
© Cámara de diputados

La autoridad electoral aprobó un acuerdo para evitar que un solo partido este sobrerrepresentado en la Cámara baja, como ocurre actualmente.

Esta semana iniciará una nueva disputa entre Morena y el Instituto Nacional Electoral (INE), debido a que esa autoridad aprobó un acuerdo para evitar la sobrerrepresentación de un solo partido en la Cámara de Diputados, tal y como ocurre actualmente, pues el oficialismo cuenta con el 62% de los legisladores en la Cámara baja, a pesar de que solo obtuvo el 44% de la votación efectiva en los comicios de 2018.

Para evitar la sobrerrepresentación en el Congreso, desde agosto de 1996, la fracción V del artículo 54 de la Constitución establece que “en ningún caso, un partido político podrá contar con un número de diputados por ambos principios que representen un porcentaje del total de la Cámara que exceda en ocho puntos a su porcentaje de votación nacional emitida”.

Es decir, si un partido obtiene el 50% de la votación total correspondiente a los comicios de legisladores, tras la asignación de diputados plurinominales, esa fuerza no puede exceder el 58% del total de la Cámara. Sin embargo, ese principio no fue acatado en las elecciones de 2018, cuando la coalición encabezada por Morena obtuvo el 44% de la votación total, mientras que el 56% de los sufragios fueron para la oposición.

No obstante, hoy Morena cuenta con el 62% de legisladores, mientras que sus adversarios políticos solo poseen el 38% de las curules, cuando en realidad, toda la oposición a Morena debería tener el 48% de la representación en diputados mientras que al partido oficial y sus aliados formalmente les correspondían el 52% de los asientos en la Cámara baja.

Al no aplicarse la regla constitucional para evitar la sobrerrepresentación, actualmente Morena tiene un 10% más de diputados, porcentaje de legisladores que le correspondían a la oposición, si se consideran los lineamientos del artículo 54 constitucional.

La Militancia efectiva

En México, los diputados se elijen mediante dos sistemas, uno directo y otro indirecto, el primero corresponde a 300 diputados de mayoría relativa que se eligen en igual número de distritos, el segundo son 200 legisladores que llegan a la Cámara baja mediante listas plurinominales, que se reparten dependiendo de lo que los partidos obtuvieron en la votación total de los 300 distritos.

Por ejemplo, si un partido obtiene el 50% de la votación en los comicios para diputados, entre legisladores de mayoría relativa y plurinominales no puede tener más de 58% de las curules. Cuando tiene más de esa proporción materialmente hay una sobrerrepresentación.

Para evitar esto último en las próximas elecciones del 6 de junio, el Consejo General del INE aprobó el viernes de la semana pasada un acuerdo en el que considerará la afiliación efectiva de cada candidato ganador, y con ello hará el reparto de diputaciones plurinominales.

En otras palabras, si el candidato Juan milita en el partido X, pero se registró para los comicios como un aspirante del partido Y, si Juan gana en su distrito, los votos obtenidos, para el reparto de plurinominales, le corresponden a X y no a otro partido.

Al agregársele ese triunfo al partido X, en el reparto de diputados plurinominales se considerará el tope del 8% que establece la Constitución, por lo que el triunfo de Juan, en este ejemplo, no podrá beneficiar -en diputados plurinominales- al partido Y, evitándose la sobrerrepresentación de institutos políticos que participan en las elecciones mediante una coalición.

Se trata de una solución justa que solo pretende llevar a la práctica lo que establece la Constitución, a decir del consejero del INE Ciro Murayama. “Se va a verificar lo que se llama la militancia efectiva de los candidatos, es decir, que no estén sembrando candidatos del partido A en el partido B o en el partido C”, y que en el caso de los diputados que se reelijan “se les va a contar el triunfo al grupo parlamentario al cual han pertenecido, y no al que digan que quieren pertenecer”.

En la práctica se quiere lograr que el voto de los ciudadanos esté efectivamente reflejado en la Cámara de Diputados. Si en 2018 el 56% de los votos le correspondieron a la oposición a Morena, es una distorsión que solo cuenten con el 38% de las curules.

En esto hay que recordar que los votos obtenidos para su triunfo por parte del actual presidente Andrés Manuel López Obrador, son distintos a los que correspondieron en la elección a diputados.

En 2018 los ciudadanos votaron por tener una Cámara baja en la que el partido del presidente no fuera mayoría, aunque lo que en verdad ocurrió fue que, con el reparto de diputados plurinominales, Morena quedó sobrerrepresentada en esa soberanía, mientras que la oposición está subrrepresentada.

Los problemas que vienen

El acuerdo aprobado por el Consejo General del INE será impugnado por Morena y el Partido del Trabajo en el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, que tendrá la última palabra en este tema. Aunque son varias las denostaciones que ya se expresaron en contra del árbitro electoral.

“El protagonismo exacerbado de los consejeros (Ciro) Murayama y (Lorenzo) Córdova, particularmente el consejero Córdova, que parece más candidato que árbitro, no está viniendo a abonar a este proceso electoral”, apuntó en la sesión del INE el representante de Morena, Sergio Carlos Gutiérrez Luna. El acuerdo aprobado, agregó, trata “de bloquear a Morena, que eso es lo que los mueve a ustedes, consejero Murayama y consejero Córdova”.

De su lado, Mario Delgado, dirigente nacional de Morena, comentó que los consejeros del INE “se han quitado las máscaras” al mostrar lo que considera un sesgo partidista. El árbitro electoral, dijo, quiere “conservar sus privilegios y mantener sus derroches” beneficiando a la oposición, pues “pretenden meterle el pie a Morena”.

Si bien, cualquier partido político que se sienta afectado por este acuerdo puede recurrirlo ante el Tribunal Electoral, esto debe hacerse con argumentos jurídicos, y no solo descalificando lo que hacen los consejeros electorales.

“En términos reales existen casos en los que algunos partidos terminan registrando candidaturas que no le son propias y con ello, han ocasionado que se distorsione la voluntad ciudadana en la integración de la Cámara de Diputadas y Diputados”, respondió la consejera del INE Dania Paola Ravel Cuevas. De hecho, añadió, “nos encontramos ante la disyuntiva de evitar que las normas que regulan las coaliciones sirvan para evadir una restricción constitucional”.

El problema es que la militancia efectiva de los candidatos, que se pretende considerar en el reparto de diputados plurinominales, no está contemplada en las reglas que establece la Constitución, por lo que todo quedará a las interpretaciones que hagan los magistrados electorales del acuerdo que avaló el INE.

En ese tenor, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación cuenta con varias jurisprudencias que abordan el tema de la sobrerrepresentación legislativa, por lo que esa instancia puede mantener sus criterios más recientes y ratificar el acuerdo del INE.

No obstante, el Tribunal también podría expresar un fallo distinto a los precedentes, y permitir que un solo partido sume los diputados plurinominales de los candidatos postulados en coalición, aunque esto implique exceder en más del 8% el porcentaje real de representación obtenida en votos, lo que permitiría -una vez más- la sobrerrepresentación de una fuerza política en la nueva integración de la Cámara de Diputados.

autor Periodista y abogada, especialista en análisis jurídico y de derechos humanos. Ha sido reportera, conductora de radio y editora.
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