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¿Qué consecuencias tiene cobrar el pago de la Pensión Bienestar de un adulto mayor fallecido?

10-11-2022, 2:23:05 PM Por:
© Especial

Si planeas cobrar el pago de la Pensión Bienestar de un adulto mayor fallecido, debes pensártelo dos veces, pues podrías meterte en problemas.

Desde la semana pasada, los adultos mayores que son beneficiarios del programa social de la Pensión del Bienestar recibieron su último pago del año 2022.

Si alguna vez te has preguntado ¿qué sucede si cobras el pago de la Pensión del Bienestar tras la muerte de un adulto mayor? Debes saber que lo anterior podría tener consecuencias, sigue leyendo para saberlas.

No olvides que la Pensión del Bienestar es una ayuda que se entrega a las personas de la tercera edad de 65 años para que estas cubran sus necesidades básicas como comida, vestido y otros pagos.

No obstante, hay veces que puede suceder que un pariente o conocido de un adulto de la tercera edad se aproveche y siga cobrando el dinero después de que haya fallecido el beneficiario, actividad que tiene consecuencias.

¿Sigues cobrando la Pensión Bienestar? Aquí las consecuencias

Es preciso recordar que la Pensión del Bienestar brinda una ayuda de 3 mil 850 pesos bimestrales, mismos que se depositan en la tarjeta del titular para que pueda hacer uso de este dinero.

En caso de que el beneficiario fallezca, la familia de la persona a cargo de su cuidado o el auxiliar deberá avisar de esta situación a la Línea Bienestar al 800 63 94 264.

En caso de no notificar este acontecimiento a las autoridades y continúas cobrando el dinero, podrías estar incurriendo en un delito de fraude, mismo que te generaría problemas legales.

Por otro lado, está el Pago de Marcha y en seguida te explicamos de qué trata.

Pago de Marcha

El Pago de Marcha es entregado a la gente que cuidó al beneficiario de la Pensión Bienestar hasta sus últimos días, sólo se hace en una ocasión y para que puedas recibirlo debes avisar de la muerte del familiar, para que de esta forma la Secretaría del Bienestar pueda darlo de baja del padrón y evitar que otras personas lo sigan cobrando.

Documentos necesarios:

  • Identificación oficial de la persona fallecida.
  • CURP de la persona fallecida.
  • Carta de defunción.
  • Constancia médica donde se certifique la causa de su muerte.
  • Identificación del familiar, representante o adulto auxiliar.
  • Domicilio donde se podrá localizar.

Al final, considera que el representante, auxiliar o familiar que esté a cargo del adulto mayor, debe ser nombrado desde el principio de su registro en la Pensión Bienestar.

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autor Equipo de jóvenes periodistas cuyo objetivo es explicar las noticias más relevantes de negocios, economía y finanzas. Nos apasiona contar historias y creemos en el periodismo ciudadano y de servicio.
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