Buscador
Ver revista digital
Actualidad

Todo listo para que INE verifique firmas para consulta contra expresidentes

23-09-2020, 9:25:44 AM Por:
© Especial

El Senado mexicano envío al Instituto Nacional Electoral (INE) dos peticiones con firmas de ciudadanos que solicitan la realización de una consulta popular para juzgar a los expresidentes del país, con lo que ahora esa autoridad deberá verificar si efectivamente las rúbricas alcanzan -por lo menos- el 2% de los inscritos en la Lista Nominal, tal y como lo establece el artículo 35 de la Constitución.

El Senado mexicano envío al Instituto Nacional Electoral (INE) dos peticiones con firmas de ciudadanos que solicitan la realización de una consulta popular para juzgar a los expresidentes del país, con lo que ahora esa autoridad deberá verificar si efectivamente las rúbricas alcanzan -por lo menos- el 2% de los inscritos en la Lista Nominal, tal y como lo establece el artículo 35 de la Constitución.

Hasta marzo de 2020, la Lista Nominal de electores sumaba noventa millones, treinta y seis mil trescientos sesenta y siete ciudadanos (90´036,367), por lo que los peticionarios deben reunir al menos un millón ochocientas mil, setecientas veintisiete firmas (1´800,727).

El Senado también reportó que siete solicitudes para igual número de consultas populares, que abordaban otros temas, no concretaron los trámites requeridos, pues de hecho solo llegaron a esa soberanía las peticiones para recolectar firmas, aunque estas al final no fueron presentadas.

Lee: Envía AMLO propuesta de consulta para juzgar a expresidentes

La primera petición de consulta que sí se formalizó ante el Senado fue tramitada por los ciudadanos Manuel Vázquez Arellano y Norma Ariadna Sánchez Bahena, quienes proponen la siguiente pregunta: “<<¿Estás de acuerdo con que las autoridades correspondientes realicen una investigación sobre presuntos actos ilícitos que hayan causado afectaciones o daños graves al país realizados por los ex presidentes (sic) de México y, en su caso, se inicie un procedimiento judícial (sic) garantizando el debido proceso?>>”.

A su vez, la segunda petición está encabezada por la exdirigente de Morena, Yeidckol Polevnsky Gurwitz, quien planteó exactamente el mismo cuestionamiento, el cual fue redactado repitiendo las faltas ortográficas del primero.

En ambas solicitudes de consulta popular se explica que las decisiones tomadas por quienes fueron presidentes de México, desde 1988 a 2018, afectaron al país dejándolo sumido en la pobreza y la corrupción.

“El obsequio de las riquezas del país a privados mientras la población se hundía en la pobreza, la corrupción, son sólo unos pocos de los actos que la mayoría de la ciudadanía y los firmantes reconocemos como decisiones tomadas de manera agravante hacia la nación y su población”, apuntaron Manuel Vázquez Arellano y Norma Ariadna Sánchez Bahena.

Esas decisiones, agrega el documento, “afectaron no sólo aspectos específicos como la economía, la seguridad pública o la seguridad social, sino que dejaron una profunda herida en la población”, por ello se pide la consulta popular, para clamar “verdad, justicia, memoria y no repetición”.

De su lado, Yeidckol Polevnsky, quien también contiende para ocupar nuevamente la dirigencia de Morena, argumentó en su petición que la consulta popular que solicita aborda un tema de trascendencia nacional, cuyo propósito “es la investigación y juicio a ex presidentes (sic) para condenar los presuntos actos ilícitos que hayan causado afectaciones o daños graves al país”.

¿Y ahora qué sigue?

Tras el envío del Senado al INE de las peticiones para consulta popular, la autoridad electoral tiene 30 días naturales para verificar que las solicitudes hayan sido suscritas en un número equivalente, al menos, al 2% de los inscritos en la Lista Nominal de electores, de acuerdo con el artículo 28 de la Ley Federal de Consulta Popular.

En el caso de que el Instituto Nacional Electoral determine que se cumplió con este requisito, enviará un informe al Senado para que el presidente de la Mesa Directiva de la Cámara alta lo publique en la Gaceta Parlamentaria. Luego de esto el mismo Senado debe remitir la petición a la Suprema Corte para que resuelva sobre su constitucionalidad dentro de un plazo de 20 días naturales.

Pero si el INE determina que las peticiones no cumplen con el número de firmas requeridas, así lo informará al Senado, instancia que procederá a su archivo “como asunto total y definitivamente concluido”.

Al final la SCJN

Ya que la Suprema Corte haya recibido la petición de consulta que cumplió con el número de firmantes, el máximo tribunal del país resolverá sobre su constitucionalidad, revisando que la pregunta no sea tendenciosa o contenga juicios de valor; emplee lenguaje neutro, sencillo y comprensible; y produzca una respuesta categórica en sentido positivo o negativo.

El inciso b) de la fracción IV del artículo 28 de la Ley Federal de Consulta Popular, faculta a la Corte para realizar, en su caso, “las modificaciones conducentes a la pregunta, a fin de garantizar que la misma sea congruente con la materia de la consulta”.

Si la SCJN resuelve reconocer la constitucionalidad de la materia y de la pregunta, estas ya no podrán ser objeto de modificaciones posteriores por el Congreso. En este caso, la Corte le informará al senado su resolución para que esa Cámara la notifique al INE, a fin de que se organice la consulta popular.

Cabe destacar que las determinaciones de la Corte, sean en sentido positivo o negativo en cuanto a la constitucionalidad de la consulta, son definitivas e inatacables, es decir, en contra de esa decisión no procede ningún recurso.

Lee: Esto te cuestan los servicios millonarios de los expresidentes

La semana pasada, el presidente Andrés Manuel López Obrador envío al Senado una petición de consulta popular también para juzgar a los expresidentes del país, a partir de Carlos Salinas de Gortari. Esa solicitud ya fue enviada a la Corte para que esta resuelva sobre si la propuesta es o no constitucional.

En el supuesto de que se realice la consulta, ya sea la que pidió el mandatario o las de los ciudadanos, los resultados de la misma solo serán vinculantes (obligatorios) si en ella participa -como mínimo- el 40% de los electores, es decir 36´014,547 mexicanos.

autor Periodista y abogada, especialista en análisis jurídico y de derechos humanos. Ha sido reportera, conductora de radio y editora.
Comentarios