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¿Qué pasó con el cobro de plusvalía a la vivienda en la CDMX?

09-03-2017, 3:19:45 PM Por:

La plusvalía en la CDMX no es un tema muerto. La discusión de este cobro despierta el debate sobre el derecho de acceso a la vivienda que tienen los capitalinos.

En diciembre de 2016, la Ciudad de México (CDMX) protagonizó un intenso debate sobre la propuesta del gobierno de Miguel Ángel Mancera de cobrar una contribución por concepto de plusvalía de los inmuebles, desaparecer la propiedad privada y establecer un impuesto en la Constitución.

El pasado 5 de febrero, el jefe de gobierno promulgó la Constitución de los capitalinos que entrará en vigor el 17 de septiembre de 2018. Aunque la versión promulgada dejó fuera el polémico concepto de captación de plusvalía que contenía en el artículo 21, agregó una figura equivalente en el artículo 16.

“La ley regulará la obligación de los propietarios de desarrollos inmobiliarios de pagar una compensación monetaria para mitigar el impacto urbano y ambiental, a fin de contribuir al desarrollo y mejoramiento del equipamiento urbano, la infraestructura vial e hidráulica y el espacio público”, dice el artículo de la ley.

Sin embargo, todavía quedan pendientes de definirse los mecanismos y condiciones a través de los cuales este artículo de la Constitución de la CDMX se aplicará a los desarrolladores inmobiliarios.

Los expertos del portal inmobiliario propiedades.com se dieron a la tarea de resolver las dudas sobre el tema.

Respeto a la propiedad privada

La Carta Magna de los capitalinos, en su versión final, garantiza el respeto a la propiedad privada y defiende planes de financiamiento de vivienda.

El artículo tercero de la Constitución reconoce como principios básicos el respeto a los derechos humanos, el desarrollo económico sustentable y solidario con visión metropolitana, entre otros aspectos.

“Es importante que la Constitución de la CDMX garantice el respeto a la propiedad privada porque de esta forma se abona hacia la seguridad jurídica en materia de posesión y propiedad de bienes inmuebles, directamente vinculado al comercio e inversión. Lo que genera incentivos para la estabilidad y el progreso económico y social”, detalló Luis Enrique Pereda, académico del Instituto Tecnológico Autónomo de México (ITAM).

Sobre este tema, la urbanista Rocío González Ramírez, consultora de IDOM, explicó que el respeto a la propiedad privada está ligado al Estado de Bienestar.

“Se pensaba que si cada mexicano tenía una casa propia, se erradicaría la pobreza y por ello querían volver a México un país de propietarios. Por eso es que mes a mes, un trabajador formal destina 5% de su salario al fondo para la vivienda”, dijo.

No obstante, señaló la experta en estudios urbanos y ambientales, al proteger los esquemas de compra de vivienda se ha desatendido otros modelos de acceso a la vivienda, como la renta, la vivienda colectiva o la vivienda prestada que “son más usados en esta ciudad, sólo que sin ningún tipo de apoyo, subsidio o reglamentación”.

De acuerdo con el estudio Pobreza urbana de las zonas metropolitanas en México, elaborado por el Coneval, 10.6% de las personas que viven en localidades urbanas del país vive con carencias de calidad y espacios en la vivienda.

Ante escenarios como éste, el Comité de las Naciones Unidas de Derechos Económicos, Sociales y Culturales establece los criterios con los que debe contar un hogar:

1. Disponibilidad de servicios materiales, instalaciones e infraestructura.

2. Seguridad de su tenencia (que los habitantes estén protegidos contra desalojos o amenazas.

3. Asequibilidad, que permita disfrutar otros derechos.

4. Habitabilidad, que garantice seguridad.

5. Accesibilidad, cubra necesidades básicas.

6. Ubicación, con acceso a empleos y servicios.

7. Adecuación cultural, que respete la identidad cultural.

Es bajo estos parámetros que la legislación local determina el derecho a la vivienda. “Se impulsarán planes accesibles de financiamiento, medidas para asegurar gastos soportables y la seguridad jurídica en la tenencia de la vivienda. Se adoptarán medidas, de conformidad con la ley, contra el desalojo arbitrario e ilegal de los ocupantes de la vivienda”, establece el artículo 9 apartado E de la Constitución de la CDMX.

“La accesibilidad y la asequibilidad son fundamentales para pensar en la vivienda, no como un lujo sino como un derecho”, dijo González.

No obstante, es necesario que la sociedad y las autoridades ejecuten estos lineamientos.

“Esperemos que el Congreso local y la sociedad civil sepamos utilizar la Constitución como una herramienta que fortalezca las agendas públicas, y que ésta no quede en letra muerta”, subrayó González.

autor Periodista: aprendiz del periodismo de datos y escudero de Don Quijote. "Deja que el mundo te cambie y podrás cambiar al mundo."
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