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Toca turno a personas físicas para declaración fiscal

01-04-2014, 7:34:33 AM Por:
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Ayer venció el plazo para que las personas morales presentaran su declaración 2014, ahora son las personas físicas quienes deberán cumplir con esta obligación.

Estamos a un mes de que se venza el plazo para que las personas físicas presenten la declaración fiscal correspondiente al ejercicio 2013. Por eso, para evitar malas experiencias, lo mejor es ir preparando todo lo necesario para presentarla en tiempo y forma.

Y no se trata de una opción o una posibilidad, estamos obligados a presentar la declaración anual si obtuvimos ingresos por sueldos y salarios superiores a 400,000 pesos, no importa el concepto de la percepción.

En caso de que hayamos tenido gastos adicionales que queremos deducir para buscar una devolución, podemos presentar la declaración anual, incluso si tuvimos ingresos menores a 400,000 pesos. Esto sólo se puede hacer si notificamos a nuestro patrón que así queríamos hacerlo antes de que concluyera el trámite por nosotros.

¿En qué otras situaciones estamos obligados a presentar la declaración para personas físicas? Cuando tenemos dos o más fuentes de ingresos distintas, incluso si el total de ingresos fue menor a 400,000 pesos.

Puede ser cuando se ha trabajado para dos o más patrones a lo largo del año (ya sea de manera simultánea o escalonada), por honorarios, por arrendamiento de inmuebles, etcétera. Y cabe recalcar que la declaración debe incluir todos los ingresos percibidos a través de todos los conceptos.

También debemos informar de manera obligatoria los ingresos percibidos por concepto de donativos, préstamos y premios, si en lo individual o en conjunto exceden los 600,000 pesos.

En este caso, quedan exentos los donativos obtenidos en los siguientes casos:

a) Cuando se dan entre cónyuges o se perciban de los ascendientes en línea recta, sin importar su monto.

b) Los percibidos por los descendientes en línea recta, siempre que los bienes recibidos no se enajenen a otro descendiente en línea recta sin limitación de grado.

c) Aquellos cuyo valor total no exceda de tres veces el salario mínimo general del área geográfica del contribuyente, elevado al año.

Por otro lado, no estamos obligados a declarar si no excedimos los 400,000 pesos por concepto de sueldos y salarios más intereses obtenidos, siempre que los intereses reales no excedan los 100,000 pesos y se hayan aplicado las retenciones correspondientes.

Además, y sólo para el caso de ingresos percibidos por sueldos y salarios, cuyo monto total es inferior a 400,000 pesos, se puede no presentar la declaración, ya que el patrón se encarga de presentarla, acreditando también las retenciones que hizo en cada pago.

¿Doble tributación?

Un punto que siempre debemos tener presente es que estamos obligados a pagar impuestos respecto de todos los ingresos que obtengamos de manera universal, es decir, las percepciones que se obtuvieron en México o en algún otro lugar del planeta, y bajo cualquier concepto.

Mucha gente piensa que no se declaran los ingresos en el extranjero porque esos ya pagaron su gravamen en el extranjero. Esto no es así: se tienen que pagar los impuestos sobre una base de tributaria mundial.

Existen mecanismos de asentamiento que nos permiten no pagar dos veces el impuesto y así evitar la doble tributación. La Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) tiene las reglas para permitir acreditamientos de impuestos pagados en el extranjero –México es uno de los países miembros de la OCDE que tiene más tratados para evitar la doble tributación–.

“Para presentar la declaración, necesitamos tener la documentación que soporta ese ingreso y, en caso de que nos hayan efectuado una retención de impuestos, también debemos tener la constancia de esa retención”, señala Juan Alberto Torres Romero, presidente de la Comisión Fiscal del Colegio de Contadores Públicos de México.

Para efectos de las personas físicas, el impuesto se determina sumando una serie de categorías de conceptos. La LISR para personas físicas contempla la determinación de ingresos por diferentes conceptos, entre los que destacan:

• Salarios
• Actividades empresariales y servicios profesionales independientes (conocidos comúnmente como honorarios)
• Arrendamiento de inmuebles
• Enajenación de bienes
• Adquisición de bienes
• Intereses
• Dividendos
• Premios
• Otros ingresos

Cumple y cuida tu bolsillo

No presentar la declaración fiscal puede generar múltiples dolores de cabeza, además de un fuerte desembolso de dinero, ya que no cumplir con esta obligación puede derivar en un gastos de actualización, multas y/o recargos que incluso podrían ser más caros que declarar como se debe.

En principio, si la autoridad hacendaria no recibe la declaración emitirá una invitación al contribuyente para que la presente. En este caso no hay sanción.

Si el causante no recibe el exhorto o lo ignora, el Sistema de Administración Tributaria (SAT) le requerirá que presente la declaración, sumando un factor de actualización de acuerdo con el índice inflacionario. Además, aplicará un recargo de 1.13 % por cada mes transcurrido desde la fecha en que se debió presentar.

Además, el SAT puede aplicar una penalización por cada obligación omitida, cuyo monto puede ir de 1,100 a 13,720 pesos. Esto aplica cuando la autoridad ya detectó que el contribuyente no cumplió con su declaración.

Si se ignoran los requerimientos hechos por Hacienda, entonces la multa puede ascender de 1,100 hasta 27,440 pesos. Y a esto hay que sumar los gastos de ejecución que se originen por el cobro forzoso de un adeudo a la autoridad fiscal.

La declaración fiscal es una obligación ciudadana que muchas veces termina siendo una labor compleja, por lo que es necesario contar con el apoyo de un contador público. Además, si se hace correctamente, puede brindar beneficios como la devolución de saldo a favor, pero sobre todo, tener la tranquilidad de que estamos bien con la autoridad fiscal.

Por eso es mejor cumplir que lamentar.

autor Equipo de jóvenes periodistas cuyo objetivo es explicar las noticias más relevantes de negocios, economía y finanzas. Nos apasiona contar historias y creemos en el periodismo ciudadano y de servicio.
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