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Más de 60 amparos de energías limpias lograron frenar al Cenace

28-05-2020, 7:54:54 AM Por:
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Tras recibir suspensiones definitivas, las empresas de energías limpias mantendrán operaciones a pesar de la oposición de ese organismo

El acuerdo que impedía la operación de nuevas plantas de energías renovables, emitido por el Centro Nacional de Control de Energía (Cenace), no surtirá ningún efecto para 65 empresas que promovieron igual número de amparos, y que en su mayoría ya recibieron las suspensiones definitivas en contra de la disposición oficial que privilegiaba las energías fósiles.

Los Juzgados Primero y Segundo de Distrito en Materia Administrativa, especializados en Competencia Económica en la Ciudad México, les dieron la razón a los consorcios en los incidentes de suspensión, aunque eso no quiere decir que ya les hayan concedido el amparo, pues las audiencias en las que se verá el fondo de todos estos casos están programadas para llevarse a cabo durante el mes de junio.

Las suspensiones definitivas les permiten a esas empresas desarrollar sus operaciones tal y como las tenían programadas, lo cual acatará el Cenace, aunque ese organismo adelantó que seguirá impugnando lo resuelto por los juzgados.

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Errores de principiante

El Cenace promovió al menos dos quejas en contra de las suspensiones provisionales que fueron otorgadas la semana pasada, pero esos recursos de la autoridad quedaron sin materia, por lo que el Tribunal Colegiado que las recibió ni siquiera analizó los argumentos del órgano rector del sistema eléctrico mexicano.

Las quejas del Cenace se oponían a las suspensiones provisionales, pero el efecto de estas desapareció en el momento en el que los juzgados otorgaron las suspensiones definitivas, por eso el Primer Tribunal Colegiado de Circuito en materia Administrativa, especializado en Competencia Económica en la Ciudad de México, consideró “innecesario el análisis de las consideraciones que sustentan el acuerdo recurrido, así como de los agravios formulados” por las autoridades inconformes.

El documento del Tribunal agrega que el Cenace inicialmente presentó su queja en el Juzgado Segundo de Distrito especializado en Competencia Económica, cuando en realidad debía presentarlo en el Juzgado Primero también especializado en Competencia Económica, pues este último órgano jurisdiccional es el que emitió las primeras suspensiones provisionales a las que pretendía oponerse el Cenace.

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Debido a ese error de la autoridad, la queja fue enviada por el Juzgado Segundo al Juzgado correcto, es decir, el Primero, y este a su vez lo remitió al Tribunal de turno. Esa dilación sin duda hizo que el recurso de queja llegara justo cuando ya se habían otorgado las suspensiones definitivas.

Otra de las quejas del Cenace se presentó -también de manera errónea- en un Tribunal Unitario, cuando en realidad, como cualquier otro recurso, debía presentarse en el órgano emisor de las suspensiones, es decir, el juzgado que las otorgó. Se trata de errores que muestran poca preparación en materia procedimental y de amparo de parte del área jurídica del Cenace, lo que al final termina beneficiando a las empresas.

Entre estos consorcios de energías limpias se encuentran la firma española FV Mexolar XI, y las mexicanas Akin Solar; Mitre Calera Solar; Eléctrica del Valle de México; Kerergreen; X-Elio FV Conejos Médanos; X-Elio FV Xoxocotla; ENR AGS; Parque Amistad II; Parque Salitrillos; EGP Magdalena Solar; Dolores Wind, y FRV Potosí Solar, Recursos Solares PV de México; Fuerza Eólica de San Matías, y Fuerza Eólica del Istmo, entre otras.

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Amparos también vs Cofece

Además de que consideran inconstitucional el acuerdo del Centro Nacional de Control de Energía, las empresas también incluyeron en sus demandas de amparo a la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece), debido a que ese organismo debió de iniciar un procedimiento de investigación para determinar el estatus actual de la competencia en el mercado eléctrico mexicano.

Sin esa pesquisa, argumentan las firmas de energías limpias, no existe un sustento fáctico, ni jurídico, para el acuerdo emitido por el Cenace. Sin embargo, la Secretaría de Energía asegura que actualmente hay más proveedores y generadores de electricidad en México que establecimientos y/o usuarios que demandan esa energía.

La dependencia que dirige Rocío Nahle informó que la capacidad instalada de generación de electricidad en nuestro país es de 80,000 MW, cifra que supera en 30,000 MW a la demanda máxima instantánea del sistema eléctrico nacional.

Estos argumentos deberán ser valorados por el Tribunal Colegiado que analice las impugnaciones que hará el Cenace en contra de las suspensiones definitivas, las cuales aún pueden ser revocadas, si así lo determina el Tribunal especializado en Competencia Económica que resuelva el recurso.

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autor Periodista y abogada, especialista en análisis jurídico y de derechos humanos. Ha sido reportera, conductora de radio y editora.
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