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¿Puedo meter comida al cine sin que me sancionen? La Profeco responde

12-02-2025, 2:19:13 PM Por:
¿Puedo meter comida al cine sin que me sancionen? La Profeco responde
© Especial

Muchos espectadores han optado por llevar sus propios snacks, pero esto ha generado dudas: ¿pueden los cines prohibir la entrada con comida externa? La Profeco tiene la respuesta.

Ir al cine es una experiencia emocionante: te ofrece una pantalla gigante, sonido envolvente y la posibilidad de sumergirte en otra realidad por un par de horas al presentarte un largometraje totalmente inédito.

Sin embargo, algo que puede hacer que esta experiencia sea menos placentera es el precio de los alimentos en las salas de cine. Muchos espectadores han optado por llevar sus propios snacks, pero esto ha generado dudas: ¿pueden los cines prohibir la entrada con comida externa? La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) tiene la respuesta.

No hay restricción legal para llevar comida al cine: Profeco

Según la Profeco, aparentemente no hay ninguna ley que impida a los consumidores ingresar a las salas con alimentos adquiridos fuera del establecimiento. En México, la legislación protege a los consumidores en este aspecto, pero ¿bajo qué condiciones?

El Artículo 58 de la Ley Federal de Protección al Consumidor (LFPC) establece que “el proveedor de bienes, productos o servicios no podrá negarlos o condicionarlos al consumidor por razones de género, nacionalidad, étnicas, preferencia sexual, religiosas o cualquiera otra particularidad”.

Y agrega que “los proveedores de bienes y servicios que ofrezcan éstos al público en general, no podrán establecer preferencias o discriminación alguna respecto a los solicitantes del servicio, tales como selección de clientela, condicionamiento del consumo, reserva del derecho de admisión, exclusión a personas con discapacidad y otras prácticas similares, salvo por causas que afecten la seguridad o tranquilidad del establecimiento, de sus clientes o de las personas discapacitadas, o se funden en disposiciones expresas de otros ordenamientos legales.”

los clientes pueden decidir si compran o no alimentos en el establecimiento al que acuden. Sin embargo, al momento de adquirir un boleto, están aceptando los términos y condiciones establecidos en el contrato de los proveedores, tal como lo menciona el artículo 42 y 85 de la Ley anteriormente mencionada, los cuales dicen:

¿Entonces los cines pueden prohibirme ingresar con alimentos?

Sí. En días recientes, el titular de la Procuraduría, Iván Escalante Ruíz, explicó que al momento de comprar un boleto para ingresar a ver una película, las personas consumidoras se adhieren a un contrato en donde se establecen los términos y condiciones de cada establecimiento.

En este sentido, el cine al que acudas decidirá si puedes o no ingresar con alimentos, ya que al comprar tu entrada, estás aceptado sus ‘reglas’.

Si en el contrato de adhesión o en las condiciones está que no puedes ingresar con alimentos, tienes que cumplir con ese contrato, si no, finalmente, no vayas a ese cine, ve algún otro que no tenga esta limitación”, expresa la Profeco.

Si bien es importante hacer valer tus derechos, también es recomendable actuar con respeto y cortesía. Recuerda que te estás apegando a las normas de los cines al acceder a sus salas. Mantener la calma y explicarle la situación al personal puede evitar confrontaciones innecesarias.

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autor Equipo de jóvenes periodistas cuyo objetivo es explicar las noticias más relevantes de negocios, economía y finanzas. Nos apasiona contar historias y creemos en el periodismo ciudadano y de servicio.

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