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Y con ustedes… el fiscal antimonopolios. ¿Cómo será?

02-03-2014, 10:35:13 PM Por:
Y con ustedes… el fiscal antimonopolios. ¿Cómo será? fifu

La Comisión de Competencia tiene dientes: veremos qué tal sabe morder. Un vistazo a la propuesta de Ley Federal, donde lo preocupante es el control de precios.

Allá por 1982 las autoridades estadounidenses determinaron la partición de la vieja telefónica AT&T en siete empresas, con la intención de favorecer la competencia tanto en tarifas como en la propia fabricación de aparatos telefónicos. La decisión pareció resultar los siguientes 12 años, pero hacia 1994 el entorno legal volvió a cambiar y las diferentes compañías comenzaron a comprarse o fusionarse.  Hoy francamente la telefonía fija ya no tiene tanta importancia ante el surgimiento de los celulares, la telefonía por IP, etc.

Muchos años antes, la industria automovilística estadounidense se había consolidado en las famosas tres grandes: Chrysler, General Motors y Ford. No hubo reguladores que equilibraran las cosas en aquellos años. Hoy, las tres luchan a brazo partido por competir contra los fabricantes de Japón y Corea, y han sido rescatadas de diversas formas por el gobierno. Detroit, la capital del automóvil, es una ciudad decadente y en quiebra.

Regular la competencia es una actividad realmente complicada. Casi es una contradicción tratar de ponerle reglas a algo que se ejerce en libertad, para empezar. Pero la tendencia de consolidación de muchos mercados y el surgimiento de ventajas que llevan a una empresa o varias a dominar su sector han marcado la necesidad de volver a equilibrar las condiciones entre empresas, en beneficio de los consumidores. O por lo menos así reza la teoría.

Los cambios al artículo 28 de la constitución mexicana abrieron la posibilidad de contar con una Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) con mucha mayor fuerza que su antecesora, capaz de tres grandes actividades: ordenar medidas para eliminar las barreras a la competencia y la libre concurrencia, regular el acceso a lo que llaman “insumos esenciales” e incluso ordenar la desincorporación de activos, derechos, partes sociales o acciones de un “agente económico”.

La iniciativa de ley reglamentaria que ya está en la Cámara de Diputados parece otorgar las facultades que necesitará la Cofece para cumplir su labor, incluso una nueva “entidad investigadora” que hará las veces de fiscal antimonopolio, para que la comisión funcione como un juez cuyas decisiones tendrán muy pocos espacios para ser impugnados.

Aquí un recuento de los artículos más importantes de la propuesta de Ley Federal de Competencia Económica:

Artículo 7: No constituyen monopolios (en pocas palabras) los derechos de autor y las patentes.

Artículo 9: Se faculta al Ejecutivo Federal (únicamente) por conducto de la Secretaría de Economía, para establecer precios máximos en productos que se consideren necesarios para la economía nacional o el consumo popular, siempre que no existan condiciones de competencia efectiva.

Artículo 18: Los Comisionados no pueden abstenerse de votar en ninguno de sus casos, salvo que se excusen por tener intereses vinculantes.

Artículo 25: Establece un primer juego de reglas específicas para que los Comisionados se entrevisten con sus regulados (empresas investigadas): por ejemplo, debe ser una audiencia pública y ésta será grabada en todo momento. Una forma de prevenir las reuniones en lo “oscurito”.

Artículo 28-36: Establecen cómo funcionará la nueva “entidad investigadora”, que podrá exigir acceso a todo tipo de documentos escritos y electrónicos de la empresa.

Artículos 37-48: Fijan los lineamientos para que funcione un contraloría interna.

Artículo 56: Define cuáles son consideradas prácticas monopólicas absolutas.

Artículos 68 y 69: Aunque tienen prioridad las ordenadas por el Ejecutivo, cualquiera puede formular una denuncia antimonopolio.

Artículo 120: Establece diversas multas por prácticas monopólicas absolutas, incluyendo una que asciende a 10% de las ventas de una empresa. Un curioso párrafo X señala la posibilidad de que determinadas personas sean inhabilitadas para trabajar como directores o consejeros de empresa por algunos años (estilo sector público).

Además, la ley contempla modificar el Artículo 254 bis del código penal, para castigar con 5 a 10 años de prisión una práctica monopólica absoluta.

Lo que vemos en el papel es una fuerte colisión con diversas empresas que dominan sus mercados. De llegar aprobarse esta ley como viene, el funcionamiento de la Cofece va a ser más que protagónico en los próximos años, y no exento de controversias. ¿Qué empresas vale la pena partir en pequeñas entidades? ¿Qué utilidad tendrá esto en el largo plazo? ¿Será contraproducente? ¿Es válido inhabilitar a personas en su derecho al trabajo cuando se trata de dinero que no es público?

Mención especial merece el Artículo 9: topes en los precios. La vieja tentación de controlar precios se remonta a tiempos de los emperadores romanos, con medidas un tanto más fuertes que las actuales (por ejemplo, la muerte). Ello nunca se logró con éxito. Más que fijar límites, se suponía que la Cofece buscara estimular la competencia para darle una mayor eficiencia a determinados mercados. El artículo 9 puede ser muy mal utilizado por un gobierno populista.

Ya veremos y sin duda lo estaremos comentando en este espacio. Por lo pronto, coméntame en Twitter: @JAMonjarasM o nos vemos en Editores de Negocios, los jueves a las 19:00 horas por www.radiotv.mx

autor Periodista
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