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Telecomunicaciones

Estos son los cambios que perfila la nueva Ley Televisa

27-04-2017, 5:36:04 PM Por:

La Cámara de Diputados aprobó cambios a la Ley de Telecomunicaciones que afecta directamente los derechos de las audiencias. Te explicamos los principales cambios y cómo te afecta.

La llamada Ley Televisa ya lleva medio camino recorrido para su aprobación: con 288 votos a favor y 114 en contra, la Cámara de Diputados dio luz verde al dictamen aprobado hace un par de semanas y que busca modificar la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión en materia de Derechos de las Audiencias. El siguiente paso será su discusión en el Senado.

Mientras los diputados que votaron a favor exponen que la libertad de expresión en medios de comunicación está en riesgo, expertos en la materia exponen que concesionarios privados como Televisa y TV Azteca son los más beneficiados, pues seguirán disfrazando publicidad o propaganda como información veraz.

En particular, la fracción tercera del artículo 256 de esta ley ha sido la manzana de la discordia en la discusión entre legisladores. A la letra, la ley dice que “El servicio público de radiodifusión de interés general deberá prestarse en condiciones de competencia y calidad, a efecto de satisfacer los derechos de las audiencias, para lo cual, a través de sus transmisiones brindará los beneficios de la cultura, preservando la pluralidad y veracidad de la información”, indica.

“Que se diferencie con claridad la información noticiosa de la opinión de quien la presenta” dice la ley.

En la discusión, varios diputados del Partido Acción Nacional (PAN) y del Partido Verde Ecologista de México (PVEM) expusieron que el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) tiene tintes autoritarios.

“La Constitución no le otorga al IFT la atribución de regular un derecho humano”, dijo Exaltación González, diputado del PAN.

“Si tan seguros están de que se extralimitó al IFT, ¿por qué no esperan a que la Suprema Corte decida”, espetó el diputado del PRD, Guadalupe Acosta Naranjo al hacer referencia a la controversia constitucional promovida por el ejecutivo federal y el Senado.

Sin embargo, los cambios a la ley son regresivos y anulan lo que se aprobó en 2013 con la Reforma en la materia. Francisco González, presidente de la asociación A Favor de lo Mejor dijo a Alto Nivel que es un equívoco decir que se impone a los medios una carga extraordinaria y por ello se les limita en su actividad comercial y de libre expresión.

“Simplemente como toda industria es de suma importancia que se tenga un marco que los vincula mejor con su público, que son los derechos de las audiencias. Esto es un falso dilema. El proteger a las audiencias con eficacia no es una pérdida de libertades comerciales y menos de expresión”, destaca.

Por su parte, la Asociación Mexicana de Defensorías de las Audiencias (AMDA) indica que esta modificación a la ley se hizo sin consultas públicas y tampoco sin esperar el fallo de la Suprema Corte, por lo que es preocupante y favorece directamente a las televisoras.

Estos son algunos de los cambios más importantes: 

1. Se elimina del artículo 256 el mandato de que el servicio público de radiodifusión deba darse en condiciones de competencia.

2.  os concesionarios ya no estarían obligados a distinguir con plecas o cortinillas de audio la opinión personal de un comunicador. Para la AMDA, este aspecto es uno de los más graves.

“Con las modificaciones, el mandato constitucional de no hacer pasar publicidad por información queda constreñido a la programación informativa (y solo cuando se trate de un análisis o comentario editorial), con lo cual las audiencias quedan desprotegidas cuando se trata de programas diversos, como revistas matutinas o emisiones de espectáculos en las cuales se suelen vender entrevistas a políticos o supuestos especialistas que recomiendan un determinado producto, sin que al público se le aclare que se trata de un segmento pagado”, indica.

3. Las televisoras y estaciones de radio tendrán la libertad de autorregularse,mediante códigos de ética elaborados por los propios concesionarios.

4. Se debilita la figura de Defensor de las Audiencias, pues ya no se mandata a que se ajuste a criterios de imparcialidad e independencia.

5. El Instituto Federal de Telecomunicaciones no podrá vigilar, supervisar y sancionar a las televisoras o estaciones radio en materia de derechos de audiencia. La capacidad de sanción se traslada al poder ejecutivo, en particular a la Secretaría de Gobernación.

autor Periodista especializada en telecomunicaciones, finanzas y competencia económica. Escribe en bicicleta y le encanta viajar.
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