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Tasa efectiva del SAT no amenaza sólo a grandes empresas, también tiene en la mira a Pymes

24-08-2021, 2:58:43 PM Por:
© Google Maps

Expertos criticaron que la tasa efectiva del SAT pretende determinar por decreto la ganancia que pudiera obtener una empresa y, por ende, el impuesto que debe pagar.

El Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP) ofreció puntos clave a considerar sobre la tasa efectiva de ISR para empresas que publicó el Servicio de Administración Tributaria (SAT), para grandes contribuyentes, aunque las empresas de menor tamaño tampoco estarían exentas de estas.

“El concepto novedoso de tasa efectiva surge porque el SAT ha señalado que comenzará a organizar a los grandes contribuyentes ante la necesidad que tiene por la recaudación requerida para el gobierno por las obras de infraestructura”

dijo Alfredo Esquivel Boeta, vicepresidente regional de la zona noreste del IMCP.

“Dado que las necesidades de recaudación serán muy grandes, esta tasa puede ser extensiva a los demás contribuyentes”, añadió el contador certificado en la conferencia de prensa mensual que ofrece el IMCP.

El experto explicó que para esto se modificó el artículo 33 del Código Fiscal de la Federación, mismo que indica que para generar un mejor cumplimiento, las autoridades pondrán a disposición de los contribuyentes unos conceptos para facilitar dicha obligación, ya que el concepto por sí mismo “causa confusión”.

Considerando lo anterior, se darán a conocer de forma periódica y en general unos parámetros de referencia respecto a la utilidad, conceptos de deducibilidad y a tasas efectivas del impuesto.

Según el especialista, el SAT generará esta información por medio de los parámetros antes mencionados, de acuerdo con sus tres conceptos de medición de riesgos (bajos, medios y altos).

¿Qué es la tasa efectiva?

Desde el punto de vista financiero, se define como el interés que efectivamente se obtiene al estar colocando un capital.

Esto quiere decir que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) está pensando como propia disposición de ley, que todos los contribuyentes que invierten deberían de tener una rentabilidad con base en una tasa efectiva de sus inversiones que hacen en las empresas, explicó Boeta.

Aunque aún no se tiene pleno conocimiento sobre cuales parámetros utilizó el SAT para tomar esta decisión sobre la tasa efectiva, el experto remarca que las regiones del país no se comportan económicamente de la misma manera. Esto quiere decir que los precios en el norte de México son diferentes a los del centro y el sur.

Boeta puntualizó que los parámetros podrían estar sustentados en un grupo de empresas que pertenecen a una misma industria y sector, pero no considera aspectos económicos de las diferentes zonas, la competencia interna y externa, así como el tamaño de las empresas.

El estudio del concepto de la tasa efectiva requiere un análisis de mayor profundidad, ya que representa una “amenaza” cuando la empresa no logra tener una rentabilidad o inversión, advirtió.

¿Por qué es una “amenaza” el manejo de la tasa efectiva en las empresas?

“Es una amenaza la determinación de una tasa efectiva porque pensamos que no es posible que por una disposición de ley como medida de decreto, puedan determinar la ganancia que pudiera obtener una empresa”

explicó el experto.

Agregó que no es posible unificar zonas económicas en el país. Por ejemplo, la zona norte maneja una economía muy diferente por tener a Estados Unidos cercano, por ende, los parámetros del SAT deberán reconsiderarse por regiones.

Si bien, esta tasa efectiva está considerada para los grandes contribuyentes, a los cuales se les ha pedido revisar sus tasas efectivas de los últimos cinco años, está pensada para abarcar todas las empresas, advirtió el experto

No obstante, los especialistas creen que luego hará el SAT a manera particular, por medio de una carta invitación a cada contribuyente, una revisión de dichos parámetros, en caso de que el servicio considere que están por debajo sus parámetros pedirán la explicación para hacer los ajustes correspondientes.

Seguido del exhorto, se procede a una vigilancia profunda, para cumplir con los requerimientos y hacer las correcciones necesarias. La empresa puede presentar argumentos en su defensa, pero si al SAT no le convencen, puede recurrir a una revisión electrónica o una visita domiciliaria.

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