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Hoy No Circula: ¿cuál es la multa por no respetar las restricciones vehiculares en contingencia ambiental?

30-03-2022, 5:32:13 PM Por:
© @sofia.ugalde.mx

¿Circulas hoy? Infórmate sobre las restricciones vehiculares por contingencia, ya que la penalización suele ser elevada.

La Comisión Ambiental de la Megelópolis (Came) declaró contingencia ambiental en la zona metropolitana del Valle de México, por lo que se aplicó el programa ‘Doble Hoy No Circula’ este 30 de marzo.

La normativa tiene el objetivo de disminuir la exposición de la población al aire contaminado y el riesgo de afectación a su salud, además de reducir la generación de contaminantes.

https://twitter.com/CAMegalopolis/status/1509199503173341186

Hasta hace algunos años, las sanciones vehiculares eran calculadas de acuerdo al salario mínimo. En contaste, dichas faltas ahora son determinadas con la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que en este 2021 elevaron su valor.

Para aquellos ‘despistados’ que no respeten el Hoy No Circula en caso de contingencia ambiental, también hay sanciones. Según el artículo 47 del Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México, estas multas equivalen a 20, 25 o 30 veces la UMA vigente.

De acuerdo con el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), el valor de la UMA para este año es de 96.22 pesos, por lo que el costo de la penalización por no respetar el programa sería de:

  • 1,924.24 pesos (por 20 UMAs)
  • 2,405.5 pesos (25 UMAs)
  • 2,886.6 pesos (30 UMAs)

Aunado a esta multa, el vehículo puede remitirse al corralón, por lo que hay que tener en cuenta los horarios y días que se aplica este programa para los automóviles.

Los que NO circulan este 30 de marzo

a) Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 2.

b)    Los vehículos de uso particular con holograma de verificación tipo 1 cuyo último dígito numérico sea 2, 3, 4, 6, 8, y 0, así como  aquellos cuya matrícula esté conformada sólo por letras.

c)    Los vehículos de uso particular con holograma de verificación “0 y 00”, engomado rojo, terminación de placa 3 y 4 .

d)    Los vehículos con matrícula foránea de uso particular que no porten holograma de verificación o que tengan holograma tipo 1 o 2.

e)    Los vehículos con matrícula foránea de uso particular con holograma  “00” ó “0”   engomado rojo, terminación de placa 3 y 4.

f)    Las unidades que transportan gas licuado de petróleo (pipas y/o semi remolques) cuya matrícula sea PAR.

g)    Los vehículos de carga local o federal dejan de circular entre las 6:00 y las 10:00 horas., con excepción de aquellos que se encuentren en el Programa de Autorregulación de la CDMX o EDOMEX.

h)    Los taxis con holograma de verificación “1” o “2” que deban dejar de circular de acuerdo a las disposiciones indicadas en los incisos  a) y b) les aplicará la restricción a la circulación de las 10:00 a las 22:00 horas.

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autor Equipo de jóvenes periodistas cuyo objetivo es explicar las noticias más relevantes de negocios, economía y finanzas. Nos apasiona contar historias y creemos en el periodismo ciudadano y de servicio.
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