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Economía

T-MEC: Estas son las leyes que México debe reformar para adaptarse

17-01-2020, 6:00:47 AM Por:
© Reuters

Preceptos normativos sobre comercio digital, propiedad intelectual, y hasta el Código Penal, serán modificados para adaptarlos al acuerdo trilateral.

La próxima entrada en vigor del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC), que ya fue aprobado el jueves en el Senado estadounidense, estará acompañada de una intensa actividad legislativa en el Congreso de nuestro país, ya que son varias las leyes que deben adaptarse a las nuevas disposiciones del acuerdo trilateral.

Las normas relativas al comercio digital, la propiedad industrial e intelectual, y aquellas que reglamentan los impuestos generales de importación y exportación, además del Código Penal, se reformarán para incluir nuevos preceptos, plazos y sanciones, que forman parte de los compromisos que México adquirió al signar el T-MEC.

Proteger la innovación

Aunque es la secretaría de Economía la que desde el Poder Ejecutivo prepara el paquete de iniciativas que armonizarán nuestra legislación al reciente tratado comercial, en el Senado ya se propuso -desde el año pasado- la creación de una nueva Ley de la Propiedad Industrial.

En vez de reformar parcialmente la actual norma, México requiere contar con una ley completamente nueva que acople nuestra reglamentación en materia de propiedad industrial con el T-MEC, y con el Tratado Integral y Progresista de Asociación Transpacífico (TIPAT), y el Tratado de Libre Comercio entre México y la Unión Europea.

T-MEC
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La iniciativa a la que hacemos referencia, cuyo autor es el senador de Morena Ernesto Pérez Astorga, incorpora conceptos de ética científica, costumbres comerciales, y un amplio capítulo dedicado a la industria farmacéutica. Prevé además la divulgación directa e indirecta de las invenciones, como parte de la política que debe mantener el Estado mexicano para promover y proteger la innovación.

De acuerdo con lo estipulado en el T-MEC, México debe establecer reglas claras para transparentar la inclusión de productos farmacéuticos y dispositivos médicos en los programas de cuidados a la salud, así como fomentar la investigación e innovación médica.

En ese tenor, el proyecto de la Ley de Propiedad Industrial incorpora la “Cláusula Bolar”, una excepción prevista en el Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (ADPIC). Esta disposición permite que un tercero solicite el registro de un medicamento genérico, antes de que se venza la patente de quien lo desarrolló de manera original, a fin de que se realicen pruebas experimentales para que el producto esté listo una vez que concluya la protección de la patente.

Mejorar sanciones

De igual forma, el T-MEC obliga a México a endurecer su legislación penal en aspectos también relacionados con la propiedad intelectual. Por ejemplo, se prevé sea incorporado al Código Penal Federal el delito de “grabación no autorizada de obras cinematográficas”, para sancionar con prisión a las personas que graban las películas cuando estas son exhibidas en las salas de cine. 

El objetivo es ser más específico en las conductas ilícitas que suelen desarrollar quienes se dedican a la piratería, pues el artículo 424 bis del Código Penal Federal ya impone penas de prisión, de entre tres y diez años, para quien produzca, reproduzca, almacene, venda o arriende copias de videogramas protegidos por la Ley Federal del Derecho de Autor.

Prisión preventiva
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Por otro lado, también deben reformarse algunos procedimientos administrativos para agilizar la oposición al registro de una marca, cambiar las normas sobre variedades vegetales, y aprobar una nueva Ley Federal de Metrología y Normalización.

Con esto se cumple el compromiso del Capítulo 11 del T-MEC que ordena la cooperación de México, Estados Unidos y Canadá para asegurar que las normas y recomendaciones internacionales se conviertan “en la base de reglamentos técnicos y procedimientos” que no creen obstáculos innecesarios al comercio.

Libertad digital

Otro tema que deberá ser adecuado en la legislación mexicana es el que se refiere al comercio digital, pues ninguno de los tres países firmantes del T-MEC puede imponer aranceles aduaneros, tarifas o cargos por la importación o exportación de productos digitales transmitidos electrónicamente.

Así mismo, México debe reforzar la protección a los consumidores que adquieren productos digitales, prohibiendo las prácticas comerciales fraudulentas, y garantizando la confidencialidad de la información de los usuarios del comercio electrónico.

En este tema, la apuesta de nuestro país es impulsar el desarrollo del comercio digital “mediante un esquema legal que fomente las operaciones electrónicas”, y al mismo tiempo brindar seguridad a los usuarios, tal y como ocurre en Estados Unidos y Canadá.

Lee: ¿Qué es el T-MEC y cuáles son sus principales cambios?

autor Periodista y abogada, especialista en análisis jurídico y de derechos humanos. Ha sido reportera, conductora de radio y editora.
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