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Por qué el Partido Verde quiere tirar la ley que impulsó Kumamoto

16-06-2017, 1:30:54 PM Por:
La Ley "Sin Voto No Hay Dinero" fue aprobada en el Congreso de Jalisco

El Partido Verde interpuso una acción de inconstitucionalidad contra la ley que quitaba recursos a los partidos políticos en Jalisco. Estos son los argumentos.

Quince días después de haberse aprobado en el Congreso del estado de Jalisco, la reforma que recortaba hasta 60 por ciento de los recursos que reciben los partidos políticos está entredicho.

La mano que mece la cuna es del Partido Verde Ecologista de México (PVEM), que interpuso una Acción de Inconstitucionalidad contra la denominada ley “Sin voto no hay dinero”, promovida por el diputado independiente Pedro Kumamoto, y apoyada por los legisladores locales del Revolucionario Institucional y Movimiento Ciudadano.

El instituto político argumenta que el estado de Jalisco no tiene facultades para modificar la forma en la que se distribuye el financiamiento a los partidos, toda vez que ese mecanismo es de competencia exclusiva del Congreso de la Unión, tal y como se establece en los artículos 41, 73 y 116 de la Constitución federal.

La autora de la Acción de Inconstitucionalidad, la diputada Erika Lizbeth Ramírez Pérez (PVEM), argumenta que su intención no es seguir con los privilegios económicos que los partidos obtienen del erario público, sino “hacer lo correcto” en términos jurídicos, considerando la supremacía de la carta magna mexicana, “para que efectivamente haya resultados” que beneficien a la ciudadanía.

Reflectores Políticos

Entrevistada por Alto Nivel, Ramírez Pérez asegura que quienes apoyaron la reforma, incluyendo el gobernador Aristóteles Sandoval (PRI), “engañaron a la gente”, de hecho –dice- “prefirieron los reflectores” sabiendo de antemano que se estaban usurpando facultades del Congreso de la Unión.

“Yo sé que la gente va a decir que estuvimos buscando que se nos regresara el dinero”, aunque en realidad el Partido Verde está de acuerdo en que los recursos públicos que reciben los institutos políticos deben tener un límite, solo que este debe establecerse en una reforma a nivel federal.

Erika Ramírez Pérez apunta que su partido presentó una iniciativa que reduce el financiamiento público nacional, en la propuesta “cada partido político nomás podría tener un tope de 81 millones (de pesos), así habría una competencia equitativa”, ya que el resto del financiamiento, según su iniciativa, provendría de particulares, después de pasar por una auditoría del INE que verificara la legalidad de los recursos.

Sin voto no hay dinero

La reforma aprobada en Jalisco, que se publicó el pasado 2 de junio en el periódico oficial de esa entidad, instituye una fórmula especial para distribuir el financiamiento que los partidos reciben del gobierno del estado durante el año electoral. Esta resulta de multiplicar el 65 por ciento de la Unidad de Medida de Actualización (UMA) por la votación válida emitida en los comicios.

Según el artículo 15 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, la votación válida se obtiene restando al total de sufragios emitidos los votos nulos, y los votos de candidatos no registrados.

En años no electorales, según la denominada ley “Sin voto no hay dinero”, el presupuesto que recibirían los partidos resultaría de multiplicar el 20 por ciento de la UMA por el total del padrón electoral.

El objetivo de las nuevas reglas es “construir un sistema democrático donde haya una base mínima, pequeña, modesta de financiamiento para que los partidos políticos parezcan más ONG’s que negocios de familia”, dijo recientemente a Alto Nivel, el diputado Pedro Kumamoto.

Tras la aprobación de la reforma, el legislador independiente aseveró que al reducirse el financiamiento de los partidos se incentiva el verdadero espíritu de estos grupos: conseguir más simpatías a través de propuestos y compromisos.

“Proponemos que el dinero que los partidos reciban dependan del número de personas que convenzan para votar, y no del padrón electoral”, como ocurría antes de los cambios en la legislación estatal, dijo Kumamoto.

El trámite en la SCJN

Las Acciones de Inconstitucionalidad son un instrumento jurídico, regulado por el artículo 105 de la carta magna federal, que sirve para verificar que las normas, incluyendo las Constituciones de los estados, no se contradigan con la Constitución mexicana, pues esta última es la norma de más alto rango en el país, junto con los Tratados Internacionales en materia de Derechos Humanos.

La impugnación contra la ley “Sin voto no hay dinero”, presentada por el PVEM, ya fue admitida en la Suprema Corte de Justicia de la Nación, a decir de la diputada Erika Lizbeth Ramírez Pérez, pero aun no se sabe cuál ministro será el encargado de analizarla.

Cuando esto sea determinado, el ministro deberá elaborar un proyecto para ser aprobado con al menos ocho votos de los once ministros que integran el pleno de la Corte. Si el máximo tribunal del país le da la razón al Partido Verde, la reforma, que entraría en vigor en 2019, no tendría ningún tipo validez.

autor Periodista y abogada, especialista en análisis jurídico y de derechos humanos. Ha sido reportera, conductora de radio y editora.
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