Buscador
Ver revista digital
Negocios

Septiembre, mes del testamento: Asegura tu herencia

09-09-2014, 1:03:25 PM Por:
Septiembre, mes del testamento: Asegura tu herencia fifu

A poco más de 20 años de la muerte de 'Cantinflas', la familia aún pelea su herencia... Si piensas que no necesitas un testamento, necesitas leer esto.

A
20 años del fallecimiento de su hija Verónica y a 14 años de la muerte de su
esposo Alfredo, María, de 92 años, reflexiona sobre qué hacer con su
departamento, sus joyas, sus tres abrigos, sus vestidos elaborados en
su juventud por ella misma y su reloj de madera con péndulo que cuelga de la
pared que le recuerda que el tiempo corre.

“No puede haber un patrimonio que no
tenga dueño”, piensa. Sin embargo, su debilidad, el deterioro de su salud y su
espera por la muerte no le permiten pensar en redactar su testamento ante un
Notario. Considera que todos sus bienes los podría heredar a quien ella quisiera.

María recibe una pensión mensual, la
cual cobra con su credencial de elector. No obstante, su derecho a voto no
podrá heredarlo –aunque haga su testamento– y su pensión no podrá pasar a
ningún familiar, pues los de línea directa (esposo, hija) ya han fallecido.

De acuerdo con Javier del Valle,
director de la Notaria 61, hay dos caminos en las que una persona puede
disponer de sus bienes. El primero es la herencia; el segundo son los legados,
la determinación de un bien específico hacia una persona (cuadros, relojes,
autos, casas, ropa, joyas, dinero, libros, colecciones de comics, plumas, entre
otros). La diferencia entre legado y testamento es que en este último se dicta
(ante un Notario) a quién le fue heredado un bien, siendo la herencia la
universalidad de los bienes de cada persona.

¿Qué se puede estipular en el testamento?

Lo básico: el orden de los herederos. Imaginemos que una persona designa
a su cónyuge como su heredero universal (único). ¿Qué sucede si este fallece?
Todo pasará a las personas designadas (hijos, amigos, primos, padres) en las
proporciones que se desee o en partes iguales.

Lo novedoso: información digital. Un hecho curioso –en México no tan
sonado– es que los británicos ya incluyen en sus testamentos contraseñas de
internet que permitan asegurar su música, videos, fotografías y cualquier otra
información que de otra forma podría perderse cuando mueran, de acuerdo con el
estudio Cloud
Generation,

elaborado por el Centro de Tecnología Social y Creativa (CAST, por sus siglas
en inglés) de la Universidad de Londres.

El 11% de 2 mil encuestados
reconocieron haber incluido contraseñas de internet en su testamento, en una
tendencia denominada “herencia digital”.

Hacer un testamento es un
procedimiento rápido y los requisitos son sencillos de cumplir. Generalmente no
se requieren testigos, basta con que el testado muestre una identificación oficial.

Además, el costo del trámite es accesible (promedia entre mil y $1,500 pesos) y
en este mes de septiembre se lleva a cabo una campaña para motivar a los
mexicanos a que elaboren su testamento. Lo mejor es que los notarios reducen
sus honorarios y amplían sus horarios de atención al cliente. ¿Qué esperas?

Redactar claramente un testamento es clave

Es bien sabido que las
herencias también se ganan en la Corte. A poco más de dos décadas de la muerte
de Mario Moreno “Cantinflas”, la familia aún pelea su herencia en medio de
litigios.

El sobrino del cómico, Eduardo
Moreno Laparade, obtuvo titularidad y propiedad de los derechos derivados sobre
las 39 películas del astro del cine mexicano. Al menos así lo confirmaron los
jueces: el sobrino –y no el hijo, Mario Arturo Moreno Ivanova– es el heredero
único del actor.

La Suprema Corte de Justicia de la
Nación confirmó hace un par de meses que Moreno Laparade tiene todo el derecho
de cobrar las regalías que Columbia Pictures ha venido depositando por más de
20 años en los tribunales de Estados Unidos sobre las 39 películas de
Cantinflas
.

La versión del sobrino indica que el protagonista, su tío, le cedió
los derechos de sus películas un mes y medio antes de morir de cáncer (en
1993), a pesar de que en el testamento aparecía Mario Moreno Ivanova como
heredero universal. La controversia llegó al máximo tribunal mexicano, pues
existe un presunto documento firmado por el cómico cediendo los derechos.

De acuerdo con la abogada Luisa
González, un testamento debe ser redactado meticulosamente para que no haya
duda alguna de quiénes son los herederos y cuáles son los bienes o derechos a
recibir. “Nombrar un albacea es indispensable”, añade. También es importante
que la voluntad del testador se redacte en un solo documento, pues un testamento
es un “traje a la medida” –que puede cambiarse cuantas veces sea necesario–
pero siempre redactado en un mismo documento.

Al momento de conformarlo, el
notario escuchará al otorgante, interpretará su voluntad y redactará el
testamento con estricto apego a lo manifestado. Una vez que le ha dado forma
legal a esa voluntad, se dialoga con el testador y le explican las
consecuencias de su decisión.

El objetivo es apoyar, con un texto legal, que la
voluntad de la persona que fallece se respete Guillermo Escamilla, consejero
del Colegio de Notarios del DF, precisa que menos de 20% de las personas con
capacidad para hacer un testamento lo han otorgado en el Distrito Federal. Aún
así, es la entidad que más testamentos tiene.

¿Y qué pasa si una persona no ejerce
su derecho de redactar su testamento?

La Ley decide qué hacer con sus bienes,
siendo los parientes más cercanos los primeros que heredan. Desde luego, la
carencia de un testamento claro y preciso abre la puerta a años de litigios.

En el caso de Cantinflas, de haber
estipulado detalladamente todo su legado (y a quién iba dirigido) en un solo
documento, se hubieran evitado años de conflictos. Frente a un testamento
preciso no existe fuerza mayor que evite que se cumpla la voluntad del
testador. En el caso del cómico mexicano, Moreno Ivanova podría recurrir a
cortes de otros países, pues en México ya agotó todos los recursos, incluyendo
un amparo negado por el tribunal superior.

¿Conviene dejar
herencia?

La fortuna de Sting
asciende a poco más de $288 millones de dólares
, según la lista de fortunas de
famosos publicada por The Sunday
Times
. La cifra
proviene de las ventas de discos, pero eso no es lo más sorprendente. Lo que ha
dejado boquiabierto a más de uno es que el ex vocalista de The Police aseguró este
año que prefiere gastarse su dinero en vida.

Por ello, el músico británico no
dejará “mucho dinero” cuando muera a sus seis hijos. Por un lado, “no cree” en los fondos
fiduciarios
, “porque se convierten en un obstáculo para su progreso”, precisó.
“Lo estamos gastando”, complementa el astro musical, quien insistió: “Tienen que
trabajar”, al tiempo que destacó que ellos rara vez le piden algo, una actitud
que agradece y respeta.

La estrella del rock, Sting, asegura que gasta casi todo lo que gana, y ya
ha notificado a sus dos hijas y cuatro hijos que no esperen en la herencia
mucho dinero.

¿Cuándo es tiempo de redactar un testamento? Los notarios defienden celosamente
la idea de que redactemos nuestro testamento, sin importar la edad. Basta que
seamos mayores de 16 años. ¿La razón? Todos dejamos legados que bien podrían
ayudar a nuestros seres queridos.

¿Pero qué sucede cuando queremos que
nuestra fortuna no termine con los más allegados? Un buen ejemplo es Bill
Gates
, quien aseguró que para él y su esposa, como padres, lo importante era
transmitir a sus hijos el sentido del trabajo y el esfuerzo para consigo
mismos. En consecuencia, la mayor parte de su fortuna, valuada en $71 mil
millones de dólares, va destinada a una fundación.

“Cada cabeza es un mundo”, reza el
dicho, el cual aplica a la perfección en los ejemplos citados. Pero un
desentendimiento de este tipo no podría aplicarse en el caso de las empresas y
el accionista principal, donde lo más
probable es que la firma enfrente un
impasse de cómo se va a resolver.

Por ello, una sana práctica de gobierno
corporativo implica sugerir a todas las personas que tienen una empresa
redactar un testamento. Así sabrán los socios con quién van a continuar los
negocios. En el caso de empresas que cotizan en Bolsa, estas deberían tener
como obligación que sus accionistas principales desarrollaran la cultura del
testamento.
Aunque con sus bemoles, siempre será
mejor que los empresarios dejen en orden la casa.

Es bien sabido que muchas
empresas cuyas cabezas no redactaron un testamento terminan yéndose a pique.

En
el caso de México el asunto es crítico, pues más de 90% de la estructura
empresarial está formada por micro y pequeñas empresas, y muchas de ellas no
continúan porque su accionista mayoritario no dejó testamento y las disputas no
permitieron continuar.

¿Cómo cobrar una
herencia?

Cara Wood trabajaba en un restaurante de Ohio al cual siempre
acudía un caballero llamado Bill Cruxton. El anciano, de 82 años, se
congratulaba de que Wood, su mesera, siempre lo atendía con gentileza y
respeto. Al morir el hombre, Wood recibió la sorpresa de que el comensal le había heredado más de $6 millones de dólares por su
amable servicio. Si esto hubiera sucedido en México, ¿qué vía tendría que haber
usado Cara para cobrar su herencia?

Una herencia se cobra dependiendo de
la vía: es testamentaria cuando señala claramente a quiénes se quiere
beneficiar (el caso de Cara) y es intestamentaria (el famoso intestado) cuando
se debe determinar quiénes van a ser los herederos.

Guillermo Escamilla, titular de la
Notaria 243, precisa: “En ambos casos se tiene que designar a un albacea, el
ejecutor que entregará los bienes a los herederos. En el caso del intestado,
los propios herederos votan por ver quién asumirá este rol”.

Si todos los herederos están de
acuerdo, la herencia podría cobrarse en tres meses. Algunas pueden ser por
parcialidades, si el bien o el derecho generan alguna renta. Sin embargo, hay
herencias que tardan años en cobrarse al convertirse en campos de batalla por
los bienes

¿Qué sucede si fortuitamente
encontramos contratos bancarios u otro documento financiero donde somos
beneficiarios? En este caso se debe acudir con el acta de defunción del
testador y una identificación oficial. En el caso de deudas con tarjetas de
crédito, estas se deben liquidar, aunque en opinión de Escamilla, la mayoría de
las deudas que contraemos con el sistema fi nanciero vienen acompañadas con un
seguro. “Si llegamos a fallecer, el seguro paga la deuda”, asegura, y da un
ejemplo: un crédito hipotecario con un banco o con una institución como el
Infonavit son liquidados por el seguro, y el heredero no tiene por qué
enfrentar al pago de deudas. En el peor de los casos, las deudas se pueden
cubrir con los bienes o derechos heredados, sin que el heredero se desprenda de
recursos propios.

¿Cómo saber si alguien te dejó una herencia?

¿Quién no se ha
preguntado si algún familiar, amigo o conocido nos ha heredado algo? Bien dice
el dicho: “El que busca, encuentra”, y los interesados (hijos, conyugues,
institución de beneficencia),
pueden investigar si hay un testamento de forma legal, ya que jueces y notarios
públicos están en posibilidad de solicitar esos datos de los archivos
gubernamentales, del Archivo General de Notarias en el Distrito Federal y del
Registro Nacional de Aviso de Testamento, que lleva la Secretaría de
Gobernación.

Según el Colegio de Notarios de DF,
los registros de estos documentos se van formando con los avisos que dan las
notarías, una vez que se otorga un testamento. Eso sí: no se mencionan
herederos, ni lo que contiene. Para que esto suceda, el interesado puede acudir
ante un juez o notario, con el acta de defunción en mano, y puede pedir que se
le informe si hay un testamento del finado y que se dé lectura del trámite
sucesorio.

En lo ideal, el testador tuvo que
nombrar un albacea al momento de la redacción de su testamento. Él será
responsable de cumplir con la voluntad del testador, cuidando sus bienes y
dándoles el destino que el testador haya decidido (de ahí la importancia de
hablar previamente con él, para asegurarse que está dispuesta a asumir esa
responsabilidad).

Llegado el momento, el albacea
acudirá a cualquier notaría de la ciudad donde el testador haya vivido a
presentar su acta de defunción y la escritura del testamento. En consecuencia,
el notario indicará los trámites y procedimientos que debe seguir y (de ser
necesario) los papeles requeridos para que sus bienes pasen a nombre de sus
herederos. Si la documentación está en orden y los herederos designados son
mayores de edad (sin que existan conflictos entre ellos), se dará pauta a la
preparación de una primera escritura, donde herederos y albacea aceptarán lo
que se dispuso.

¡Pero cuidado con los cambios de
actitud! Magali Díaz, especialista en psicoterapia, advierte que mucho de
nuestro estado de ánimo dependerá de cuánto se herede. “La gente a quien le
llega la noticia de sorpresa reacciona en función del monto, de las propiedades
o bienes. La gran mayoría no piensa en qué lo va a invertir o qué va a
emprender. No estaban preparados para la noticia ni para actuar en
consecuencia” explica, y añade que es como si alguien se encontrara un billete
en la calle: la gente no lo guarda, se lo gasta sin prever ni planear.

Septiembre es el mes del testamento

Hace 11 años, la
Secretaría de Gobernación convocó al Notariado Mexicano para promover entre la
población el otorgamiento de testamentos. El objetivo era claro: fomentar la
cultura de la legalidad que debe existir en nuestra sociedad y evitar los
citados viacrucis legales.

Los Notarios respondieron a la
convocatoria, incrementando las horas y días de atención al público en sus
oficinas y reduciendo en más del 50% el monto del honorario que fija el arancel
correspondiente. Así nació la campaña “Septiembre, Mes del Testamento”.

En el DF, puedes obtener
consultoría gratuita. Llama al 5511 1819 o consulta
www.colegiodenotarios.org.mx para hacer una cita.

Si quieres tener más información consulta nuestra versión impresa del mes de septiembre.

autor Equipo de jóvenes periodistas cuyo objetivo es explicar las noticias más relevantes de negocios, economía y finanzas. Nos apasiona contar historias y creemos en el periodismo ciudadano y de servicio.
Comentarios