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Factura electrónica del SAT: todo lo que debes saber

22-02-2018, 11:44:19 AM Por:

La factura electrónica es un instrumento mediante el cual el SAT busca reducir los fraudes y la evasión fiscal. Los constantes cambios del fisco generan dudas para los contribuyentes, en especial para quienes recién se incorporan a una actividad empresarial. Te dejamos una guía con algunas de las dudas más frecuentes.

A poco más de seis años del uso de la factura electrónica en México, los contribuyentes se encuentran en una constante curva de aprendizaje y las dudas se acumulan, en especial para quienes se incorporan a una actividad empresarial o quienes cotizan en el régimen de servicios profesionales y requieren facturar.

El uso de la factura electrónica o Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) se volvió obligatorio en el 2011, con el objetivo de dificultar la generación de comprobantes apócrifos y con esto reducir los fraudes y la evasión fiscal.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) realiza constantes actualizaciones en la versión de la factura, lo que pretende atacar problemas que presente y mejorar su capacidad y por otro lado, que el fisco se haga de mayor información de los contribuyentes para fiscalizarlos de una manera más eficiente.

Desde el 2011 se han emitido 32.11 millones de facturas electrónicas, de acuerdo con cifras del fisco.

Aquí te dejamos una guía con algunas de las dudas más frecuentes.

¿Quiénes emiten factura electrónica?

Las personas que adquieran bienes, disfruten de su uso o goce temporal, reciban servicios o aquéllas a las que les hubieren retenido contribuciones deberán solicitar el comprobante fiscal digital por Internet respectivo, según el Código Fiscal de la Federación.

Los contribuyentes que tengan alguna actividad económica en la que atiendan a público en general, pueden expedir comprobantes simplificados y están autorizados a emitir una factura electrónica diaria, semanal o mensual en la que consten los importes totales correspondientes a los comprobantes de operaciones realizadas con el público en general.

¿Qué contiene?

Cada factura electrónica emitida cuenta con un sello digital que le da validez ante el SAT, es un código que sirve como resumen del contenido de la factura. Al emitir una factura se generan dos archivos, uno en formato PDF y otro en XML.

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Para que una persona física o moral emita una factura electrónica, primero debe inscribirse en el Registro Federal del Contribuyente (RFC) para lo que se requiere acudir a una de las oficinas del SAT con una cita previa y diversos documentos. El SAT le otorgará al contribuyente una firma electrónica y contraseña para que entre otros trámites, pueda facturar.

¿En dónde se emiten?

Para emitir una factura electrónica los contribuyentes pueden utilizar el portal del SAT, el cual es gratuito o bien, si tienen una carga administrativa alta y deben emitir gran cantidad de facturas puede contratar a un Proveedor Autorizado de Certificación (PAC).

Características de la nueva versión. Más información para el SAT

Desde enero pasado, los contribuyentes tienen la obligación de facturar en la nueva versión de la e-factura 3.3. Esta nueva versión acumula mayor información de las personas físicas y morales.

Los usuarios deben especificar todas sus operaciones con datos como tipo de moneda, tipo de activos que venden, bancos, direcciones postales, entre otros.

Adicionalmente el fisco publicó varios catálogos con cerca de 53,000 productos y servicios, cada uno con una clave, con la que el contribuyente debe relacionar el producto o servicio que venda, además de incluir una descripción de este.

“Al momento en el que ponemos clave de producto o actividad en automático la autoridad se va a dar cuenta si estamos ocupando la tasa correcta de IVA o si estamos pagando los impuestos correspondientes de la actividad”,  comentó Luis Daniel Fuentes, integrante de la Comisión Fiscal 1–Bosques del Colegio de Contadores Públicos de México.

Con la información que contiene la factura 3.3 el fisco puede fiscalizar de una manera más fácil de los contribuyentes, verifica que paguen los impuestos correctos.

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Prepárate para el complemento de pagos

A partir de abril tanto personas físicas como morales tendrán la obligación de acompañar la factura electrónica con el complemento para la recepción de pagos.

Este documento (electrónico) se emitirá cuando el pago por el bien o servicio se realice en parcialidades o bien, cuando se pague en una sola exhibición pero el pago no se cubra en el momento de expedir el CFDI.

El complemento también tendrá que emitirse cuando se trate de operaciones a crédito.

“Cuando emites un complemento, el fisco ya sabe que te pagaron y por la cantidad que te pagaron el monto que tendrías que acumular de ISR o determinar el IVA. Lo que Hacienda quiere es encontrar el momento exacto en el que tienes que pagar el IVA y los impuestos retenidos que vayan de la mano con ese pago”, comentó Fuentes.

En el caso de que el pago se haga en varias exhibiciones, se tendrá que generar un CFDI por el valor total de la operación en el momento en que esta se realice, así como un CFDI por cada pago.

Multas por facturar erróneamente

Debido al aprendizaje que implica la versión 3.3 de la e-factura, el SAT otorgó un periodo de gracia hasta mediados de año en el cual no aplicará ninguna multa o sanción para los contribuyentes que cometan errores, principalmente en el uso del catálogo de productos y servicios.

No obstante es importante que, tanto personas físicas y morales estén al pendiente de las actualizaciones que el fisco realiza a los catálogos.

Cuando termine la prórroga, los usuarios que comentan errores pueden hacerse acreedores a las siguientes multas:

  • Persona física: de 1,240 pesos a 2,410 pesos.
  • Persona moral: de 13,5470 pesos a 77,580 pesos y en caso de reincidencia el fisco podrá clausurar sus actividades de tres a 15 días.
  • Donataria autorizada: de 12,070 pesos a 69,000 pesos y en caso de reincidencia se le revocará su autorización.

autor Economista-Reportera, escribo sobre política fiscal y monetaria
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