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Opinión

Vacíos legales en la lucha contra la corrupción y la inseguridad

02-10-2019, 11:22:41 AM Por:
© Especial

La victoria del presidente actual mantiene la expectativa de que la corrupción, la impunidad y la inseguridad sea temas resueltos desde el gobierno federal

En el pasado proceso electoral para elegir presidente de México, el actual jefe del Ejecutivo durante su campaña generó entre los votantes una gran esperanza con la promesa de combatir la corrupción, la impunidad y la inseguridad. Dicha oferta lo legitimó en lo que finalmente fue la postura ganadora de ese proceso. Esto sale a cuenta porque existe una enorme expectativa de que estos temas sean atendidos y resueltos por el gobierno federal.

Como herramentales para combatir los grandes males que aquejan a México -corrupción e inseguridad-, se han lanzado varias iniciativas legales. Me referiré a dos de ellas, las que lamentablemente vemos con deficiencias importantes en su presentación y que seguramente afectarán su implementación. En concreto, se trata de los Lineamientos para la Promoción y Operación del Sistema de Ciudadanos Alertadores Internos y Externos de la Corrupción y de la Ley de Amnistía.

En el caso de la segunda, debemos partir que si bien es cierto tenemos un problema de estructura en cómo se ha venido aplicando la ley penal, en particular dado la saturación en el sistema penitenciario (una bomba de tiempo que ya lleva varias detonaciones preocupantes), la Ley de Amnistía es en su estructura actual un catálogo de buenas intenciones pues presenta problemas serios en su estructura y redacción.

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En nuestro país existen delitos que son realmente preocupantes, como secuestro, homicidio, extorsión, derecho de piso, feminicidio y violación, y todos estos delitos son los que realmente nos tienen contra la pared, mismos que hoy en día no se están atendiendo porque una buena parte del tiempo y los recursos se dedican a delitos menores y las cárceles saturadas de personas que si bien técnicamente cometieron un delito, en realidad no lesionaron a terceros ni tampoco generaron un alto impacto y no ameritan llevar a esa persona a prisión – por ejemplo alguien que consume drogas, no debería estar encarcelado porque es una acción que no daña realmente a terceros, es un problema de salud pública y no de seguridad pública.

En la Ley de Amnistía, en concreto vemos las siguientes inconsistencias:

  • Esta propuesta no se acompaña de una iniciativa de reforma legal para cambiar los delitos, se exime la sanción para los cometidos en el pasado, pero los mismos delitos por lo que alguien podría ser liberado si se cometiera posteriormente a la entrada en vigor de la ley, sería encarcelado.
  • Busca hacer una amnistía en las entidades federativas, pero no se proponen reformas concretas para los códigos penales estatales.
  • No tendrá partida presupuestal adicional, así lo afirma la iniciativa. Así no hay recursos para llevar a cabo sus fines. Por esa razón no se podrá investigar quiénes son los presos que se podrían beneficiar, por cuáles delitos y cómo se cometieron, en cuáles casos se niega si existió violencia; se trata de un arduo trabajo que demanda personal e infraestructura.
  • No establece el procedimiento mediante el cuál se hace la solicitud o el trámite de amnistía, no menciona quién es el responsable ni de qué manera se va a articular, quién va a revisar, cómo se van a interpretar las resoluciones, en concreto: un vacío absoluto.
  • No existe un planteamiento que determine qué sucede con los liberados, si van a recopilar información de inteligencia, ya que la experiencia internacional precisa que es factible el intercambio de información sobre las redes en las que se cometieron los ilícitos, como organizaciones criminales, cómplices, etcétera.
  • En la gran mayoría de los delitos del sujeto de la amnistía son del fuero común, muy pocos federales, habría que ver si ese catálogo está bien analizado o debe modificarse. Un ejemplo muy claro de esto sería el caso de una mujer que realiza un aborto en un baño de un aeropuerto que es una instalación federal, esta acción no está cubierta por la Ley de Amnistía, y nosparece que debía serlo porque no debería de hacerse la distinción entre si es delito local o federal.

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Finalmente, tal vez el defecto mayor de la Ley de Amnistía es que no prevé un plan de reinserción, el problema es que si otorga la amnistía a todos esos presos que van a salir, pero no se les da un manto protector para que a pesar de que hubieran sido injustamente procesados, el carácter de reo no se los quita la amnistía. Lo que sí hace es que suspende la aplicación de la pena, no elimina el antecedente; entonces, sin un manto protector para la reinserción es muy probable que estas personas no puedan conseguir nuevos trabajos en actividades lícitas, e incluso provoquen la reincidencia casi inmediata. Entonces, de poco va a servir si no generamos condiciones para que estas personas no se vean obligadas a volver a delinquir.

Para el caso de Lineamientos para la Promoción y Operación del Sistema de Ciudadanos Alertadores Internos y Externos de la Corrupción, la laguna que observamos principalmente es que los mecanismos de ejecución planteados no son claros, quedan en el nivel de las ideas y no de las acciones y mucho menos de métricas que aseguren que efectivamente se llegue a implementar o a lograr los resultados trazados.

Si voluntad es combatir corrupción e impunidad, en los hechos no estamos viendo eso, salvo en casos aislados. No vemos que existan investigaciones con metodologías científicas para que los procesos sean homogéneos y que haya coordinación entre las distintas instancias que tienen a su cargo esta ejecución, y se hagan sin tintes políticos.

Lo anterior es muy importante porque la realidad muestra algo diferente. Está por un lado el caso del titular de la Comisión Federal de Electricidad (CFE), Manuel Bartlett con serios cuestionamientos por una riqueza inmobiliaria de más de 800 millones de pesos (mdp), y por el otro a Rosario Robles que la inhabilitan por 10 años por la existencia de una cuenta no reportada por 3,000 pesos, en la cual no hay ni siquiera un movimiento y presuntamente no hay ni siquiera conocimiento por parte de la exfuncionaria de que esa cuenta existiera. Casos graves con trato diferenciado.

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En otros países cuando se inicia una investigación de un servidor público en funciones, tiene que separarse de su cargo temporalmente para realizar la defensa sin estar dentro de la administración. En el caso de Bartlett sucedieron dos cosas, no renunció, y su defensa se dio a través de la oficialía de prensa de la CFE. Ahí nos parece que están infringiendo las más elementales normas de procedimiento, porque tendría que separarse de su cargo para defenderse, y no utilizar los recursos públicos para ello.

Otro punto que es sumamente relevante en esta iniciativa del gobierno federal es el tema de las instituciones autónomas – que las autoridades y servidores públicos que se hacen cargo de la lucha contra la corrupción tengan plena independencia y autonomía. Hoy día eso no ha sucedido de esa manera, porque desde la tribuna de las conferencias matutinas, el Jefe del Ejecutivo da instrucciones tanto al titular de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), Santiago Nieto, y a la de la Función Pública, Eréndira Sandoval.

La lucha contra la inseguridad y la corrupción será con resultados concretos y no con buenas intenciones para que se llegue a buen puerto. Lo anterior sin duda demanda instituciones que fortalezcan el Estado de derecho, que al final del día brindan la confianza que el objetivo de las autoridades es combatir para sacar desde las raíces la inseguridad y la corrupción y no solamente podar el árbol, al generar reivindicaciones políticas.

Esperamos por el bien de México, que los vacíos en ambas iniciativas sean saldados, de otra manera los avances serán magros o nulos.

autor Juan Francisco Torres-Landa, socio director de Hogan Lovells BSTL. Cuenta con más de tres décadas de experiencia como abogado corporativo, ha asesorado a clientes de diferentes industrias.
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