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Cómo deducir ante el SAT tus donaciones por los sismos

13-10-2017, 12:02:18 PM Por:
Voluntarios en la Cruz Roja Mexicana

Si diste apoyo en especie o en efectivo para los damnificados por los sismos de septiembre puedes deducir tu aportación ante el SAT. Te decimos cómo hacerlo.

Miles de mexicanos han realizado donaciones para ayudar a los afectados que dejaron los sismos del 7 y 19 septiembre pasados. Si tú eres uno de ellos, podrás deducir la aportación que realizaste en la próxima declaración anual, siempre y cuando cumplas con los requisitos que pide el fisco.

El donativo será únicamente deducible si se realizó a una donataria autorizada por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), que hasta julio de este año tenía registradas 9,136. El directorio del fisco incluye nombres como Cruz Roja Mexicana, Fundación del Dr. Simi o Fundación BBVA Bancomer, el resto puede ser consultado en el portal de internet del SAT.

¿Quién y Cuánto se puede deducir?

Las personas físicas y morales están autorizadas para realizar deducciones por sus donativos.

En el caso de los contribuyentes que coticen como persona física, el límite de la deducción es de hasta 7% de sus ingresos acumulados en el ejercicio inmediato anterior, es decir, en este caso será sobre los ingresos de 2016.

Las personas morales podrán deducir hasta 7% de su utilidad fiscal del año anterior. “Si una empresa en el ejercicio anterior no tuvo utilidades, entonces los donativos no serán deducibles”, explicó el socio director de Velderrain Saenz y Asociados, José Manuel Velderrain.

Las personas físicas podrán deducir sus donativos en su declaración anual de abril y las morales en marzo de 2018.

Requisitos para efectuar la deducción

La donación no solo se tiene que hacer a una institución avalada por el fisco, el contribuyente también debe asegurarse de que la donataria le entregue un CFDI (Comprobante Fiscal Digital por Internet o factura digital) que sea deducible para presentarlo a la hora de la declaración.

“La donataria tiene que entregar un CFDI, el cual será el comprobante del gasto, si no, el contribuyente no podrá deducir el gasto”, comentó Roberto Iván Colín, integrante de la Comisión de Desarrollo Profesional Fiscal 2 del Colegio de Contadores Públicos.

¿Qué se puede donar?

Las donaciones pueden ir desde dinero o productos en especie, como botellas de agua hasta maquinaria pesada. Por ejemplo, si realizaste una donación de botellas de agua a la Cruz Roja, deberás llevar el ticket de la compra para que se te entregue el CFDI y lo hagas deducible.

También se podrá deducir la donación de activos “van a poder deducir el monto que no habían hecho deducible, por ejemplo si donan una excavadora y ya fue deducida al 50%, se deducirá el otro 50% a precios actualizados por la inflación”, dijo Velderrain.

Facilidades para los extranjeros

Derivado del sismo del pasado 19 de septiembre, el SAT autorizó que, las mercancías donadas por extranjeros se hicieran sin el pago de impuestos al comercio exterior, ni la utilización de pedimentos, ni agente aduanal, esto a través de todas las aduanas del país.

Entre los requisitos que se deben cubrir para la importación destacan que: sea realizada por un residente en el extranjero y “que se destine a la atención de requerimientos básicos de subsistencia en materia de alimentación, vestido, vivienda, educación, protección civil o salud de las personas, sectores y regiones de escasos recursos”, de acuerdo con el SAT.

El fisco indica que bastará con que se presente ante la aduana un escrito en el cual se relacione la mercancía que será donada y la entidad responsable del manejo, custodia y destino de dichas mercancías.

Hasta el 10 de octubre la Secretaría de Relaciones Exteriores (SER) tuvo conocimiento de donaciones hechas por extranjeros por 2,350 millones de dólares estadounidenses y 550,000 dólares canadienses a instituciones como la Cruz Roja Mexicana, el Fideicomiso Fuerza México y la Nunciatura Apostólica en México, de acuerdo con datos de Transparencia Presupuestaria.

Obligaciones para las donatarias

El SAT realizó cambios a la resolución de la miscelánea fiscal para 2017. “Lo que se busca es transparentar el uso de los recursos”, comentó Colín.

Las donatarias autorizadas que recibieron donativos para atender las contingencias ocasionadas por los sismos en septiembre, tendrán que presentar tres reportes sobre el uso de los recursos que recibieron.

El primero se presentará el próximo 31 de octubre, el segundo el 31 de diciembre y el tercero lo presentarán en septiembre de 2018 en su declaración anual de transparencia.

Por otro lado, en el caso de que una donataria quiera realizar una aportación otra donataria, por ejemplo, el recién creado fideicomiso Fuerza México, este último tendrá que otorgar un CFDI que sea deducible, mientras que la primera tendrá que verificar que el fideicomiso, esté autorizado por el SAT.

En el portal del SAT los contribuyentes también pueden verificar qué donatarias perderán vigencia este año así como las que ya no tiene autorizado recibir donativos.

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autor Economista-Reportera, escribo sobre política fiscal y monetaria
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