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¿Por qué el INE no debe entregar tus datos a la Secretaría de Gobernación?

24-01-2020, 6:00:16 AM Por:
© Lorenzo Córdova

La información en poder del INE no es de este organismo, sino de los ciudadanos que le confiaron los datos

Los datos biométricos de los mexicanos mayores de edad que están en poder del Instituto Nacional Electoral (INE), a través del Registro Federal de Electores, pertenecen a los ciudadanos que los proporcionamos a esa institución con el único fin de obtener una credencial para votar, por ende, legalmente, no pueden ser transferidos a la Secretaría de Gobernación para que esa dependencia expida una cédula de identidad.

De acuerdo con la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de los Sujetos Obligados, la información en poder del INE no puede compartirse con otras instituciones sin “el consentimiento expreso de su titular”, además de que su tratamiento y manejo solo puede darse para las “finalidades concretas” de la institución que la solicitó.

En este caso, el origen y finalidad de que el INE posea nuestra huella dactilar y nuestra fotografía (datos faciales), es integrar el padrón electoral, para con ello expedir el documento que nos permite ejercer nuestro derecho al voto.

Aunque en los hechos la credencial del INE se ha utilizado como un medio de identificación oficial, esto no quiere decir que la base de datos que le da origen pueda ser transferida a otras instituciones, aunque se trate de una dependencia del mismo Estado mexicano, como lo es la Secretaría de Gobernación.

Ahorro vs seguridad

Esta semana, la titular de la Secretaría de Gobernación (Segob), Olga Sánchez Cordero, formalizó su petición al INE para que ese organismo autónomo le entregue los datos del padrón electoral, con el objetivo de que esa información sea la base con la que se creará una cédula de identidad para todos los mexicanos.

Con esto, la Segob pretende ahorrar los gastos que implicaría convocar a toda la población para que acuda a esa dependencia, con el fin de obtener una cédula de identidad. El problema es que la misma ley impide al INE la transferencia del padrón electoral, pues con ello se vulnera la seguridad y confidencialidad en el resguardo y tratamiento de nuestra información biométrica.

De hecho, aunque se han conocido algunos casos en los que -de manera ilícita- terceras personas cuentan con los datos del padrón, esto no quiere decir que la autoridad electoral pueda enviar la información al Poder Ejecutivo, ya que tampoco existe un fundamento normativo vigente para ello, por lo que cumplir con el pedido de la Secretaría de Gobernación haría que el INE trasgreda el principio de legalidad que obliga a todas las autoridades.

INE

Características únicas

Los datos biométricos son todas las propiedades físicas, fisiológicas, y de comportamiento del individuo, se trata de características únicas e irrepetibles como las huellas dactilares, el iris, la voz, y los rasgos faciales. Si estos datos son divulgados se corre el riesgo de sufrir un daño irreparable, porque las personas no podemos cambiar nuestras características biométricas.

Legalmente este tipo de información se considera sensible y confidencial, por lo que se recomienda que no sea utilizada como medio de identificación en tarjetas de crédito o cuentas bancarias, toda vez que, entre más personas o empresas cuenten con nuestros datos, el riesgo de que sean mal utilizados aumenta.

Lee: ¿Vas a pedir un crédito? El banco te pedirá tus datos biométricos

Las mismas precauciones deben tenerse cuando el poseedor de este tipo de datos es alguna dependencia del gobierno, sobre todo porque todas las instituciones tienen la obligación constitucional de proteger los derechos humanos, entre ellos el derecho a la protección de nuestros datos personales. 

Interpretación política

La Secretaría de Gobernación argumenta que el INE debe entregarle los datos del padrón electoral, con base en el artículo Cuarto transitorio del decreto que reformó la Ley General de Población en julio de 1992. Ese numeral dice que para el establecimiento del Registro Nacional de Ciudadanos se utilizaría “la información que proporcionará el Instituto Federal Electoral (IFE) proveniente del padrón electoral”.

Estamos ante un artículo transitorio que carece de vigencia porque se refiere a una institución que ya no existe, pues el IFE desapareció para dar paso al INE, en tanto que también remite a normas que ya están abrogadas, como el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe).

credencial
Notimex

Sorprende que Gobernación fundamente su solicitud al INE en ese artículo transitorio, sobre todo porque su titular, Olga Sánchez Cordero, al ser ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en retiro, sabe perfectamente que las disposiciones específicas de una ley posterior dejan sin validez a aquellas de una norma anterior.

Toda la legislación posterior a la reforma de la Ley General de Población de 1992, desarrollada para proteger los datos personales en posesión de entidades gubernamentales, además de las nuevas normas de carácter electoral, invalidan jurídicamente al artículo transitorio de referencia. Pretender que ese numeral está vigente, 28 años después de su publicación, es realizar una interpretación política interesada, que desvirtúa la necesidad de que los ciudadanos en México contemos con una cédula de identidad.

Los riesgos de que nuestra información biométrica sea utilizada con fines políticos por la actual administración no son menores, la prueba más clara de esto es el desorden mostrado por el mismo Ejecutivo federal al poner en marcha diversos programas sociales que carecen de padrón de beneficiarios y reglas de operación.

¿Cuál debe ser entonces la respuesta del INE? Justo la que está dando: Los datos del Registro Federal de Electores fueron entregados por los ciudadanos para una finalidad exclusivamente electoral.

Si la Secretaría de Gobernación requiere una información similar, tendrá que recabarla por sí misma, convocando a todos los mexicanos, después de que el Congreso emita una ley específica que faculte para ello a esa dependencia. E incluso de ser este el caso, los ciudadanos podemos oponernos, a través del juicio de amparo, a que algunos de nuestros datos biométricos sean recabados por la autoridad.

autor Periodista y abogada, especialista en análisis jurídico y de derechos humanos. Ha sido reportera, conductora de radio y editora.
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