¿Morena y aliados tendrán sobrerrepresentación en el Congreso?

Morena y los partidos Verde Ecologista (PVEM) y del Trabajo (PT), obtuvieron el 54.74% de la votación total para Diputados federales, pero un problema de legislación les permitiría tener más diputados de los que les corresponden.
Los partidos que integran la coalición Sigamos Haciendo Historia, encabezados por Morena, pretenden obtener un número total de diputados que supera casi en 20% al porcentaje de la votación que efectivamente recibieron en los pasados comicios federales del 2 de junio, por lo que tendrían una sobrerrepresentación que excede en 11.86% a lo que permite la Constitución.
La secretaria de Gobernación, Luisa María Alcalde, incurriendo en una trasgresión a la ley, pues los cálculos para la designación de diputados plurinominales solo le corresponden al Instituto Nacional Electoral (INE), ha insistido que a la coalición oficialista le corresponden en total 373 diputados, lo que equivale al 74.6% de la Cámara baja.
Morena y los partidos Verde Ecologista (PVEM) y del Trabajo (PT), obtuvieron el 54.74% de la votación total para Diputados federales.
Por ende, en este caso, si el INE valida el número de diputados que en total quieren obtener Morena y sus partidos aliados, la coalición opositora se quedaría con 102 legisladores, el equivalente al 20.4% de la Cámara de Diputados, cuando el voto ciudadano les otorgó el 30.43% de la votación a los partidos Acción Nacional (PAN), Revolucionario Institucional (PRI) y de la Revolución Democrática (PRD).
Con esto, la oposición estaría subrepresentada en 10%, o lo que es lo mismo, el voto de los ciudadanos que no favorecieron al partido gobernante tendría un peso inferior a los sufragios obtenidos por la mayoría.
Problema de legislación
La sobrerrepresentación legislativa está permitida México, pero con un límite: El artículo 54 de la Constitución establece que ningún partido político puede tener un número de diputados por ambos principios (Mayoría Relativa y Representación Proporcional) que representen un porcentaje del total de la Cámara que exceda en ocho puntos a su porcentaje de votación nacional emitida.
Es decir, si la coalición PVEM-PT-Morena se considerara un partido político, solo le estaría permitido tener en total 313 diputados (62.74%), mientras que la oposición coaligada, excluyendo obviamente a Movimiento Ciudadano (MC) debería obtener 152 legisladores.
El problema es que el límite de sobrerrepresentación que señala la Constitución se aplica a los partidos políticos y no a las coaliciones, ya que desde 2008 se eliminó de la legislación reglamentaria la disposición que ordenaba al INE que, para asignar a los diputados Representación Proporcional o Plurinominales, debía considerar a las coaliciones como si se tratara de un solo partido.
Por ende, al haberse reformado la legislación con la que se asignaban los diputados plurinominales por coalición en conjunto, se genera una distorsión que altera lo que los ciudadanos expresaron en las urnas.
Al repartirse de esta forma los legisladores plurinominales, el partido mayoritario, en este caso Morena, hace que los partidos con los que se coaliga tengan un peso electoral superior al que en realidad representan, por lo que -de manera artificial- se crean mayorías en detrimento de los partidos de la oposición y de los electores que les votaron.
Esto no solo ha ocurrido a partir de 2018 cuando Morena ganó por primera vez la presidencia de la República. Por ejemplo, en 2012, cuando el Partido Revolucionario Institucional (PRI) obtuvo la mayoría de los votos en los comicios generales, al haber estado coaligado con el PVEM consiguió el 48.2% de los diputados, cuando en realidad había obtenido el 35.6% de la votación.
Una situación similar se registro en 2015, una vez más con el PRI y el PVEM coaligados. Lo mismo ocurrió en 2018, la coalición de partidos encabezada por Morena obtuvo el 44% de la votación a la Cámara baja, pero con los legisladores plurinominales consiguió en total 308 diputados, equivalentes al 61.6% del total.
Soluciones y alternativas
Para evitar que existan estas distorsiones tan marcadas, el INE verifica, desde 2021, la afiliación efectiva de los candidatos de los partidos que -en coalición- ganaron la mayoría de las curules de la Cámara de Diputados.
Este procedimiento, que ha sido avalado por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), consiste en otorgar el triunfo al partido político al que pertenece el candidato a diputado de Mayoría Relativa, con esto los partidos minoritarios no reciben votos que no les corresponden.
Por ejemplo, si un candidato milita en el partido A, y ese instituto se coaliga con los partidos B y C, aunque el aspirante diga que está compitiendo por el partido B, los votos que haya obtenido se le sumarán al partido A, que es al que pertenece.
El objetivo de esto es evitar que los partidos mayoritarios les transfieran votos y triunfos -que no obtuvieron en las urnas- a los institutos políticos minoritarios con los que se coaligan. De esta forma, la suma de todos los votos de la elección de diputados representa realmente la decisión tomada por los ciudadanos.
Si se aplica este criterio, la verificación de la afiliación efectiva es facultad exclusiva del INE, ya que este organismo cuenta con los registros de los militantes de los partidos, además de tener los convenios de coalición hechos por los institutos políticos al iniciar el proceso electoral.
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