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La hora se acerca para millones de contribuyentes que deberán presentar a más tardar el 30 de abril su declaración anual 2018, que corresponde al ejercicio 2017, lo que les permite obtener saldos a favor por sus deducciones.
Las personas físicas que reciban ingresos por actividades empresariales, servicios profesionales arrendamiento y asalariados que hayan tenido ingresos por más de 400,000 pesos al año, hayan tenido más de un patrón en el año o cuando tengan ingresos provenientes del extranjero, deberán presentar su declaración de impuestos.
Las personas cuya única fuente de ingresos sea su salario también pueden presentar su declaración ya que si tienen deducciones personales pueden obtener Impuesto Sobre la Renta (ISR) a favor, para esto deben solicitar por escrito a su patrón que presentará su declaración anual.
El año pasado, 3.38 millones de personas físicas presentaron su declaración anual, un aumento de 2.35% anual frente al 2016.
Si los contribuyentes quieren reducir el pago del ISR o tener un saldo a favor, necesitan saber claramente cuáles de sus gastos serán deducibles y además, tenerlos en orden para no llevarse una sorpresa con el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
En abril del año pasado, el fisco devolvió a los contribuyentes 13,293 millones de pesos de ISR y un total de 37,657 millones en el año.
Para que todos estos gastos sean deducibles, el pago debe realizarse mediante cheque nominativo del contribuyente, transferencia electrónica de fondos, tarjeta de crédito, de débito o de servicios.
En el caso de las personas físicas con actividad empresarial o aquellos que tributen en el régimen de servicios profesionales (por honorarios) también pueden deducir todos los gastos relacionados para el desarrollo de su actividad empresarial o profesional.
Aquellos que reciban ingresos por arrendamiento tienen deducciones más limitadas y puede elegir por dos vías.
“Una la deducción opcional o ciega en donde no es necesario tener comprobantes de los gastos, solo se deduce el 35% del ingreso más el impuesto predial pagado o puede optar por gastos comprobables que son: predial, gasto de mantenimiento, intereses reales, salarios, primas de seguro y la deducción de la inversión”, comentó Enrique Velderrain, socio del despacho Velderrain y Asociados.
Para las personas que tengan ingresos por enajenación de bienes podrá deducir el costo fiscal de dichos bienes y los gastos en los que incurra para venderlos como la comisión de venta.
Para evitar que la autoridad rechace alguna deducción es importante que el contribuyente realice todos sus pagos vía electrónica o con cheques
“Es muy común que, si realizan los pagos de por ejemplo, un médico en efectivo el SAT las rechace. Además, todos aquellos gastos que sean mayores a 2,000 pesos que no fueron pagados vía electrónica también son comúnmente rechazados o los que no estén relacionados con la actividad profesional”, dijo Velderrain.
Adicionalmente el usuario debe verificar que, en sus facturas electrónicas se aclare que el pago fue vía electrónica.
Este año los contribuyentes asalariados de un solo patrón y que tengan un máximo de 25 facturas electrónicas o CFDIs de deducciones, podrán presentar su declaración del ejercicio 2017 vía telefónica en el número de MarcaSat: 627 22 728 desde la Ciudad de México o 01 55 627 22 728 del resto del país, siempre que:
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