Coca-Cola se adelanta a la ley de etiquetado y así luce
En tiendas de autoservicio y de conveniencia ya se venden presentaciones de Coca-Cola en lata con las leyendas, “EXCESO CALORÍAS”, “EXCESO AZÚCARES”.
Las presentaciones de Coca-Cola ya muestran las advertencias de exceso en azúcares y en calorías, de acuerdo con la nueva ley de etiquetado para alimentos y bebidas no alcohólicas, pese a que esta entra en vigor el 1 de octubre de 2020.
En tiendas de autoservicio y de conveniencia ya se venden presentaciones de Coca-Cola en lata con las leyendas, “EXCESO CALORÍAS”, “EXCESO AZÚCARES”, además de las leyendas “CONTIENE EDULCORANTES, NO RECOMENDABLE EN NIÑOS”, y “CONTIENE CAFEÍNA, EVITAR EN NIÑOS”.
La Norma Oficial Mexicana NOM-051-SCFI/SSA1-2010, que promueve y hace más estricto el etiquetado de alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasadas, entrará en vigor el 1 de octubre, pero se cuenta con un periodo de 30 días, durante los cuales no habrá penalización para los fabricantes/ comercializadores que aún tengan producto que no cumple con los nuevos requisitos.
Estas serán las advertencias que incluyen la nueva ley de etiquetado.
Ya pueden encontrarse otros alimentos en tiendas de autoservicio con las leyendas de advertencia.
A partir del 1 de abril de 2021, las etiquetas deben cumplir con todos los requisitos de la NOM y los sellos se seguirán evaluando conforme a la primera fase, en este periodo también aplica el numeral en donde se prohíbe el uso de personajes, dibujos animados, etc. en los productos que contengan sellos o leyendas.
Lee: “Recuérdame”; estos personajes dicen adiós con nueva ley de etiquetado de alimentos
En el 1 de octubre de 2023 será la Segunda fase, la cual consiste tabla de perfiles que se usará para la evaluación de los sellos.
Y el 1 de octubre de 2025 entrará la tercera y última fase, se usará la tabla 6 para los perfiles nutrimentales, así como las especificaciones que el numeral indica.