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El INE vs. el Tribunal Electoral, ¿quién tiene la razón?

13-04-2018, 1:22:28 PM Por:
© Especial

El INE cuestionó al Tribunal Electoral, algo inédito en la historia de esa institución respecto a la interpretación de la ley que permitió que Jaime Rodríguez “El Bronco” se incorporara a la boleta electoral como candidato a la presidencia por la vía independiente.

Dos visiones sobre la forma en la que se debe aplicar la ley son el contexto del pulso que protagonizan los integrantes del Instituto Nacional Electoral (INE) y los magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), tras la sentencia de esta última instancia que avaló la candidatura presidencial del independiente Jaime Rodríguez, “El Bronco”.

Por un lado, los consejeros del INE argumentan que el aspirante neolonés no cumplió con los requisitos que establece la ley, al no alcanzar el umbral de 866,593 firmas de apoyo, toda vez que esa institución solo le validó 835,511 firmas.

De acuerdo con la Comisión de Prerrogativas y Partidos Políticos del INE, a Jaime Rodríguez Calderón le encontraron 158,532 apoyos simulados, 205,721 fotocopias, y 23,644 documentos no válidos que en conjunto se pretendían hacer pasar como firmas de ciudadanos.

Con estas cifras, y aplicando de manera estricta la ley, el Consejo General del INE le negó la candidatura presidencial independiente.

Sin embargo, esa no fue la visión de cuatro magistrados del Tribunal Electoral, de los siete que conforman su Sala Superior, quienes llevaron a cabo una interpretación de las normas, y concluyeron que el INE “limitó el derecho de audiencia” del aspirante, con lo que se violenta el artículo 14 de la Constitución y el 8º de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

De hecho, la sentencia del Tribunal afirma que Rodríguez Calderón “reunió 98.08% respaldos válidos respecto del umbral, sin que se le hubiesen (sic) permitido revisar todas las supuestas inconsistencias, debido al criterio de la responsable (el INE) de que existían irregularidades insubsanables”.

¿Cómo reparar la violación a un derecho humano?

El problema nodal entre los consejeros del INE y los magistrados del Tribunal estriba en la forma en la que deben ser reparadas –de presentarse- las afectaciones a los derechos humanos.

En su sentencia el Tribunal determinó que de haberse “revisado los registros que no fueron verificados durante el procedimiento, el actor (Jaime Rodríguez Calderón) hubiese podido alcanzar el umbral exigido para obtener el registro”, con esta suposición los magistrados determinaron que la única forma de reparar el derecho de audiencia violado era otorgarle la candidatura a “El Bronco”.

Esa visión, que en el ámbito jurídico se le denomina garantista, se contrapone a otras opiniones que consideran que la reparación del derecho lesionado debió ser ordenar que el INE otorgara el derecho de audiencia, que anteriormente se le había negado al aspirante, tal y como ocurrió con otra sentencia: la del también independiente Armando Ríos Piter.

Es decir, el Tribunal Electoral resolvió de dos formas distintas la reparación al derecho de audiencia violado por el INE. Por un lado ordenó el registro de Rodríguez Calderón, como candidato presidencial independiente, y por el otro le proporcionó a Ríos Piter un lapso de 10 días para subsanar la afectación al mismo derecho.

¿Se afectó la certeza de los próximos comicios?

En opinión del exconsejero presidente del INE, Luis Carlos Ugalde, la decisión del Tribunal que favoreció a “El Bronco” pone en riesgo la credibilidad de las autoridades electorales. “No aboga para la certeza de la elección y la calificación del proceso”, consideró ante medios de comunicación.

Según el analista José Antonio Crespo, el Tribunal “mintió a la ciudadanía, pues el INE sí respetó el derecho de audiencia del Bronco”, ya que la misma sentencia de esa instancia jurisdiccional reporta que hubo 12 sesiones a las que acudió Jaime Rodríguez.

De su lado, el extitular de la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales (Fepade), Santiago Nieto Castillo, consideró en su cuenta de Twitter que la decisión del Tribunal destruye la legitimidad de esa institución, lo que al final “afecta al sistema electoral en su conjunto”.

Nieto Castillo, quien antes de ser fiscal electoral se había desempeñado como magistrado presidente de la Sala Toluca del Tribunal Electoral, añadió que los magistrados que avalaron la candidatura de Jaime Rodríguez “resultan patéticos por ser tan serviles al poder”.

A su vez, el abogado y politólogo Javier Martín Reyes consideró que “un tribunal constitucional construye su legitimidad y genera confianza con sentencias claras y bien argumentadas”, lo que no ocurrió con la sentencia que favorece al “Bronco”, la cual –en su opinión- es jurídicamente insostenible.

¿Se vale discutir una sentencia?

El jueves pasado, el consejero presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello, dijo en un artículo publicado en El Universal, que esa institución acata la sentencia del Tribunal, a pesar de que él mismo no está de acuerdo con ella.

Agregó que “ya le tocará a la opinión pública, a la academia, a los especialistas juzgar su contenido y sus alcances (en democracia se vale –y es pertinente- que las decisiones públicas se discutan)”.

Sin embargo, en el INE no solo se acató la sentencia, sino que también se cuestionó al Tribunal Electoral, algo inédito en la historia reciente de esa institución.

“Lo que pasa es que no es lo mismo revisar desde la especulación jurídica, porque el INE revisó casi cinco millones de firmas y el TEPJF pide ahora un expediente de cada una. ¿Cómo se atreven los ministros a decir que trabajamos a ciegas?”, tronó el consejero Marco Antonio Baños.

Con un poco más de corrección política, la consejera Pamela San Martín aseguró que, contrario a lo que supone el Tribunal, los aspirantes independientes “no llegaban a ciegas, llegaban a confrontar el expediente, mismo que la autoridad estaba valorando”. Agregó que el mecanismo de revisión ya había sido avalado previamente por el mismo Tribunal.

San Martín enfatizó su sorpresa con el Tribunal Electoral que le “da un tratamiento diferenciado a un aspirante respecto a la valoración que se realizó con el resto”.

En ese tenor, ahora habrá que esperar en los próximos días una última resolución del Tribunal, en caso de que el aspirante Armando Ríos Piter regrese a esa instancia si el INE mantiene su negativa a registrarlo como candidato presidencial.

autor Periodista y abogada, especialista en análisis jurídico y de derechos humanos. Ha sido reportera, conductora de radio y editora.
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