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¿Te eliminó el INE de la lista para votar en el extranjero? Así puedes impugnar

16-04-2024, 7:37:27 AM Por:
© INE

Los miles de afectados que viven fuera de México pueden demandar para que el Tribunal Electoral ordene su reincorporación al listado.

Si estás entre los 42,436 mexicanos residentes en el extranjero a quienes el Instituto Nacional Electoral (INE) les notificó su eliminación de la Lista Nominal para votar desde el exterior en los próximos comicios, tienes la opción de promover una demanda ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJ), con el fin de que sea esta instancia la que ordene tu reincorporación a dicho listado.

Al menos 23,800 ciudadanos que viven fuera del país, afectados por su eliminación de la Lista Nominal, pueden promover un Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano, conocido como JDC.

Cabe aclarar que el número de electores que pueden obtener una respuesta favorable no incluye el total de los 42,436 eliminados de la lista, pues en 18,572 casos hay irregularidades graves que pudieran constituir la comisión de algún delito, de acuerdo con la consejera del INE CarlaHumphrey Jordan.

Por lo pronto, si tú realmente vives en el extranjero y quieres votar, esto es lo que debes hacer:

  1. Antes del 5 de mayo llama al número que se te indica en el correo en el que se te notificó que estabas eliminado de la Lista Nominal del Electorado en el Extranjero. Ahí te dirán la razón por la que se tomó esa medida y la forma de subsanar la inconsistencia o irregularidad de tu registro.
  2. En esa llamada el INE debe señalarte qué es lo que necesitas enviar para subsanar las inconsistencias que se hayan encontrado en tu caso. Lo recomendable es que cumplas los requisitos y los envíes en los siguientes tres días a la comunicación que hayas tenido con la autoridad electoral.
  3. Una vez que envíes la información que se te pedirá para solucionar el problema, el INE debe responderte en 3 días hábiles. Si la respuesta vuelve a ser negativa, solo te queda promover un Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano (JDC).
  4. Esta demanda debe presentarse ante el mismo INE, organismo autónomo que se encarga luego de enviarla al Tribunal Electoral. Como tú vives en el extranjero, la documentación debe enviarse por correo postal certificado o mensajería privada en un plazo de 4 días naturales, contados a partir del día siguiente al de la recepción de la resolución final del INE.
  5. No es necesario que contrates a ningún abogado, la autoridad electoral ya tiene un formato hecho para la demanda, el cual puedes descargar aquí: https://votoextranjero.mx/documents/52001/1096009/Formato_jdc_extranjero_siilnere_2022+.pdf/193aac53-3e73-4e56-83ec-76b6ed0a584d
  6. Este formato debe llenarse con tinta azul, letra de molde, y no debe contener tachaduras. Además, deberás incluir en el envío los siguientes documentos:
  7. Copia de tu acta de nacimiento
  8. Copia de tu comprobante de domicilio en el extranjero
  9. Copia de identificación con fotografía
  10. La última notificación que hayas recibido del INE en la que esa autoridad te informa que resultó improcedente incorporarte a la Lista Nominal.

Si tienes dudas para el llenado de la demanda, las instrucciones para completar este formato las encuentras en esta página:

https://votoextranjero.mx/documents/52001/1096009/INSTRUCTIVO+JDC.pdf/17926f15-ce75-4784-8b59-84480285bc28

No te olvides que el envío de la demanda y los demás documentos, por correo o mensajería, tiene que hacerse antes de que se cumplan cuatro días naturales tras la última notificación del INE, de acuerdo con el artículo 8 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.

El domicilio para dicho envío es el siguiente:

Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores

Avenida Insurgentes Sur No. 1561.

Col. San José Insurgentes.

C.P. 03900.

Alcaldía Benito Juárez, Ciudad de México.

MÉXICO.

Lo más recomendable es que -para el envío- se utilice correo certificado o mensajería privada, ya que con estos se entrega un comprobante al que puede dársele seguimiento, sobre todo porque en estos casos se deben cumplir con exactitud los plazos de la ley, de lo contrario la demanda no podrá ser admitida o se declarará improcedente por extemporánea.

El INE informó la tarde del lunes que “no hay exclusión de nadie”, pues todos los residentes en el extranjero tienen la oportunidad de llevar a cabo una aclaración ante el mismo organismo.

“El derecho al voto de las y los mexicanos residentes en el extranjero está garantizado”, aunque al mismo tiempo el INE “trabaja para asegurar la integridad y confiabilidad de la Lista Nominal de Electores”, apuntó la autoridad electoral en un comunicado.

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autor Periodista y abogada, especialista en análisis jurídico y de derechos humanos. Ha sido reportera, conductora de radio y editora.
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